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PREGUNTA 1 Existe diferencias entre el Arbitraje jurídico e internacional. Justifique su respuesta.


Enviado por   •  15 de Octubre de 2016  •  Exámen  •  1.108 Palabras (5 Páginas)  •  301 Visitas

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PREGUNTA 1

Existe diferencias entre el Arbitraje jurídico e internacional. Justifique su respuesta.

No existen diferencias sino una estrecha relación considerando la normativa aplicable al desarrollo del arbitraje. En los casos en los que el proceso se rija por convenios internacionales existirá una conexión de jurisdicciones con la legislación local.

En síntesis, si las partes acuerdan resolver conflictos de interés mediante arbitrajes sustentados en el derecho jurídico o normativas, luego deberán definir si el mismo se ajustará a la jurisdicción de alguna plaza específica o considerando normativas con alcance internacional.

PREGUNTA 2

¿Qué es el Arbitraje? y ¿Cúales sus aspectos más importantes? Desarrolle.

Es una instancia práctica para descongestionar la labor de los tribunales. Puede ser considerado un mecanismo alternativo de la jurisdicción porque la base del arbitraje está en el acuerdo de partes que voluntariamente requieren de su metodología. Conceptualmente se lo puede definir como un procedimiento por el cual se somete una controversia, por acuerdo de las partes, a un árbitro o a un tribunal de varios árbitros que dicta una decisión sobre la controversia que es obligatoria para las partes. Las soluciones provenientes de arbitrajes no son sentencia, sino laudos, dictámenes o resoluciones según lo pactado previamente por las partes.

Su esencia radica en el principio de libertad y disposición de las partes para elegir la vía donde resolver las diferencias y conflictos. No debe regirse por disposiciones sustanciales, porque depende del consentimiento de las partes involucradas. Las soluciones provenientes de arbitrajes no son sentencia, sino laudos, dictámenes o resoluciones según lo pactado por las partes.

Los aspectos más importantes son:

Es un proceso consensual. Únicamente puede tener lugar si ambas partes lo han acordado. En el caso de controversias futuras que pudieran derivarse de un contrato, las partes incluyen una cláusula de arbitraje en el contrato. Una controversia existente puede someterse a arbitraje mediante un acuerdo de sometimiento entre las partes. A diferencia de la mediación, una parte no puede retirarse unilateralmente de un proceso de arbitraje.

Las partes seleccionan conjuntamente al árbitro o árbitros. Si optan por un tribunal compuesto por tres árbitros, cada parte selecciona a uno de los árbitros y éstos seleccionarán a su vez a un tercer árbitro que ejercerá las funciones de árbitro presidente. Otra posibilidad es que se proponga árbitros especializados en la materia en cuestión o nombre directamente a miembros del tribunal arbitral.

El arbitraje es neutral. Además de seleccionar árbitros de nacionalidad apropiada, las partes pueden especificar elementos tan importantes como el derecho aplicable, el idioma y el lugar en que se celebrará el arbitraje. Esto permite garantizar que ninguna de las partes goce de las ventajas derivadas de presentar el caso ante sus tribunales nacionales.

Es un procedimiento confidencial; considerando tanto implicancias del proceso como el laudo.

La decisión del tribunal arbitral es definitiva y fácil de ejecutar. Las partes se comprometen a ejecutar el laudo del tribunal arbitral sin demora.

PREGUNTA 3

¿Qué es la naturaleza jurídica?

La naturaleza jurídica hace referencia a los hechos, fuentes o causas que le otorgan efectos jurídicos al arbitraje como procedimiento aceptado.  Existen diferentes opiniones/tesis sobre cuáles son los elementos esenciales del compuesto arbitral:

1.Tesis Contractualista: Esta teoría postula que el arbitraje tiene naturaleza contractual. Sus orígenes, existencia y regulación dependen de la continuada existencia de la voluntad de las partes. El corazón de esta corriente de opinión consiste en que todo el procedimiento arbitral está basado en acuerdos contractuales. Ello se observa tanto en el acuerdo como en el laudo arbitral ya que reflejan el carácter contractual del arbitraje siendo los mismos un “conjunto de actos contractuales privados”. Siendo el arbitraje un resultado de la libertad contractual, es la autonomía de la voluntad la que da origen a dicho sistema de justicia privada. Quienes apoyan esta teoría niegan la supremacía o control del Estado sobre el arbitraje y consideran que la esencia del arbitraje radica en la voluntad y consentimiento de las partes.

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