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¿QUE ESTA PASANDO CON LAS NIC Y LAS NIIF EN COLOMBIA?


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2013  •  1.158 Palabras (5 Páginas)  •  842 Visitas

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¿QUE ESTA PASANDO CON LAS NIC Y LAS NIIF EN COLOMBIA?

Cuando se habla de contabilidad, se habla de una “ciencia universal que se encarga de registrar, clasificar y resumir información cuantificable, sobre las operaciones mercantiles de una empresa con el fin de interpretar sus resultados, facilitando así la toma de decisiones”. Según esta definición, al catalogar la contabilidad como “universal”, se hace necesario el hecho de que esta disciplina tan necesaria en el área empresarial, sea homogénea y entendible para cualquier usuario de la información contable en cualquier parte del mundo, teniendo en cuenta el vertiginoso proceso de globalización hacia el cual se encamina la sociedad.

Ante la necesidad de convertir la contabilidad en una herramienta generalizada, surgieron lo que se conoce como NIC y NIIF, que son los Estándares Internacionales o normas internacionales en el desarrollo de la actividad contable y suponen un manual contable, ya que ellas reflejan la forma como la contabilidad es aceptable en el mundo. Las NIC "Normas Internacionales de Contabilidad" se componen de las normas contables dictadas entre 1973 y 2001, elaboradas por el IASC (International Accounting Standards Committee), precedente del actual IASB. Desde 2001, año de constitución del IASB, esta institución adoptó todas las NIC y continuó su desarrollo, llamando a las nuevas normas "Normas Internacionales de Información Financiera" NIIF.

Como ya se citó anteriormente ante el proceso de globalización, es imperativo que cada país armonice sus normas en materia contable con base en las NIC y las NIIF, y obviamente Colombia no es la excepción. Ante este hecho, el estado colombiano manifestó su interés de hacerlo a través de la ley 1314 de 2009, esta ley es la gestora de la aplicación de las NIC y NIIF en la nación, teniendo como finalidad la conformación de un sistema único y estandarizado de alta calidad, comprensible y de forzosa observancia, de normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información, permitiendo un proceso de convergencia hacia la normatividad internacional de aceptación mundial existente.

Hasta hace poco el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, a través de la facultad otorgada por la ley 1314 de 2009, sugirió, a los ministerios de hacienda y crédito público y comercio, industria y turismo, en el documento de Direccionamiento Estratégico, que la aplicación de las NIC y las NIIF se debe de tratar de manera diferente a los grupos de preparadores de estados financieros: Grupo 1, Grupo 2 y Grupo 3.

• Grupo 1:

a) Emisores de valores;

b) Entidades de interés público, que previa autorización de la autoridad estatal competente, captan, manejan o administran recursos del público (corporaciones bancarias, financieras, compañías de financiamiento, cooperativas financieras, etc.)

c) Entidades de tamaño grande clasificadas como tales según la Ley 590 de 2000 modificada por la Ley 905 de 2004 y normas posteriores que la modifiquen o sustituyan, que no sean emisores de valores ni entidades de interés público y que cumplan además cualquiera de los siguientes requisitos:

i. ser subordinada o sucursal de una compañía extranjera16 que aplique NIIF;

ii. ser subordinada o matriz de una compañía nacional que deba aplicar NIIF;

iii. realizar importaciones o exportaciones que representen más del 50% de las compras o de las ventas, respectivamente, del año gravable inmediatamente anterior al ejercicio sobre el que se informa, o

iv. ser

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