Reglamento De Trabajo
aurymp9 de Junio de 2014
4.313 Palabras (18 Páginas)282 Visitas
INTRODUCCION
1. El presente reglamento es el conjunto de normas que regulan la actuación
general de todo el personal que presta servicios de tierra o handling perteneciente a
Pluna Ente Autónomo (en adelante también denominada la empresa o el Ente).
1.2. Tiene por finalidad establecer normas generales a observar en las relaciones
entre la empresa y su personal sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido en las
leyes, decretos y demás normas en vigencia.
1.3. Un ejemplar de esta norma será colocado en lugar visible del lugar donde se
presten servicios, recibiendo cada funcionario un ejemplar que bajo firma acusará
recibo, momento a partir del cual no podrá alegar desconocimiento de sus partes .
DEL INGRESO
2. Sin perjuicio de la normativa vigente en cuanto a ingresos a la actividad pública,
toda persona que desee ser admitida en los cuadros funcionales del Ente deberá
proporcionar todos los datos que le sean solicitados. En Ente aceptará de buena fe las
manifestaciones formuladas en las solicitudes de trabajo. Si luego de incorporarse se
llegara a comprobar una declaración falsa u omisiones maliciosas, la empresa se reserva
el derecho de aplicar las medidas disciplinarias que estime convenientes, inclusive la
cesantía o rescisión del contrato en su caso.-
2.1. Toda persona admitida lo será en carácter de prueba durante las primeras
noventa (90) jornadas de trabajo efectivo en el caso de los jornaleros, o de tres (3)
meses en el caso de los mensuales, pudiendo cualquiera de las partes dar por rescindido
el vínculo laboral sin necesidad de expresión de causa durante dicho período y sin derecho a indemnización, excepto lo que pudiese corresponderle por jornadas
trabajadas, licencia anual y aguinaldo.
2.2. Los trabajadores eventuales en relación de dependencia, en sus distintas
modalidades de contratación – zafrales, suplentes, a término, para obra determinada,
etc. - estarán sujetos al presente conjunto de normas.
NORMAS BASICAS
3. Todo el personal de la empresa debe guardar una adecuada disciplina en el
cumplimiento de sus tareas, manteniendo un trato respetuoso con sus compañeros de
labor, clientes y demás personas vinculadas a la empresa.
Asimismo, el personal se compromete a:
3.1. Observar respeto y obediencia a sus superiores.
3.2. Ocupar todo el tiempo de su trabajo en el efectivo cumplimiento de sus tareas.
3.3. Realizar las tareas que sus superiores le indiquen con la mayor
exactitud, esmero y corrección posibles.
3.4. Proteger la buena imagen de la empresa, sus intereses, instalaciones y
bienes en general ya que de esa forma contribuirá al mantenimiento de la fuente de
trabajo.
3.5. Guardar estricta reserva sobre cualquier tipo de información derivada
directa o indirectamente del cumplimiento de sus tareas y que su divulgación pueda
entrañar un perjuicio para la empresa o sus clientes.
3.6. Poner en conocimiento de sus superiores cualquier hecho que considera
inconveniente o perjudicial para los intereses de la empresa o sea lesivo para la moral o
las buenas costumbres o que pudiere configurar falta o delito.
3.7. El personal deberá concurrir a prestar sus tareas en forma aseada, prolija
y correctamente uniformada cuando corresponda, colaborando con la higiene personal,
de las herramientas y de su sitio de labor.
DEL ORDEN JERARQUICO.
4. Toda solicitud, reclamación o planteamiento de índole individual de cualquier
naturaleza, deberá ser expuesto al superior inmediato, respetando siempre el orden
jerárquico. Todos los planteos que se deseen formular, se realizarán en el horario y lugar
de trabajo.
DEL LUGAR DE TRABAJO
5. Cada funcionario tiene un lugar específico de trabajo, el cual no debe
abandonarse durante la jornada a no ser por motivos o necesidades del trabajo en sí.
En caso que deba abandonar su puesto de trabajo, deberá solicitar autorización a
su jefe o superior inmediato en la manera prevista en este reglamento, a fin de proveer
las medidas necesarias para que el trabajo no se detenga o el servicio no se interrumpa.
DATOS PERSONALES - CARNET DE SALUD - HABILITACIONES
6. En caso de producirse cambios en los datos personales como ser: estado civil,
lugar de domicilio, teléfono, se deberá comunicar éstos de inmediato a la División
Recursos Humanos del Ente para su actualización, sin perjuicio de tomarse como
válidas las notificaciones que por cualquier circunstancia realice la empresa en el
domicilio originalmente denunciado.
6.1. El efectivo desempeño de labores supone el fiel cumplimiento de la
normativa vinculada al Carné de Salud. Todos funcionarios deberán contar con carnet
de salud que acredite que es apto para las tareas propias de servicios de tierra en
aeropuertos.- En caso de que la Autoridad Aeronáutica, en base a la legislación nacional
e internacional en la materia dispusiera la necesidad de contar con las licencias y
habilitaciones, el personal afectado a las tareas de handling deberá cumplir con dichos
extremos. La empresa brindará facilidades para la renovación u obtención de carnet de
salud o en su caso de las licencias y habilitaciones, sin perjuicio de la obligación de los
funcionarios de cumplir con las indicaciones, entrega de certificados de vacunación o la
realización de exámenes que le sean exigidos. El incumplimiento de los extremos antes
mencionados inhabilitará al desempeño de tareas hasta su verificación, sin perjuicio de
las sanciones disciplinarias correspondientes.
CUIDADO Y MANEJO DE BIENES
7. El personal tiene la obligación de cuidar y mantener en buen estado de uso y
conservación los bienes pertenecientes a la empresa o a terceros que sean confiados a su
cuidado y que deban utilizar en el desempeño de sus tareas.
En caso de rotura o daño por negligencia en su uso o administración sin
perjuicio de la sanción correspondiente la empresa podrá exigir al responsable o
causante, el pago de los costos de reparación o reposición.
7.1. En ningún caso el personal está autorizado a usufructuar de los bienes o
útiles de la empresa con destinos ajenos al servicio.
RELOJ DE CONTROL
8. Los funcionarios afectados a las tareas de handling, tendrán la obligación de
registrar su ingreso, egreso y toda otra salida autorizada dentro del horario de labor en la
tarjeta de control horario, la que siempre deberá reflejar las horas de trabajo
efectivamente realizado.
El personal deberá registrar el ingreso y el egreso con el uniforme de trabajo
correspondiente.
El horario de descanso intermedio deberá ser comunicado a la Gerencia a los efectos de
su registro y control
UNIFORME DE TRABAJO Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
9. Es obligatorio el uso del uniforme y de los elementos de protección individual
entregados por la empresa durante el horario de trabajo. El uniforme de trabajo deberá
mantenerse en un estado decoroso de conservación y limpieza.
9.1. En el cumplimiento de las labores, deberán observarse estrictamente las normas
de seguridad vigentes.
ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
10. La puntualidad y asidua asistencia al trabajo, además de ser obligación
ineludible de todo el personal, contribuye una mejor planificación y coordinación de las
tareas, beneficiando no solo a quien la cumple sino, también, a sus compañeros y la
empresa.
INASISTENCIAS
- De Las Faltas con Aviso Justificadas e Injustificadas
...