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Política Comercial


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2012  •  1.315 Palabras (6 Páginas)  •  406 Visitas

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OBJETIVO GENERAL

La Dirección de Politica Comercial, tiene como objetivo general: definir e impulsar estrategias que contribuyan a perfeccionar el proceso de integración económica centroamericana y a fortalecer los flujos de comercio e inversión entre El Salvador y el resto del mundo.

Comercio exterior: introducción

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El Tratado de Roma estableció como objetivo crear entre los Estados miembros una unión aduanera donde los intercambios estarían libres de todo obstáculo y se aplicaría un arancel exterior común a las importaciones procedentes de terceros Estados.

Paulatinamente, la expansión del comercio internacional hizo de la política comercial común una de las más importantes de la Comunidad. Al mismo tiempo, las sucesivas ampliaciones y la consolidación del mercado común reforzaron la posición de la Comunidad como polo de atracción e influencia sobre las negociaciones comerciales, bilaterales con terceros Estados o multilaterales en el marco del GATT (y actualmente, dentro de la OMC). Progresivamente, la Unión ha ido tejiendo una densa red de relaciones comerciales a escala mundial.

La Unión Europea es en la actualidad el primer protagonista mundial del comercio internacional, por delante de Estados Unidos y Japón. En un contexto de fuerte crecimiento de los intercambios internacionales, realiza una quinta parte del comercio mundial. Sin embargo, la capacidad de la Unión para desempeñar un papel clave en las negociaciones globales depende más de la eficacia de su política comercial común que del volumen de sus intercambios.

BASES JURÍDICAS

La influencia de la Unión en la escena internacional depende de su capacidad para negociar con una sola voz con sus socios comerciales.

El artículo 133 del Tratado CE confía este papel de negociador único a la Comisión Europea en el marco de los mandatos específicos que le concede el Consejo. En la práctica, una serie de procedimientos de coordinación ad hoc permiten asociar a los Estados miembros a cada una de las fases de la negociación llevada a cabo por la Comisión.

El ámbito de aplicación de la política comercial común, tal como lo define el artículo 133, ha sido objeto de una interpretación muy amplia por parte del Tribunal de Justicia. Sin embargo, no cubre las negociaciones y acuerdos internacionales relativos a los sectores de servicios y propiedad intelectual e industrial, dos ámbitos que son objeto de debate dentro de la OMC. El Consejo tiene, no obstante, la posibilidad de ampliar por unanimidad el alcance del artículo 133 a estas materias, previa consulta al Parlamento Europeo.

PRINCIPALES INSTRUMENTOS

En el marco de la política comercial europea, se ha desarrollado una amplia panoplia de instrumentos.

El arancel exterior común

El arancel exterior común (AEC) es una de las características esenciales de la unión aduanera europea: se trata de aplicar derechos de aduana uniformes a los productos importados de terceros países, independientemente de cuál sea el Estado miembro de destino.

En su origen, el AEC era la media aritmética de los aranceles aduaneros aplicados en 1957 por los Estados miembros. El Consejo, basándose en el artículo 28 del Tratado y tras pronunciarse por mayoría cualificada a propuesta de la Comisión, la ha modificado muchas veces desde entonces, tanto de manera autónoma como a la hora de las negociaciones arancelarias.

El establecimiento del arancel exterior común se traduce en la homogeneización de la protección de los Estados miembros respecto a terceros países y en la creación de facto de una preferencia comunitaria (dado que las importaciones procedentes de otro Estado miembro no están sometidas a derechos de aduana, disfrutan por definición de un régimen más favorable que las importaciones procedentes de un tercer Estado).

Los instrumentos de defensa comercial: la política antidumping, la política antisubvenciones, el Reglamento sobre los obstáculos al comercio y las medidas de salvaguardia

La política antidumping está destinada a combatir la práctica que consiste en exportar mercancías a precios inferiores a los que tienen en el mercado interior productos similares.

La política antisubvenciones tiene por objeto impedir la importación de productos mantenidos artificialmente a bajo precio gracias a subvenciones públicas en el tercer país de origen.

Concretamente, estas dos políticas se traducen en el restablecimiento temporal

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