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Fondo De Inversion


Enviado por   •  18 de Octubre de 2011  •  9.845 Palabras (40 Páginas)  •  752 Visitas

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cción Legal - Ambiental y Social de Guatemala (CALAS)

DECRETO NUMERO 13-93

*

El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que es obligación del Estado orientar la economía nacional para lograr la utilización de los recursos

naturales y el potencial humano, para incrementar la riqueza y tratar de lograr el pleno empleo y la

equitativa distribución del ingreso nacional;

CONSIDERANDO:

Que para tales fines es indispensable crear la entidad adecuada y establecer mecanismos especiales

para canalizar parte de los recursos que el Estado destina a la inversión en proyectos de desarrollo y

para captar recursos que aporten otras instituciones y entidades que comparten su preocupación por

llevar el desarrollo a las comunidades de menores recursos y aisladas de Guatemala,

POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el inciso a) del Artículo 171 y el Artículo 134 de la Constitución

Política de la República de Guatemala,

DECRETA:

La siguiente

LEY DEL FONDO DE INVERSION SOCIAL

TITULO I

CAPITULO UNICO

Disposiciones Generales

ARTICULO 1. (Reformado el último párrafo por el Artículo 1 del Decreto Número 2-2000 del Congreso de

la República Reformado el último párrafo por el Artículo 1 del Decreto Número 03-2003 del Congreso de

la República). Creación. Se crea el Fondo de Inversión Social, que podrá abreviarse con las siglas FIS,

como entidad estatal descentralizada y autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Tendrá su domicilio en el departamento de Guatemala, su sede principal en la ciudad capital de la

República y podrá establecer subsedes en cualquier cabecera municipal del país. La sede principal podrá

ser trasladada a otro lugar por resolución motivada de la Junta Directiva.

El Fondo de Inversión Social tendrá una duración de trece (13) años.

ARTICULO 2. Objetivo. Por medio del Fondo de Inversión Social, el Estado invertirá en actividades que

mejoren el nivel de vida y las condiciones económico-sociales exclusivamente de los sectores en

situación de pobreza y extrema pobreza del área rural del país, para lo cual llevará a cabo las

operaciones previstas en la presente ley, su Reglamento, su Manual de Operaciones y demás normas

que emita la Junta Directiva.

*

Publicado a páginas 825 a 829, del número 37, tomo 240, de fecha 17 de mayo de 1993, del Diario de Centro América

Programa de Información Estratégica (PIE-CALAS)

1Centro de Acción Legal - Ambiental y Social de Guatemala (CALAS)

ARTICULO 3. Campo de actividad. Para el cumplimiento de su objetivo el Fondo de Inversión Social

invertirá en el desarrollo de programas y proyectos, incluyendo la preinversión, en las áreas que a

continuación se indican, los que serán ejecutados por los grupos beneficiarios o por las entidades

ejecutoras que ellos designen:

a) Salud y nutrición para reducir los indicadores de mortalidad, morbilidad y desnutrición infantil;

b) Educación, especialmente en las etapas iniciales de formación;

c) Entrenamiento orientado al trabajo productivo;

d) Proyectos productivos de grupos que reunan los criterios de elegibilidad que establecerá la Junta

Directiva, siempre que fortalezcan la economía local y que promuevan su autogestión;

e) Infraestructura social y apoyo para el mejoramiento de la calidad de vida de la población objetivo del

Fondo de Inversión Social;

f) Actividades que protejan y promuevan el medio ambiente; y

g) Las demás áreas de desarrollo y asistencia social, acordes con los objetivos que se señalan en la

presente ley, que decida su Junta Directiva.

Todas las acciones descritas en el presente artículo se desarrollarán en beneficio de la población a la que

se refiere el Artículo 2 de la presente ley.

ARTICULO 4. Proyectos especiales. El Fondo de Inversión Social establecerá los mecanismos para

realizar inversiones en proyectos de desarrollo que le proponga el Organismo Ejecutivo, para lo cual el

FIS deberá realizar una calificación previa. Estos proyectos serán financiados con los recursos que se le

otorguen para ese fin, según las políticas y programas de acción del FIS.

ARTICULO 5. Discrecionalidad funcional. El Fondo de Inversión Social realizará sus acciones de

conformidad con lo establecido en la presente ley y su Reglamento. Podrá resolver discrecionalmente en

cuanto a:

1) Su organización interna, en todo lo que no esté regulado específicamente en la presente ley.

2) La realización

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