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Que es el Derecho fiscal y financiero

cfghtfhDocumentos de Investigación6 de Enero de 2016

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UNIDAD 1: CONCEPTOS ELEMENTALES DEL DERECHO FINANCIERO

Competencia específica

        El alumno conceptualiza al Derecho Financiero y describe sus conceptos básicos.

1.1 ETAPAS DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO

        La palabra finanzas se deriva de la voz latina finer, que significa terminar, pagar. Así, el concepto de finanzas hace referencia a todo lo relativo a pagar, y relaciona no sólo el acto de terminar con un adeudo, de pagar, sino también la forma de manejar aquello con que se paga y la manera en que se obtuvo, a fin de estar en posibilidad de lograr el finiquito. Es así que por finanzas se debe entender la materia relativa a los recursos económicos. Schultz y Harris afirman que las finanzas públicas, son el estudio de los hechos, de los principios y de la técnica de obtener y gastar los fondos de los cuerpos gubernamentales.

        Aplicando este concepto a nuestro campo, las finanzas públicas constituyen la materia  que comprende todo el aspecto económico del ente público, que se manifiesta en la actividad tendiente a la obtención, manejo y aplicación de los recursos con que cuenta el Estado para la realización de las actividades que le permiten la consecución de sus fines. La actividad financiera consta de 3 etapas:

        

        OBTENCION: El Estado obtiene sus recursos por muy diversos medios, como la explotación de sus propios bienes y el manejo de sus empresas, así como por el ejercicio de su poder de imperio, con base en el cual establece las contribuciones que los particulares deberán aportar para los gastos públicos. Finalmente, su presupuesto se complementará con otros mecanismos financieros, que en calidad de empréstitos vía crédito interno o externo, obtendrá de otros entes.

        MANEJO: El manejo de los recursos que obtiene el Estado, se efectúa mediante los diferentes órganos que integran la administración pública, centralizada y paraestatal, siempre sujetos a las disposiciones que regulan la legalidad de su actuación.

        

        APLICACIÓN: La aplicación de estos recursos se traduce en las erogaciones que por concepto de gasto público tiene que efectuar en su gestión para alcanzar sus objetivos.

        El manejo de las finanzas públicas por parte del Estado, se encuentra fundamentado en el artículo 25 Constitucional, interrelacionado con el 26, 27 y 28 del mismo texto, por citar los más importantes.

        

1.2 TRASCENDENCIA DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO EN LA ECONOMIA NACIONAL

                

        Como hemos señalado, para el ejercicio de sus funciones, el Estado requiere de los medios económicos que le permitan su realización. Desde que surge la vida en colectividad, surge también el imperativo de atender a necesidades de tipo colectivo, que para ser satisfechas requieren gastos que deben ser cubiertos, no por un individuo en particular, sino para la colaboración de todos los miembros de esa colectividad, y mientras mayor desarrollo va adquiriendo la solidaridad social, el fenómeno financiero público se presenta cada vez con mayor intensidad, a tal grado, que en múltiples ocasiones, el desequilibrio de las finanzas públicas, provoca violentas crisis sociales  y grandes repercusiones  en el sistema económico de una sociedad.     La idea del bien común no se puede alcanzar sin los fondos necesarios para efectuar sus actividades. Todo ello implica el gran número de recursos que requiere el Estado para cubrir sus necesidades.

Las medidas financieras constituyen una forma de intervencionismo especial. Esto se logra mediante el manejo adecuado de la tributación, estimulando sectores de la producción y áreas geográficas, limitando o promoviendo exportaciones, gravando utilidades excedentes o el consumo de artículos superfluos, etc. Esta intervención del Estado busca regular la producción y el comercio, la igualdad en la distribución de la riqueza y la protección contra los riesgos sociales.

        La actividad financiera del Estado,   también ha sido  objeto de estudio de diversas disciplinas que aportan sus principios para el manejo adecuado de los recursos.

Así tenemos que las finanzas públicas pueden ser analizadas por la Economía, la Sociología, la Psicología, la Política, el Derecho, etc., que vistas en particular se denominan, por comodidad técnica, Economía Financiera, Sociología Financiera, etc.

        

        La mayoría de los tratadistas, la enfocan como una ciencia netamente económica, y aplican los principios de esta disciplina para explicar su existencia. Otros autores, por su parte, pretenden enfocarla desde el punto de vista  político, en virtud de que los criterios de obtención, manejo y aplicación de los recursos del Estado, se encuentran a cargo de un ente de esta naturaleza, además que su objetivo se debe dirigir hacia la satisfacción de los grupos sociales que integran la población.  

        

        No faltan criterios que a partir de la sujeción del ente público a un conjunto de normas que regulan su actuación, dan una importancia fundamental al aspecto jurídico, base estructural del funcionamiento del Estado, por lo que identifican a las finanzas  públicas con un contenido preponderantemente jurídico.

        

La realidad es que tanto las disciplinas señaladas, como otras no mencionadas, se encuentran en constante interrelación con la actividad financiera del Estado, por tanto, no podemos limitar su contenido al contexto de una sola de ellas.

1.3 DERECHO FINANCIERO

        Para Flores Zavala, el Derecho Financiero es una rama autónoma del Derecho Administrativo, que estudia las normas legales que rigen la actividad financiera del Estado.

        De la Garza lo define como el conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad financiera del Estado en sus tres momentos, a saber: en el establecimiento de tributos y obtención de diversas clases de recursos, en la gestión o manejo de sus bienes patrimoniales y en la erogación de recursos para los gastos públicos, así como las relaciones jurídicas en el ejercicio de dicha actividad se establecen entre los diversos órganos del Estado o entre dichos órganos y los particulares, ya sean deudores o acreedores del Estado.

        Giulliani Fonrouge lo define como el conjunto de normas  jurídicas que regulan la actividad financiera del Estado en sus diferentes aspectos: órganos que la ejercen, medios en que se exterioriza y contenido de las relaciones que origina.

        El licenciado Gabino Fraga, al señalar el contenido de este Derecho dice que comprende:

  1. La estructura y organización del poder encargado normalmente de realizar la función administrativa.
  2. Los medios patrimoniales y financieros de que la administración necesita para su sostenimiento y para garantizar la regularidad de su actuación.
  3. El ejercicio de las facultades que el poder público debe realizar bajo la forma de la función administrativa.
  4. La situación de los particulares con respecto a la administración.

1.3.1 Derecho Financiero Nacional e Internacional

        El Derecho Financiero puede ser Internacional o Nacional. El Internacional se refiere a las normas que rigen las relaciones de carácter financiero de dos o más Estados soberanos entre sí y una persona con varios Estados soberanos. El Nacional se refiere a las normas que rigen las relaciones de carácter financiero entre un Estado y las personas que se encuentran sujetas a él.

1.4 POLITICAS FINANCIERAS

        Por políticas financieras se entiende el conjunto de criterios, lineamientos y directrices que utiliza el Estado para regular el sistema financiero nacional y canalizar los recursos hacia las actividades productivas.

  1. Políticas de deuda pública

        Los Estados intervencionistas de los países occidentales han recurrido a la deuda pública en épocas de depresión económica con el fin de estabilizar la demanda general mediante un aumento de los recursos financieros en las economías pública y privada. Esta cantidad extra de dinero promueve la expansión económica, creando nuevas fuentes de empleo y provocando alzas en el consumo. La deuda pública se emplea también para gastos de tipo social cuyo fin es proporcionar los beneficios de la economía a los grupos marginados que no tienen posibilidades reales de adquisición de bienes ni acceso a seguridades mínimas como la salud y la pensión. El renglón de gasto social se considera ineludible en la mayoría de los países más avanzados del mundo.

        La deuda pública está vinculada estrechamente a la política monetaria. Las condiciones para el rédito de la deuda, los plazos y las cláusulas de negociabilidad son temas ampliamente tratados por la política monetaria. Soslayar la influencia de la política monetaria al tratar de establecer una política de deuda pública es arriesgar en definitiva el éxito de ésta.

1.4.2 Política monetaria

        La política monetaria es una rama de la política económica que usa la cantidad de dinero como variable para controlar y mantener la estabilidad económica. Para ello, las autoridades monetarias usan mecanismos como la variación del tipo de interés, y participan en el mercado de dinero.

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