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Préstamo o de una inversión


Enviado por   •  4 de Junio de 2014  •  Tesis  •  810 Palabras (4 Páginas)  •  237 Visitas

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ACT. 5 LINA1. Plazo: Es la duración total de un préstamo o de una inversión y se mide en términos de tiempo.

2. Tasa de intereses: Es el factor que se aplica al capital, y que se expresa en términos decimales o términos porcentuales.

Ejemplo: el 18% en forma porcentual; o 0.18 en forma decimal.

El 2% en forma porcentual; o el 0.02 en forma decimal.

3. Período de Aplicación: Es la frecuencia con que se aplica la tasa de interés y se indica normalmente con una unidad de tiempo: anualmente, trimestralmente, semestralmente, mensualmente, etc.

4. Base de aplicación: Es la cantidad de dinero sobre la cual se aplica la tasa de interés en cada período de aplicación. Ejemplo: Saldo al comienzo del período, saldo promedio del período, etc.

5. Modalidad de aplicación: Hace relación al instante durante, el período de aplicación en que efectivamente se cobra o se paga el interés. Por ejemplo: Anticipadamente, quiere decir que se cobra o paga al principio del período, y vencido, quiere decir que se cobra o paga al final del período.

Clases de interés.

Los intereses pueden clasificarse según varios criterios, a saber:

Según la oportunidad de su pago, los intereses pueden ser remuneratorios o moratorios:

• Remuneratorios: Son aquellos que devenga un crédito durante el plazo y por regla general, los que produce un préstamo en dinero o capital mientras el deudor está legitimado para mantenerlo en su poder durante el plazo.

• Moratorios: Corresponde a aquellas sumas que deben pagarse a título de indemnización de perjuicios, desde el momento en que se constituye en mora el deudor, es decir, desde el incumplimiento de la obligación principal hasta la fecha de pago.

Según su origen de fijación, los intereses se dividen en:

Los usuales en el mercado y en un momento determinado.

Dentro de esta clasificación se presentan dos tipos principales, a saber:

• Interés bancario corriente: Es el interés promedio aplicado por las entidades de crédito en sus operaciones. (Art., 884 del código de comercio).

• Interés bancario corriente de libre asignación: Es el que pueden cobrar los establecimientos bancarios para sus operaciones activas ordinarias, en operaciones que no son redescontables.

Los Intereses convencionales:

Son los fijados por las partes intervinientes en los contratos. Están sujetos a limitaciones y regulaciones por parte del estado.

Intereses legales:

Interés legal es el fijado por el legislador para casos especiales en que habiéndose estipulado el interés no se especifica por convenio la tasa correspondiente. Para los comerciantes el interés legal es el interés bancario corriente. Para los no comerciantes, el artículo

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