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SOLUCION DEL CASO PRACTICO UNIDAD DOS empresa COOMEVA


Enviado por   •  12 de Enero de 2018  •  Trabajos  •  941 Palabras (4 Páginas)  •  708 Visitas

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SOLUCION DEL CASO PRACTICO UNIDAD DOS

ROCIO MORALES GIRALDO

ÁNGELA LÓPEZ ALBARRACIN

Docente

CORPORACION UNIVERSITARIA ASTURIAS

DIRECCION DE EMPRESAS

CONSTITUCION Y DEMOCRACIA

CALI, VALLE DEL CAUCA

AGOSTO DE 2017

ORIENTACIONES

Para la realización de esta actividad práctica el alumno puede apoyarse en el modelo de acción de tutela propuesto en la identificación del problema de esta unidad.

El alumno tendrá plena libertad para diseñar el caso que da lugar a la vulneración de los derechos ya mencionados.

Deberán citar, además de las normas que aparecen en el modelo de acción de tutela, las normas constitucionales en las cuales se encuentra contenido los derechos ya mentados.

Bajo ninguna circunstancia podrá haber acciones de tutela repetidas, ni bajadas de internet so pena de calificarse este caso práctico en 1.

ENUNCIADO:

1.        Realizar una acción de tutela en la que se solicite el amparo del derecho fundamental a la vida.

Santiago de Cali, 30 de Agosto de 2017

Señor

JUEZ MUNICIPAL DE SANTIAGO DE CALI-REPARTO-XXXX

Ciudad

REFERENCIA: ACCION DE TUTELA

ACCIONANTE: ERNESTINA GIRALDO MUÑOZ

ACCIONANDO: COOMEVA EPS.

Ernestina Giraldo Muñoz, mujer, mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada como aparece al pie de mi correspondiente firma, acudo ante su despacho haciendo uso del mecanismo preferente y sumario de tutela, según lo establecido en el artículo 86 de la Constitución Política, contra la empresa COOMEVA, a fin de solicitar, sea aprobada exámenes especializados para detectar como se encuentra el órgano afectado; ya que se me está violando el derecho a la salud y por consiguiente el derecho a la vida

Fundamento mi petición en los siguientes

I.        HECHOS:

PRIMERO:

EL 28 de Mayo de 2017, acudí por urgencia a la clínica Materno infantil Farallones donde fui atendida por un dolor abdominal fuerte, el diagnóstico es una masa hepática que obstruye las vías biliares, por exámenes que me realizaron en ése momento, me inyectan para el dolor y me dan de alta, me remiten al internista.

SEGUNDO:

Solicito cita con el internista, la cual me la dan para el 28 de Junio de 2017, me ordena un examen especializado TAC abdominal con urgencia y medicamentos.

TERCERO

Solicito la autorización el día 29 de Junio a la EPS COOMEVA, la cual me dicen que debo recoger la orden en ocho días. Transcurrido los ocho días no me entregan la orden ya que no cuentan con contratos con las clínicas que realizan éstos exámenes.

II.        DERECHOS VULNERADOS:

Estimo violado el derecho a la SALUD en conexidad con los derechos fundamentales a la VIDA e INTEGRIDAD PERSONAL, consagrados en los artículos 1, 11, 48 y 49 de la Constitución Política de Colombia de 1991.

III.        FUNDAMENTOS DE DERECHO

Fundamento esta acción en el artículo 86 de la Constitución Nacional, en el Decreto 2591 de 1991, reglamentario de la acción de tutela y en el artículo 2º del Decreto 306 de 1992.

Señor Juez, respetuosamente actuando en nombre propio, me dirijo ante su Despacho para solicitar la protección de los derechos mencionados anteriormente. Es importante establecer que la falta de cobertura de los procedimientos que necesito me sean suministrados por la E.P.S. en este momento debido a mi patología, constituye una grave violación al derecho a la salud que constitucionalmente me asiste, y a mi calidad de vida, según ha determinado mi médico tratante sufro de una masa hepática, que si no recibe tratamiento con urgencia podría ocasionar graves deterioros en mi salud. El derecho a la salud es un derecho constitucional y un servicio público a cargo del Estado y en favor de toda la población del territorio nacional. Sin embargo, se ha señalado que se puede entender como derecho fundamental cuando busca protegerse por su conexidad con un derecho vital. Cuando acontece la negación al derecho a la salud se pone en riesgo el derecho fundamental a la vida, y a las condiciones dignas, se configura la posibilidad de reclamar por vía de acción de tutela la protección de este derecho. En conclusión, la negación por parte de COOMEVA a realizar los exámenes requeridos, por no contar con contratos con las clínicas que realizan los exámenes, es una violación evidente a mi derecho fundamental a la salud, a la cual se llega por desamparar y poner en riesgo mi calidad de vida, atentar contra mi dignidad humana, mi integridad personal y en consecuente mi vida.

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