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Programa ADMINISTRACIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL


Enviado por   •  21 de Febrero de 2014  •  5.455 Palabras (22 Páginas)  •  333 Visitas

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INSTITUTO TECNOLÓGICO DE TOLUCA

UNIDAD II: “MARCO LEGAL”

ADMINISTRACIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL

GÉNESIS GARCÍA ACOSTA

14 de septiembre de 2012

2.1 LEY FEDERAL DEL TRABAJO

¿Qué es la Ley Federal del Trabajo?

Podemos entender que la Ley Federal del Trabajo son disposiciones legales que regulan las relaciones obrero- patronales, es decir, donde se especifica qué tienes que hacer como trabajador y a qué tienes derecho, y lo mismo respecto a lo que tu jefe le toca hacer. También en esta Ley se protegen las garantías individuales del hombre y se deja muy claro que no se pueden establecer distinciones entre los trabajadores por motivos de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social. (Alejandra Aranda, extraído del portal web http://www.administraciondenomina.mx/sabes-qu-es-la-ley-federal-del-trabajo/, el día 13-09-2012)

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1° de abril de 1970

TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 09 – 04 – 2012

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. –Presidencia de la República.

GUSTAVO DIAZ ORDAZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:

Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos decreta:

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Extraído de la web, a través del portal http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125.pdf, pp. 1, el día 13-09-12.

COMENTARIO: Podemos entender que la Ley Federal de Trabajo es el conjunto de normas y reglas legales establecidas por el Gobierno para regular la relación Patrón – Obrera y de esta manera estipular los derechos y obligaciones de cada uno de ellos y enriquecer esa relación de trabajo.

2.1.1 ART. 473

Artículo 473.- Riesgos de trabajos son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

(Extraído de la web, a través del portal http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125.pdf, pp. 83 de 228, el día 13-09-12.)

COMENTARIO: En este artículo se explica el significado de “Riesgos de trabajo”.

2.1.2 TEORÍA SOCIAL Y TEORÍA ECONÓMICA

Con influencia de la teoría social de Weber en relación con las estructuras institucionales (Chendler, 1998); y por otro lado, como ya se menciono, los historiadores económicos que se acogían a las teorías neoclásicas y métodos econométricos.

El resultado de este enfrentamiento fue la consolidación y radicalización de la corriente llamada Nueva Historia Económica o Criometría, que pone el acento en la cuantificación, la construcción de modelos y el argumento contra factual ( lo contra factual viene a ser un experimento del pensamiento donde se extrapolan tendencias y procesos para simular que hubiera pasado así con esto el privilegio del estudio de las empresas y los negocios y la anulación u olvido de los estudios sobre empresarios.

Seguridad E Higiene Del Trabajo, Cortés Díaz José María, pág. 59, Tebar, novena edición

2.1.3 ARTS. 474, 475, 477, 478, 479, 480

Artículo 474.- Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste. Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél.

Artículo 475.- Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.

Artículo 477.- Cuando los riesgos se realizan pueden producir:

I. Incapacidad temporal;

II. Incapacidad permanente parcial;

III. Incapacidad permanente total; y

IV. La muerte.

Artículo 478.- Incapacidad temporal es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo.

Artículo 479.- Incapacidad permanente parcial es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.

Artículo 480.- Incapacidad permanente total es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.

(Extraído de la web, a través del portal http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125.pdf, pp. 84 de 228, el día 13-09-12.)

2.2 NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOM – STPS)

A continuación citaremos un catálogo de las Normas Oficiales Mexicanas contenidas en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (Extraído de la web, a través del portal http://www.simet.gob.mx/fsht/publico/Anexos/CATALOGO%20DE%20NOMS%20STPS.pdf, pp. 1 de 2 y 2 de 2, el día 13-09-12.)

Clave de la Norma Fecha Descricpión

NOM-001-STPS-1999

NOM-002- STPS-2000

NOM-003-STPS-1999

NOM-004-STPS-1999

NOM-005-STPS-1998

...

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