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Regimen legal TELAS 2000, S.A. DE C.V

xgodinezTrabajo25 de Agosto de 2017

4.012 Palabras (17 Páginas)304 Visitas

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INTRODUCCION

El transporte es y ha sido un elemento central para el progreso o atraso de distintas civilizaciones y culturas, la necesidad de desplazar personas y mercancías ha hecho que la tecnología tome parte importante en el desarrollo de medios de transporte que permitan hacer más ágil y proactiva la logística de transportación.

Este proyecto pretende hacer un recuento desde que un comprador tiene necesidad de adquirir un producto de fuera del país, los trámites que tendrá que hacer, que términos de venta se acomodan a su presupuesto, los gastos en los que se incurrirá,  las dependencias que se ven involucradas en la logística de transportación y los requerimientos con los que se tiene que cumplir para ingresar la mercancía a territorio mexicano.

A pesar de la variedad en medios de transporte, el presente será en base a un transporte multimodal combinado con terrestre por camión y transporte marítimo.

Al final del planteamiento de lo que se trata es de satisfacer la  necesidad de transporte del comprador, y que después de todos los tramites, el pueda contar en su planta con la mercancía dentro de los tiempos en los que programo la llegada.

OBJETIVOS

  • Dar a conocer los pasos a seguir para la importación de mercancías de Taiwán a Manzanillo

  • Considerar ventajas y costos a la hora de seleccionar un incoterm
  • Establecer los factores a considerar en la selección del envase, embalaje y empaque
  • Establecer las mejores cotizaciones en costos portuarios y transporte de mercancías
  • Considerar ventajas y costos a la hora de seleccionar un incoterm
  • Establecer en este proyecto una guía rápida para el transporte internacional de mercancías..

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

TELAS 2000, S.A. DE C.V. es un importador en la Cd. De León Guanajuato que tiene necesidad de comprar 9000 metros de tela 100% poliéster que la industria nacional no puede proveerle.

Necesita hacer contacto con su proveedor taiwanés para acordar los términos de venta y los medios de transporte por los que puede hacer más ágil la entrega de la mercancía al mejor costo.

Así mismo necesita de la contratación de diferentes proveedores para poder transportar su mercancía exitosamente cumpliendo con todas las regulaciones y restricciones que marca la ley aduanera de nuestro país.

Para la correcta toma de decisiones necesitara de cotizaciones que le permitan evaluar sus costos contra los beneficios que le reporte cada uno de estos supuestos, ya que por otro lado cuenta con la desventaja de no estar familiarizado con la operación portuaria en Taiwán por lo que este es otro factor importante en la toma de decisión para el termino de venta.

MARCO JURIDICO

  • LEY ADUANERA

  • ACUERDO DE NORMAS
  • MANUAL DE OPERACIÓN ADUANERA
  • ANEXO 22 Y SUS APENDICES
  • REGLAS DE CARÁCTER GENERAL
  • INCOTERMS 2000

DESARROLLO DE LA TEMATICA

I  N  D  I  C  E

1.- INFORMACION DEL PRODUCTO

2.- ENVASE, EMPAQUE Y EMBALAJE

3.- ESTIBA

4.- MARCAJE

5.- SELECCIÓN DE INCOTERM

6.- SELECCIÓN DE SEGURO

7.- COTIZACIONES

8.- REGULACIONES Y RESTRICCIONES ARANCELARIAS A CUMPLIR

9.- DESPACHO EN ADUANA MARITIMA

10.- TRANSPORTE NACIONAL

11.- CIERRE DE DESPACHO

12.- CONCLUSIONES Y APORTACIONES

13.- BIBLIOGRAFIA

14.- ANEXOS

1.-INFORMACION DEL PRODUCTO:

Proveedor: Feng Yi Plastic International, LTD.

Mercancía: de filamentos sintéticos 100% poliéster texturados.

Cantidad: 9,000 Metros lineales, 1.3716 metros de ancho.

Ligamento: Tafetán

Tejido: De urdimbre y trama de hilados de distintos colores, tejido plano, de fibras continuas

Acabado: con hilos de distintos colores, gris y blanco.

Utilización: En la industria del calzado.

No. De curso: de 1 a 1

Gramaje: 554 G/M2 * 54”

Peso Neto: 7,500.00 kg

Bultos: 300 Rollos

Factura: 070524

Fracción Arancelaria: 5407.53.99

2.- ENVASE, EMPAQUE Y EMBALAJE

Dado que la presentación de la mercancía es en rollos se debe pensar en un embalaje que optimice el espacio dentro del contenedor, y toda vez que la mercancía es tela y no se vera afectada en su condición por empacarla solamente para protección ambiental, se opta por usar plástico simple formando una bolsa alrededor de cada rollo uniendo las puntas con cinta, por la forma y tamaño de los rollos no se considera un paletizado por que no se aprovecharía el espacio del contenedor y por superar los rollos las medidas estándar de los pallets, en caso del movimiento normal del contenedor por el camino no se vera afectada la integridad de la misma.

Ejemplo de empaque:

[pic 1]

3.- ESTIBA DE LA MERCANCIA

Se procederá a la estiba de la mercancía directamente al contenedor, los rollos serán acomodados en guindolas (súper pallets) para ser acercados al contenedor y consolidar mediante factor humano, ya que la forma circular de los rollos no permite soltar simplemente la carga, si no que se va haciendo una torre con ellos para ir llenando el contenedor hasta el techo aprovechando el espacio con el que se cuenta y embarcar la mayor cantidad posible de una sola vez.

Ejemplo estiba:

[pic 2]

Ejemplo de estiba en Guindolas para el llenado/vaciado del contenedor:

               [pic 3]

Ejemplo de llenado de contenedor:

               [pic 4]

4.-MARCAJE

Los rollos de tela se encuentran dentro del tipo de mercancía noble que no tiene mayores requerimientos de cuidado, no hay fragilidad en su manejo, y tienen que acomodarse a conveniencia para el aprovechamiento de espacio, sin embargo pese a que llevan protección plástica es importante que se haga el marcaje de protección de lluvia, por lo que la única etiqueta que se pegara al embalaje es la siguiente:

Ejemplo de marcaje:

                  [pic 5]

SELECCIÓN DEL INCOTERM:

"Franco A Bordo" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador debe soportar todos los costos y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde aquel punto. El término FOB exige al vendedor despachar la mercancía en aduana para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores.

A OBLIGACIONES DEL VENDEDOR

B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR

A 1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato

El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

B 1 Pago del precio


El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa.

A 2 Licencias, autorizaciones y formalidades

El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía.

B 2 Licencias, autorizaciones y formalidades

El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país.

A 3 Contrato de transporte y seguro

a) Contrato de transporte
Ninguna obligación



b) Contrato de seguro
Ninguna obligación.

B 3 Contrato de transporte

a) Contrato de transporte
El comprador debe contratar, a sus propias expensas, el transporte de las mercancías desde el puerto de embarque convenido.

b) Contrato de seguro
Ninguna obligación

A 4 Entrega

El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en la fecha o dentro del plazo acordado, en el puerto de embarque convenido y en la forma acostumbrada en el puerto.

B 4 Recepción de la entrega

El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A4.

A 5 Transmisión de riesgos

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido.

B 5 Transmisión de riesgos

El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía 

  • desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido, y 
  • desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del plazo acordado para al entrega, ya sea porque no haya dado aviso conforme a B7, o porque el buque designado por él no llega a tiempo, o no puede hacerse cargo de la mercancía, o deja de admitir carga antes del momento notificado de conformidad con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

A 6 Reparto de gastos

El vendedor debe, con sujeción a lo previsto en B6, pagar: 

  • todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido; y 
  • cuando sea pertinente, los gastos de los trámites aduaneros necesarios para la exportación, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación.

B 6 Reparto de gastos

El comprador debe pagar:

  • todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido; y 
  • cualquier gasto adicional en que haya incurrido, bien porque el buque designado por él no llega a tiempo, o no puede hacerse cargo de la mercancía o deja de admitir carga antes del momento notificado según B7, o bien porque el comprador no ha dado aviso adecuado, de conformidad con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y 
  • cuando sea pertinente, todos los derechos, impuestos y demás cargas, así como los gastos para realizar los trámites aduaneros exigibles a la importación de la mercancía y por su tránsito por cualquier país.

A 7 Aviso al comprador

El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada de conformidad con A4.

B 7 Aviso al vendedor

El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente sobre el nombre del buque, el punto de carga y la fecha de entrega a respetar.

A 8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente

El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas de aquél, la prueba usual de la entrega de las mercancías de conformidad con A4.

Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior sea el documento de transporte, el vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para conseguir un documento de transporte para el contrato de transporte (por ejemplo, un conocimiento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de transporte por vías navegables interiores, o un documento de transporte multimodal).

Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse electrónicamente, el documento a que se refiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente.

B 8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente

El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de acuerdo con A8.

A 9 Comprobación - embalaje . marcado

El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico embarcar la mercancía descrita en el contrato sin embalar) requerido para el transporte de la mercancía, en la medida en que las circunstancias relativas al transporte (por ejemplo, modalidades, destino) sean dadas a conocer al vendedor antes de la conclusión del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

B 9 Inspección de la mercancía

El comprador debe pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación.

A 10 Otras obligaciones

El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico equivalente (diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este último, la información necesaria para obtener un seguro.

B 10 Otras obligaciones

El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener de los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquéllos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

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