ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Responsabilidad En El Derecho Tributario

yessi_2330 de Mayo de 2013

834 Palabras (4 Páginas)405 Visitas

Página 1 de 4

LA RESPONSABILIDAD EN EL DERECHO TRIBUTARIO. La responsabilidad directa la tiene la persona cuya situación coincide con la que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal; es decir, la persona que produce o es propietaria o poseedora de la cosa grabada o realiza el acto gravado o el bien al sucesor de esta persona. A esta responsabilidad podríamos llamarla originaria o primitiva por que es la que necesariamente surge con el nacimiento del crédito fiscal. En un sentido limitado puede decirse que la persona que tiene esta responsabilidad es el verdadero deudor del crédito fiscal, las demás personas a cuyo cargo resulte el crédito por diversas circunstancias, no son en este sentido deudoras, sino responsables

EL RESPONSABLE DEL CREDITO FISCAL Y LAS CLASES DE RESPONSABILIDAD. Sujeto o deudor de un crédito fiscal es la persona física o moral, de acuerdo con las leyes esta obligada a una manera directa al pago de una prestación determinada al fisco federal.

Existen cuatro clases de responsabilidad que son:

a. Directa

b. Sustituta

c. Solidaria

d. Objetiva

RESPONSABILIDAD DIRECTA. La responsabilidad directa la tiene la persona cuya situación coincide con la señalada con la ley como hecho generador del crédito fiscal es decir, que se encuentra en la situación que da nacimiento al crédito puede ser el propietario o productor de la cosa, el que realiza el acto grabado. Etc., pero también puede tener este carácter el sucesor.

En esta clase de responsabilidad pueden distinguirse tres casos.

a. cuando existe un solo responsable y en consecuencia toda la responsabilidad es de el

b. cuando existen varios responsables directos y cada uno de ellos, es entonces, responsable por el y por los demás.

c. Cuando se adquiere la responsabilidad directa por sucesión.

LA RESPONSABILIDAD SUSTITUTA. Es responsable por sustitución es aquel, en virtud de una disposición de la ley esta obligado al pago de un credito fiscal no por la intervención personal y directa que tuvo en su creación sino por que lo conoció o paso ante el, sin haber exigido al responsable contribuyente al pago respectivo. Quedan comprendidos dentro de esta categoría, los funcionarios públicos, los magistrados, los notarios, retenedores, recaudadores, etc.

LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. Es la que tiene todos los terceros que en forma indirecta adquieran la obligación en el pago de un credito fiscal.

La responsabilidad solidaria se presenta cuando una persona físico o moral nacional o extranjera, que en virtudes de haber establecido una determinada relación, de tipo jurídico con el sujeto pasivo obligado directo por disposición expresa de la ley tributaria aplicable adquiere con comitantemente con dicho obligado directo y a elección del fisco la obligación de cubrir un tributo originalmente a cargo del propio contribuyente directo.

Es importante aclarar que nuestra Legislación Tributaria vigente, esencialmente regula dos tipos de responsabilidades o sujetos pasivos: el causante y el responsable solidario

LA RESPONSABILIDAD OBJETIVA

La responsabilidad objetiva se presenta cuando el adquiriente de un bien o de una negociación debe responder por disposición de la ley como sujeto pasivo obligado directo de las contribuciones o tributos que haya dejado insoluto el propietario anterior y que graven a dicho bien o negociación.

Se ha estimado conveniente introducir en nuestra legislación vigente la figura tributaria de la responsabilidad Objetiva debido a que el fisco corre el riesgo de ver frenado su poder recaudatorio en aquellas situaciones en las que un bien o un giro mercantil cambian de dueño y con esta figura se eliminan posibles objeciones de parte de los contribuyentes, fundadas en el hecho de que no debería obligárseles a pagar tributos generados con anterioridad a la fecha en

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com