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PERITAJE LABORAL

18 de Febrero de 2013

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PERITAJE GRAFOTECNICO ENFOCADO SOBRE LA AUTENTICIDAD O FALSEDAD DE LA FIRMA

JUICIO LABORAL

EXPEDIENTE J/IV/913/2009

MA. GUADALUPE REYES BALTAZXAR

VS.

LA CASA DEL BAÑO, S.A. DE C.V. Y OTROS.

CIUDADANO

PRESIDENTE DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO CUATRO

DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO.

P R E S E N T E.

SILVIA MARTINEZ PIÑA, Diplomada en Criminalista, señalando como domicilio para recibir notificaciones personales el despacho jurídico marcado con el número 384 de la calle clavel en la colonia las flores, de esta ciudad de Morelia, Michoacán.

Ostentándome indistintamente como perito con las credenciales expedidas por la Academia Internacional de Formación en Ciencias Forenses, y la Secretaría Federal de Trabajo Y Previsión Social Matricula AIFCF03961 Y 05566, Departamento de Profesiones del Estado, expediente número 41829, FOJA 21 FRENTE TOMO XII, LIBRO No. 25, Artículo 32.- de la LEY REGLAMENTARIA DEL EJERCICIO PROFESIONAL PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN, expongo los siguientes:

ANTECEDENTES ACADÉMICOS

Egresada de la Facultad de Derecho y ciencias Sociales de la Universidad Michoacana; Diplomados en grafología, Documentoscopía, Dactiloscopia, Criminalística, Derechos Humanos, Excelencia en la Docencia, Seminarios y cursos; Salud Mental Dinámica de Grupos, Pro Salud Mental en el adolescente, La familia y sus Implicaciones en la formación educativa del adolescente, La teoría de la excelencia del aprendizaje mediado del Dr. Reuven Feurestein, elaboración de cartas descriptivas, metodología de la enseñanza, Autoestima y docencia, técnicas didácticas y dinámica de grupos, evaluación del aprendizaje, Prevención de adicciones entre muchos otros mas. Presidenta del Instituto de Criminalística y Estudios Forenses A.C. Con asistencia al XV CONGRESO INTERNACIONAL EN DOCUMENTOSCOPIA, en octubre del 2010, y XV CONGRESO INTERNACIONAL EN QUMICA FORENSE Mayo 14 del año en curso.

DATOS GENERALES:

En referencia al Juicio Laboral número J/IV/913/2009 teniéndose como actor al C. MA. GUADALUPE REYES BALTAZAR en contra de LA CAS DEL BAÑO, S.A. DE C.V. Y OTROS, fui designado PERITO, dentro del presente juicio como perito adscrito a la Junta de Conciliación y arbitraje en el Estado.

A N T E C E D E N T E S:

El presente dictamen pericial consistirá de tres puntos o capítulos a seguir:

PRIMERO, es sobre la descripción de técnicas aplicables en la materia y la recopilación de datos que obran dentro del expediente en el párrafo anteriormente citado;

SEGUNDO, se relaciona con los estudios que se realicen al respecto;

TERCERO, sobre la conclusión o conclusiones a que se llegue una vez agotados los estudios correspondientes.

Una vez aceptado el fiel desempeño del cargo de perito en grafoscopía que me fue conferido por la parte actora, solicité‚ en ese H. Tribunal laboral el expediente, anteriormente mencionado y teniéndolo a la vista, procedí, a enterarme del problema a dilucidar y que según se desprende de autos consistente en dar contestación al siguiente cuestionario:

CUESTIONARIO A FOJAS 49 VUELTA.

1.- Que diga el perito si las firmas que calzan las nominas de pago corresponden a la trabajadora MA. GUADALUPE REYES BALTAZAR, fueron estampadas por su puño y letra.

2.- Que diga el perito si la firma problema que calza la carta poder simple y que obra en autos corresponde al origen grafico de la trabajadora actora MA. GUADALUPE REYES BALTAZAR.

3.- Que diga el perito cuales son los razonamientos y técnicas empleados para emitir el correspondiente dictamen.

4.- Que exprese el perito las conclusiones respecto a las preguntas anteriores.

DE LAS CONSIDERACIONES:

TÉCNICAS Y BASES QUE RIGEN LA GRAFOSCOPIA:

CRIMINALÍSTICA.- Es la disciplina que aplica fundamentalmente los conocimientos, métodos y técnicas de investigación de las Ciencias Naturales en el examen del material sensible significativo relacionado con un presunto hecho delictuoso, con el fin de determinar, en auxilio de los órganos encargados de administrar justicia, su existencia, o bien reconstruirlo, o bien señalar y precisar la intervención de uno o varios sujetos en el mismo.- Esta técnica o ciencia recibió el nombre de Hanns Gross, en Austria, mediante su tratado de "EL JUEZ DE INSTRUCCIÓN".

IDENTIDAD.- Es el conjunto de caracteres físicos que individualizan a una persona, haciéndola igual a si misma y distinta a todas las demás.- Si aplicamos este concepto veremos que, identificar ser o consistir en que una firma y otra que se investiguen cuenten con los mismos rasgos y trazos y que se dice que corresponden a un mismo gesto gráfico.

IDENTIFICACIÓN.- Es la cualidad de una cosa que hace que esta sea ella misma, diferenciándose de cualquier otra.

Dentro de las bases técnicas de la criminalística se encuentra la de la grafoscopía:

LA PRUEBA PERICIAL: " Es el dictamen emitido por uno o varios expertos en una determinada ciencia, disciplina, arte u oficio, que aplicado a un objeto o a una persona, nos permite tener conocimiento y obtener la verdad del hecho, en su ejecución y consecuencias ".

El trazo es el nervio de la escritura, y su comportamiento define el conjunto individual de estampación, lo anterior se convierte en "LEY DEL IMPULSO CEREBRAL". Por lo que se tiene que el gesto gráfico esta sometido a la influencia inmediata del cerebro. El órgano que escribe no modifica la forma de aquella si funciona normalmente, esta adaptado a su función. Siendo otra ley de la grafoscopía, que no existen dos grafismos iguales o que se confundan, haciendo esto posible la identificación plena de las escrituras sometidas a estudio y la procedencia de las mismas.

Leyes del Grafismo que rigen a la escritura y a los Principios Universales que se aplican en los estudios grafoscópicos comparativos como en el presente caso.

Por consiguiente, sintetizando dichas leyes son los siguientes:

PRIMERA LEY.- El gesto gráfico esta sometido a la influencia inmediata del cerebro, el órgano que escribe no esta lo bastante adaptado a su función.

SEGUNDA LEY.- Cuando uno escribe el YO esta en acción, pero el sentimiento casi inconsciente de esta atracción, pasa por alternativas continuas de intensidad que cuando tiene que realizarse un esfuerzo, es decir en los comienzos; y el mínimo cuando el movimiento de la escritura viene secundado por el impulso adquirido en la región ósea en los finales.

TERCERA LEY.- No se puede modificar voluntariamente y en un momento dado la escritura propia y natural, más que dejando en su trazo la marca del esfuerzo para obtener el cambio; estas tres leyes enunciadas y sintetizadas son las que rigen la escritura.

A continuación enunciaremos los Principios Universales en que se basa la grafoscopía:

I.- El alma y el grafismo están en relación permanente de causa y efecto.

II.- Ni tampoco existen dos grafismos iguales o que se confundan.

III.- El complejo anémico se manifiesta por el complejo fisiológico.

IV.- El complejo anémico y la totalidad general fisiológica, definen o determina la fisiología del escrito, independientemente del órgano que la ejecuta, si esta adaptado a la función (ambidextros, zurdos, escritura con pies y con la boca).

V.- Los estados de conciencia pasajeros o permanentes repercuten en el grafismo.

VI.- La escritura es inicialmente volutiva, pero con predominio posterior casi absoluto del subconsciente, lo que explica la permanencia y fijeza de las peculiaridades gráficas.

VII.- No se puede disimular simultáneamente todos los elementos de su grafía ni siquiera la mitad de ellos.

VIII.- No se puede disimular la propia grafía, sin que se note el esfuerzo de la lucha contra el subconsciente.

IX.- Por mucho que pretenda el falsificante o el disimulador, es imposible que en escrituras extensas que el subconsciente no lo juegue una mala pasada; revelando la verdadera personalidad del falsificador o simulador.

X.- No todos los signos gráfico tienen el mismo valor, los más importantes son aquellos que son invisibles o poco aparentes, que son los que escapan lo mismo en la imitación que en el disimulo.

Siguiendo un método de análisis, analítico, comparativo y de investigación, en primer término consiste en la identificación de firmas señaladas a estudio tanto dubitada como de las indubitadas, la toma fotográfica de las firmas, y el estudio gráfico que se realice sobre estas.

MATERIAL UTILIZADO:

1.- Lupa con luz propia y graduación

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