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Responsabilidad Social


Enviado por   •  2 de Junio de 2015  •  2.214 Palabras (9 Páginas)  •  127 Visitas

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Responsabilidad social

La dinámica de la responsabilidad social es un tema específico de la Conferencia Mundial de 2009. Las universidades generan y difunden el conocimiento –ése es su cometido fundamental, consagrado desde su origen. Al hacerlo, contribuyen al desarrollo de la sociedad en aspectos esenciales y complejos. Por medio de la universidad, los graduados pueden dotarse del conocimiento, las competencias y los objetivos para abordar una amplia gama de tareas sociales, económicas y científicas: la crisis de la energía, las consecuencias del cambio climático, la inseguridad alimentaria, los problemas sanitarios y la búsqueda de opciones sostenibles en todos los sectores de la economía. Las Naciones Unidas se relacionan con las instituciones de educación superior por conducto de su nuevo Programa de repercusiones académicas, a fin de promover su compromiso con la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Por ejemplo, las universidades pueden contribuir a este fin mediante las investigaciones sobre el desarrollo agrícola o los programas eficaces de alfabetización o formación de docentes, la renovación de planes de estudio con el fin de incorporar los valores del desarrollo sostenible y la promoción de las mujeres en los sectores de ciencia y tecnología.

Definición de la responsabilidad social: gestión de impactos y corresponsabilidad para la sostenibilidad.

Se entiende bien la generosa idea de tal responsabilidad social colectiva y consensual, pero ¿qué puede significar concretamente? ¿Cómo operacionalizar esta responsabilidad "social" en las organizaciones? Es preciso resaltar que el movimiento mundial de la RSE, sin beneficiar de las luces de ningún gurú que todos podrían seguir ciegamente, avanza sin embargo espontáneamente, lento pero seguro, hacia una definición cada vez más consensual y que no deja de ser pertinente: la responsabilidad social es responsabilidad por los impactos sociales y ambientales de las decisiones y acciones de las organizaciones (Vallaeys, 2008b, 2009). Es lo que dice la reciente definición largamente negociada de la norma ISO 26000 :

"[La Responsabilidad Social es la] Responsabilidad de una organización por los impactos de sus decisiones y actividades en la sociedad y en el medio ambiente, a través de una conducta transparente y ética que:

Contribuya con el desarrollo sostenible, incluyendo la salud y el bienestar de la sociedad;

Tome en cuenta las expectativas de las partes interesadas (stakeholders)

Cumpla con las leyes y sea compatible con las normas internacionales de conducta;

Sea integrada en la totalidad de la organización y puesta en práctica en todas sus relaciones." (ISO 26000, 2010)

La misma definición en términos de gestión de impactos fue también recientemente adoptada por la Comisión Europea, que, por fin, ha criticado y superado la pésima definición de RSE de su Libro Verde de 2001, en la cual la responsabilidad social se limitaba a un libre compromiso voluntario "más allá" de toda obligación jurídica, o sea a una seudo responsabilidad siempre facultativa, dependiente del buen querer de las organizaciones, sin ninguna posibilidad de exigir rendición de cuentas. Si la "responsabilidad social" fuera libre compromiso voluntario, no merecería ni siquiera el nombre de responsabilidad, puesto que toda responsabilidad implica deber de rendir cuentas (accountability), deber oponible al sujeto responsable por los demás (Vallaeys, 2008a). Si nadie puede oponer al "promitente" su propia promesa, si nadie le puede exigir cumplir con ella, entonces no hay promesa ni responsabilidad, hay sólo declaraciones de buenas intenciones, que pueden fácilmente esfumarse en fanfarronadas. Felizmente, la Comisión Europea, desde su Comunicación al Parlamento Europeo del 25 de octubre de 2011 (COM(2011) 681 final), ha redefinido la responsabilidad social en términos de responsabilidad por los impactos y la asocia claramente a la responsabilidad jurídica, en la misma línea que la norma ISO 26000:

"La Comisión presenta una nueva definición de la RSE, a saber, «la responsabilidad de las empresas por su impacto en la sociedad». El respeto de la legislación aplicable y de los convenios colectivos entre los interlocutores sociales es un requisito previo al cumplimiento de dicha responsabilidad. Para asumir plenamente su responsabilidad social, las empresas deben aplicar, en estrecha colaboración con las partes interesadas, un proceso destinado a integrar las preocupaciones sociales, medioambientales y éticas, el respeto de los derechos humanos y las preocupaciones de los consumidores en sus operaciones empresariales y su estrategia básica, a fin de: maximizar la creación de valor compartido [shared value2] para sus propietarios/accionistas [owners/shareholders] y para las demás partes interesadas [stakeholders] y la sociedad en sentido amplio; identificar, prevenir y atenuar sus posibles consecuencias adversas [adverse impacts]." (Comisión Europea, COM(2011) 681 final).

Ambas definiciones, de la norma ISO 26000 y de la Comisión Europea, permiten sentar las bases de la "Responsabilidad Social":

1 Se trata de una responsabilidad de las organizaciones por sus impactos: los impactos negativos (sociales y ambientales) de sus actividades deben (idealmente) progresivamente desaparecer. Esto constituye la promesa exigida.

2 Esta responsabilidad exige, pues, un modo de gestión cuya finalidad es la sostenibilidad de la sociedad, suprimiendo los impactos negativos insostenibles y promoviendo modos de desarrollo sostenibles (o sustentables, es lo mismo: sustainable).

3 La responsabilidad social no está más allá y fuera de las leyes sino que se articula con las obligaciones legales. Las leyes deben definir cuáles son los impactos negativos prohibidos y motivar a la responsabilización social de todos. Desde luego, la responsabilidad social no empieza "más allá de las leyes", como se suele escuchar, sino dentro de las leyes y para que las leyes se cumplan y vayan mejorando.

4 La responsabilidad social pide una coordinación entre las partes interesadas capaces de actuar sobre los impactos negativos diagnosticados, en situación de corresponsabilidad, a fin de buscar las soluciones mutuamente beneficiosas (construir valor para todos los actores sociales, soluciones "gana-gana", y no sólo valor para algunos a costa de los demás).

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