SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL
Magaly Garcia ViloriaTesis20 de Diciembre de 2022
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SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL
Es importante destacar, la seguridad y la higiene laboral son componentes de las condiciones de trabajo. Así, su regulación a través de la empresa y la aplicación de todos los estamentos de la misma hace necesario que su conocimiento sea generalizado por todos los trabajadores de cualquier organismo, ya sea público o privado.
En consecuencia, el concepto de seguridad e higiene laboral desde el punto de vista moderno figura más que una simple situación de seguridad física, una situación de bienestar personal, un ambiente de trabajo idóneo o apto, en definitiva una filosofía de vida humana en el marco de la actividad laboral contemporánea.
En este contexto, la Revolución Industrial marca el inicio de la seguridad industrial como consecuencia de la aparición de la fuerza del vapor y la mecanización de la industria, lo cual provocó el incremento de accidentes así como de enfermedades laborales. Se puede decir entonces que para el año 1871 el cincuenta por ciento de los trabajadores moría antes de los veinte años, debido a los accidentes y las pésimas condiciones de trabajo. Todas estas situaciones obligaron a aumentar las medidas de seguridad, las cuales se cristalizaron con el advenimiento de las conquistas laborales. Sin embargo, es la toma de conciencia de empresario y trabajador la que perfeccione la seguridad en el trabajo. De tal forma, durante la Revolución Francesa se establecen corporaciones de seguridad destinadas a resguardar a los artesanos, base económica de la época.
De tal manera, desde los albores de la historia industrial Venezuela, también ha tenido normativas que regulan la seguridad e higiene aboral, así en el año de 1909 se promulga la primera Ley de Minas, siendo su aporte más importante la limitación de la jornada de trabajo en las minas y fuera de ellas a 12 horas. Asimismo, en 1916 se reforma el Código Civil Venezolano estableciendo la responsabilidad civil de los arrendadores respecto a las personas que estuvieran a su cargo en establecimientos industriales y mineros.
Para el año de 1917 se realiza otra promulgación relacionada a la seguridad laboral, ésta fue la Ley de Talleres y Establecimientos Públicos en la que se obligaba al patrono a tomar medidas para garantizar la vida de sus obreros. En este instrumento jurídico se reduce la jornada de trabajo a ocho horas y media (8 ½) y se prohibió el trabajo en días feriados. En 1925 con a nueva promulgación de la Ley de Minas, también se redujo la jornada a ocho horas y obligaba a pagar el salario en dinero en efectivo con la cual se eliminaba el sistema de vales y fichas. Sin embargo, a pesar de que 1928 se promulga la primera Ley del Trabajo, es con la ley del trabajo promulgada en 1936 cuando se consolida la legislación laboral venezolana, pues allí se consagra por primera vez de forma efectiva las normas destinadas a regular los accidentes de trabajo y los distintos riesgos que implica la prestación de servicios. A los dos años siguientes, en 1938 se promulga el Reglamento de la Ley del Trabajo.
Otro aporte importante, que ya se viene mencionando a lo largo del foro sobre esta temática es la Ley del Seguro Social Obligatorio la cual se promulga en 1966 estableciendo de manera obligatoria la protección de los trabajadores en caso de enfermedades o accidentes de trabajo. Asimismo, en 1973 mediante decreto ejecutivo es creada la Comisión Venezolana de Normas Industriales (Covenin), instituyendo en su Comité Técnico 6 (CT6), las normas relacionada a la prevención, seguridad, higiene, protección contra incendios.
Todos los aportes anteriormente mencionados han servido de base fundamental para que el 18 de junio de 1986 se promulgara la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, conocida como la LOPCYMAT, sin embargo no se le dio la importancia que requería. En vista de ello, en 1999 la promulgación de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en su artículo 87 es cuando se leda rango constitucional a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. Para que así el 26 de Julio de 2005, a través de la Gaceta Oficial Nº 38.236 se decreta la “Nueva LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DEL TRABAJO”. Luego en el 2007 en la Gaceta Oficial Nº 38.596 aparece el “REGLAMENTO PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO”.
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