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REGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2014  •  7.667 Palabras (31 Páginas)  •  273 Visitas

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INTRODUCCION

El presente trabajo habla acerca de como tributar en el régimen de incorporación fiscal de las personas físicas.

Dentro de las Reformas Fiscales que entraron en vigor el 1 de enero de 2014, está un nuevo Régimen Fiscal llamado de Incorporación, establecido en el Capítulo II Sección II, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Este Régimen es opcional y aplica únicamente a personas físicas que realicen actividades empresariales, enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, siempre y cuando los ingresos declarados en el año inmediato anterior no hayan excedido los $2, 000,000.00 de pesos.

INTEGRACION AL RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL DE LAS PERSONAS FÍSICAS

INDICE

CAPITULO I

1.1 Planteamiento del problema………………………………….. 5

1.2 Justificación……………………………………………………... 6

1.3 Objetivos Generales y Específicos…… …………………….. 7

1.4 Hipótesis…………………………………………………………. 8

1.5 Antecedentes……………………………………………………..9

CAPITULO II. Desarrollo

2.1 Régimen de incorporación fiscal para personas físicas..…...11

CAPITULO III. Conclusión

3.1 Conclusión……………………………………………………….27

3.2 Bibliografía……………………………………………………….28

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.

¿Cuáles son los requisitos principales a los que están sujetos las personas físicas, para tributar en el nuevo régimen de incorporación fiscal (RIF)?, así mismo investigar la forma de cómo llevar la contabilidad en dicho régimen.

En este sentido, A través de este régimen, podrán incorporarse durante unos 10 años las personas físicas con poca capacidad económica y administrativa.

Entonces, la idea es que durante dicho periodo sólo deban presentar de forma bimestral sus declaraciones de pago e informativas para efectos del impuesto sobre la renta.

El Régimen de Incorporación se convierte entonces en el nuevo esquema de tributación al que pueden acceder las personas físicas con actividad empresarial con ingresos menores de dos millones de pesos.

Los contribuyentes que ejerzan la opción durante el periodo que permanezcan en el régimen previsto deberán calcular el impuesto al valor agregado de forma bimestral por los periodos comprendidos de enero y febrero; marzo y abril; mayo y junio; julio y agosto; septiembre y octubre, y noviembre y diciembre de cada año y efectuar el pago del impuesto a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre que corresponda, mediante declaración que presentarán a través de los sistemas que disponga el Servicio de Administración Tributaria en su página de Internet.

El pago bimestral será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el bimestre por el que se efectúa el pago, a excepción de las importaciones de bienes tangibles.

Entre otros detalles, los contribuyentes de este régimen no estarán obligados a presentar las declaraciones informativas siempre que presenten la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior.

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JUSTIFICACION

¿PARA QUE SE HACE?

Para evitar la evasión de impuestos de los antes llamados pequeños contribuyentes (REPECOS), ya que algunos pagaban una cuota fija al año y otros no pagaban impuestos.

¿POR QUE SE HACE?

Esta información puede ser útil para los antes llamados pequeños contribuyentes (REPECOS) para que no evadan impuestos y sea de gran facilidad llevar su contabilidad.

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OBJETIVO GENERAL

Los contribuyentes personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de dos millones de pesos.

OBJETIVO ESPECIFICO

• Alcanzar un incremento generalizado de la productividad, en el que participen todos los sectores de la población.

• La sustitución de diversos regímenes fiscales aplicables a las personas físicas con actividades empresariales por uno solo.

• El Régimen de Incorporación que se propone establecer en la nueva Ley del ISR sustituiría el aplicable por las personas físicas con actividades empresariales con ingresos de hasta 2 millones de pesos anuales, esto es, el Régimen Intermedio y REPECOS.

• Ex-REPECOS, ex-intermedios y nuevos contribuyentes utilizarán este esquema como una transición que les permita aprender a cumplir sus obligaciones fiscales de manera integral, cuidando aspectos de comprobación, orden y reconocimiento de ingresos, así como requisitos de las deducciones

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HIPOTESIS

 La eliminación del régimen de pequeños contribuyentes (REPECOS), ha creado confusión e inconformidad en los pequeños empresarios.

 Alcanzara un incremento generalizado de la productividad, en el que

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