Relaciones Laborales
khaledfares28 de Agosto de 2012
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Introducción
En este trabajo hablaremos sobre las capacidades humanas, como aprovecharlas, como el ser humano puede llevarlo al trabajo, cuales son y deben ser sus condiciones y la importancia de la equidad en el dia de hoy en los lugares laborales.
Tema N°1
´´capacidades humanas’’
1.- investigar el significado de las siguientes palabras:
a) Capacidad: Aptitud, talento, cualidad que dispone a alguien para el buen ejercicio de algo.
b) Trabajo: Obra, resultado de la actividad humana.
c) Laboral: Perteneciente o relativo al trabajo, en su aspecto económico, jurídico y social.
d) Empleo: Ocupación, oficio.
e) Experiencia: Conocimiento de la vida adquirido por las circunstancias o situaciones vividas.
f) Desempeño: Cumplir las obligaciones inherentes a una profesión, cargo u oficio; ejercerlos.
g) Productividad: Capacidad o grado de producción por unidad de trabajo, superficie de tierra cultivada, equipo industrial, etc.
h) Cooperación: Obrar juntamente con otro u otros para un mismo fin.
i) Dinamismo: Energía activa y propulsora.
j) Relaciones humanas: Conexión, correspondencia, trato, comunicación de alguien con otra persona.
k) Subalternos: En los centros oficiales, empleado de categoría inferior afecto a servicios que no requieren aptitudes técnicas.
l) Jefes: Superior o cabeza de una corporación, partido u oficio.
m) Prestaciones: Renta, tributo o servicio pagadero al señor, al propietario o a alguna entidad corporativa
n) Salario: En especial, cantidad de dinero con que se retribuye a los trabajadores por cuenta ajena.
o) Eficiencia: En especial, cantidad de dinero con que se retribuye a los trabajadores por cuenta ajena.
p) Cortesía: Demostración o acto con que se manifiesta la atención, respeto o afecto que tiene alguien a otra persona.
q) Compañerismo: Vínculo que existe entre compañeros.
r) Solidaridad: Adhesión circunstancial a la causa o a la empresa de otros.
s) Ética: Conjunto de normas morales que rigen la conducta humana.
t) Contrato: Pacto o convenio, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas.
2.-elabora una lista, donde resuma las principales capacidades humanas.
Obediencia: cumplir las órdenes (presentarse puntualmente en el lugar de trabajo y hacer lo que se exige).
Diligencia: trabajar duro y mantener el enfoque.
Intelecto: ser responsable con las habilidades personales y llevar las mejores prácticas al trabajo.
Iniciativa: tomar la iniciativa sobre un problema u oportunidad antes de que sea solicitado y no limitar la contribución por la definición de su puesto de trabajo.
Creatividad: encontrar una mejor manera de hacer las cosas, esto es, crear nuevos y mejores productos o servicios para la empresa (innovación).
Pasión y entusiasmo: dar lo mejor de sí mismo en su trabajo con entusiasmo, por el gusto de hacer bien las cosas, porque ‘simplemente’ le llena hacer un buen trabajo.
3.- Mencione como usted aprovecha sus capacidades.
Estableciéndome un método de vida en el cual todas estas capacidades puedan ser ocupadas de la mejor manera, como por ejemplo estar en una institución en donde deba cumplir horarios, buscar algún trabajo para estar enfocado en una sola ocupación, vivir en un ambiente en donde deba compartir con mas personas, esto implica que debo estar pendiente de no extraviar mis pertenencias, etc.
4.- ¿De que manera sus capacidades pueden ayudarle a hacer el bien a las demás personas?
Por ejemplo: estoy encargado de construir un hospital, el hospital de por si ya es beneficioso para las demás personas pero no lo será el 100 % si es construido de mala manera, por eso al ocupar estas capacidades logro que mi trabajo que en este caso es el hospital sea construido de la mejor manera cumpliendo con todos los reglamentos que requiere.
Tema N°2
´´el trabajo’’
1.- ¿Cómo debe ser el ambiente para todo trabajador?
• Los puestos de trabajo: Es una zona particular equipada con los medios técnicos necesarios, equipos básicos auxiliares, accesorios tecnológicos organizativos, medios para el aseguramiento de las condiciones favorables de trabajo, en la que realiza la actividad laboral del trabajador o del grupo de trabajadores que ejecutan una tarea de producción o servicio conjuntamente.
• La zona de trabajo: Es el espacio que abarca hasta 2 m de altura sobre el nivel del piso o plataforma donde se encuentra el trabajador de forma permanente o temporal.
• La zona respiratoria: un espacio en un radio de 50 cm a partir de la cara del trabajador.
• Las actividades. El conjunto de operaciones o tareas realizadas por los trabajadores para cumplir con sus obligaciones de trabajo, en relación con ellas en forma remunerada o voluntaria, así como la realizada por los jóvenes, como parte de su formación integral y las ejecutadas por los trabajadores en cursos de calificación, recalificación u otros, orientados por la entidad en que laboran.
• Los elementos del medio físico o naturales: Compuesto por el agua, los residuales,…y los elementos culturales importantes para la conservación de la salud, entre los que se destacan la protección del proceso productivo, una propiedad del proceso que busca satisfacer los requisitos de seguridad al establecer las condiciones para su desarrollo mediante la documentación normalizativa u otra legal vigente.
2.- ¿Por que la constitución nacional establece que el trabajo es un derecho de todo panameño?
Por que el estado se quiere asegurar que el trabajador obtenga condiciones necesarias a una existencia decorosa.
3.-Resuma el capitulo de la constitución que tiene que ver con el trabajo.
Artículo 60. El trabajo es un derecho y un deber del individuo, y por tanto es una obligación del Estado elaborar políticas económicas encaminadas a promover el pleno empleo y asegurar a todo trabajador las condiciones necesarias a una existencia decorosa.
Artículo 61. A todo trabajador al servicio del Estado o de empresas públicas o privadas o de individuos particulares, se le garantiza su salario o sueldo mínimo. Los trabajadores de las empresas que la Ley determine participarán en las utilidades de las mismas, de acuerdo con las condiciones económicas del país.
Artículo 62. La Ley establecerá la manera de ajustar periódicamente el salario o sueldo mínimo del trabajador, con el fin de cubrir las necesidades normales de su familia, mejorar su nivel de vida, según las condiciones particulares de cada región y de cada actividad económica; podrá determinar asimismo el método para fijar salarios o sueldos mínimos por profesión u oficio.
En los trabajos por tarea o pieza, es obligatorio que quede asegurado el salario mínimo por jornada.
El mínimo de todo salario o sueldo es inembargable, salvo las obligaciones alimenticias en la forma que establezca la Ley. Son también inembargables los instrumentos de labor de los trabajadores.
Artículo 63. A trabajo igual en idénticas condiciones, corresponde siempre igual salario o sueldo, cualesquiera sean las personas que lo realicen, sin distinción de sexo, nacionalidad, edad, raza, clase social, ideas políticas o religiosas.
Artículo 64. Se reconoce el derecho de sindicación a los empleadores, asalariados y profesionales de todas clases para los fines de su actividad económica y social.
El Ejecutivo tendrá un término improrrogable de treinta días para admitir o rechazar la inscripción de un sindicato.
La Ley regulará lo concerniente al reconocimiento por el Ejecutivo de los sindicatos, cuya personería jurídica quedará determinada por la inscripción.
El Ejecutivo no podrá disolver un sindicato sino cuando se aparte permanentemente de sus fines y así lo declare tribunal competente mediante sentencia firme.
Las directivas de estas asociaciones estarán integradas exclusivamente por panameños.
Artículo 65. Se reconoce el derecho de huelga. La Ley reglamentará su ejercicio y podrá someterla a restricciones especiales en los servicios públicos que ella determine.
Artículo 66. La jornada máxima de trabajo diurno es de ocho horas a la semana laborable hasta de cuarenta y ocho; la jornada máxima nocturna no será mayor de siete horas y las horas extraordinarias serán remuneradas con recargo.
La jornada máxima podrá ser reducida hasta a seis horas diarias para los mayores de catorce años y menores de diez y ocho. Se prohíbe el trabajo a los menores de catorce años y el nocturno a los menores de diez y seis, salvo las excepciones que establezca la Ley. Se prohíbe igualmente el empleo de menores hasta de catorce años en calidad de sirvientes domésticos y el trabajo de los menores y de las mujeres en ocupaciones insalubres.
Además del descanso semanal, todo trabajador tendrá derecho a vacaciones remuneradas.
La Ley podrá establecer el descanso semanal remunerado de acuerdo con las condiciones económicas y sociales del país y el beneficio de los trabajadores.
Artículo 67. Son nulas y, por tanto, no obligan a los contratantes, aunque se expresen en un convenio de trabajo o en otro pacto cualquiera, las estipulaciones
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