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SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL

Magaly Garcia ViloriaTesis20 de Diciembre de 2022

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SEGURIDAD  E  HIGIENE LABORAL

        Es importante destacar, la seguridad y la higiene laboral son componentes  de las condiciones de trabajo. Así, su regulación a través de la empresa y la aplicación de  todos los estamentos de la misma hace necesario que su conocimiento sea generalizado por  todos los trabajadores  de  cualquier  organismo, ya  sea  público  o privado.

En consecuencia, el concepto de seguridad  e higiene  laboral desde  el punto de  vista moderno figura más que una simple situación de seguridad física, una situación de bienestar personal, un ambiente de trabajo idóneo o apto, en definitiva una  filosofía de vida humana en el marco de la actividad laboral contemporánea.

En este  contexto, la Revolución Industrial marca el inicio de la seguridad industrial como consecuencia de la aparición de la fuerza del vapor y la mecanización de la industria, lo cual provocó el incremento de accidentes así como de enfermedades laborales. Se puede  decir  entonces que  para  el año 1871 el cincuenta por ciento de los trabajadores moría antes de los veinte años, debido a los accidentes y las pésimas condiciones de trabajo. Todas  estas  situaciones obligaron a aumentar las medidas de seguridad, las cuales se cristalizaron con el advenimiento de las conquistas laborales. Sin embargo, es la toma de conciencia de empresario y trabajador la que perfeccione la seguridad en el trabajo. De tal forma, durante la Revolución Francesa se establecen corporaciones de seguridad destinadas a resguardar a los artesanos, base económica de la época.

De tal manera, desde los albores de la historia industrial Venezuela, también ha  tenido  normativas  que  regulan  la  seguridad  e  higiene  aboral, así  en el  año de 1909 se promulga la primera Ley de Minas, siendo su aporte  más  importante la  limitación de la jornada de trabajo en las minas y fuera de ellas a 12 horas. Asimismo, en 1916 se  reforma el Código Civil Venezolano estableciendo la responsabilidad civil de los arrendadores respecto a las personas que estuvieran a su cargo en establecimientos industriales y mineros.

Para  el año de 1917 se realiza  otra  promulgación  relacionada a la  seguridad laboral, ésta  fue la Ley de Talleres y Establecimientos Públicos en la que se obligaba al patrono a tomar medidas para garantizar la vida de sus obreros. En este  instrumento  jurídico se  reduce la jornada de trabajo a ocho horas y media (8 ½) y se prohibió el trabajo en días feriados. En 1925 con a  nueva promulgación de la Ley de Minas, también se redujo la jornada a ocho horas y obligaba a pagar el salario en dinero en efectivo con la cual se eliminaba el sistema de vales y fichas. Sin embargo, a pesar de que  1928 se promulga la primera Ley del Trabajo, es con la ley del trabajo promulgada en 1936 cuando se consolida la legislación laboral venezolana, pues  allí se consagra por primera vez de forma efectiva las normas destinadas a regular los accidentes de trabajo y los distintos riesgos que implica la prestación de servicios. A los dos años siguientes, en 1938 se promulga el Reglamento de la Ley del Trabajo.

Otro aporte  importante, que  ya  se  viene  mencionando  a lo largo del  foro sobre  esta temática  es  la Ley del Seguro Social Obligatorio la  cual se promulga en 1966 estableciendo de manera  obligatoria la protección de los trabajadores en caso de enfermedades o accidentes de trabajo. Asimismo, en 1973 mediante decreto ejecutivo es creada la Comisión Venezolana de Normas Industriales (Covenin), instituyendo en su Comité Técnico 6 (CT6), las normas relacionada a la prevención, seguridad, higiene, protección contra incendios.

Todos los aportes  anteriormente mencionados  han servido  de  base  fundamental para  que  el 18 de junio de 1986 se promulgara la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, conocida como la LOPCYMAT, sin embargo  no  se le  dio la  importancia  que  requería. En vista  de  ello, en 1999 la  promulgación de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en su artículo 87 es  cuando  se leda rango constitucional a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. Para  que  así  el 26 de Julio de 2005, a través  de la Gaceta Oficial Nº 38.236 se decreta la “Nueva LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DEL TRABAJO”. Luego  en el 2007 en la Gaceta Oficial Nº 38.596 aparece el “REGLAMENTO PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO”.  

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