ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Se Necesita Una Vida


Enviado por   •  16 de Julio de 2015  •  1.578 Palabras (7 Páginas)  •  866 Visitas

Página 1 de 7

Luego de investigar en la bibliografía básica de la asignatura, y demás fuentes complementarias, realice la siguiente actividad:

1-Elabore un esquema de las sociedades comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada establecidas en la Ley 479-08, destacando las características principales de cada una:

a) Concepto de sociedades comerciales.

Es aquella sociedad que tiene como objetivo la realización de uno o más actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil. Se diferencia de una sociedad civil en el hecho de que esta última no contempla en su objeto social actos mercantiles. Como toda sociedad, son entes a los que la ley reconoce personalidad jurídica propia y distinta de sus miembros, y que contando también con patrimonio propio, canalizan sus esfuerzos a la realización de una finalidad lucrativa que es común. El código civil la define como “un contrato en que dos o más personas estipulan poner algo en común con la mira de repartir entre sí los beneficios que de ello provengan“.

b) Clasificaciones de las sociedades comerciales

La Ley dominicana de sociedades reconoce los tipos societarios consagrados en el Código de Comercio, pero a su vez, introduce dos nuevos: Las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) y las Empresas Individuales de Responsabilidad limitada (EIRL). De esta manera, en República Dominicana a la fecha se reconocen y regulan seis (6) tipos de sociedades:

Sociedad simple: Es aquella en donde dos o más personas se juntan y se organizan para desarrollar actividades personales en forma conjunta, donde prevalece el trabajo.

Características:

1) Puede estar formada por profesionales de distintas áreas, abogados, contadores, economistas.

2) No pueden desarrollar ninguna actividad comercial porque no son sociedades comerciales.

3) Responden ante terceros hasta el límite de su capital social, o sea, hasta la suma del capital aportado por los socios

Sociedades en Nombre Colectivo: Se trata de una sociedad externa que realiza actividades mercantiles o civiles bajo una razón social unificada, respondiendo los socios de las deudas que no pudieran cubrirse con el capital social. Es un tipo de sociedad en la que algún socio no aporta capital, solo trabajo y se denomina socio industrial.

Sociedad colectiva: Es la que está formada por dos o más personas, en donde las condiciones personales de los asociados son fundamentales, porque todos tienen una activa participación en la sociedad y son responsables por lo que realizan los demás socios; es decir, tanto los socios administradores como los no administradores responden son sus bienes.

Características:

1) Agrupación de personas con los mismos deberes, derechos y obligaciones.

2) Se rigen por el Código Civil.

3) La administración de la sociedad puede estar a cargo de cualquiera de los socios.

Sociedades en Comandita Simple: es una sociedad de tipo personalista que se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad, y socios comanditarios que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital o comprometido con la comandita

. Sociedad en comandita simple: Es la que está formada por dos o más personas bajo una razón social. Características:

1) Existen dos categorías de socios:

1.1 De los socios colectivos, quienes responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones de la sociedad, teniendo a su cargo la administración de la sociedad.

1.2 De los socios comanditarios, quienes responden por las obligaciones de la sociedad hasta el límite de sus aportes.

2) Los aportes de los socios están representados por "cuotas", no por acciones.

3) La sociedad debe tener al menos el nombre de un socio colectivo con la frase "sociedad en comandita simple" o caso contrario, debe tener la palabra "compañía" cuando en ella no figuran los nombres de todos los socios colectivos.

Sociedades en Comandita por Acciones: Son las que se componen de uno o varios socios comanditados que tendrán la calidad de comerciantes y responderán indefinida y solidariamente de las deudas sociales, y de socios comanditarios, que tendrán la calidad de accionistas y solo soportaran las perdidas en la proporción de sus aportes.

Esta sociedad también está constituida por los dos tipos de socios al igual que la sociedad en comandita simple. Características:

1) Los aportes de los socios están representados por "acciones".

2) En las asambleas participan los socios colectivos y comanditarios.

3) La administración de la sociedad la tienen los socios colectivos.

4) El nombre de uno o de todos los socios colectivos deben figurar en la denominación social, además la de contener la sigla S.C.A. La omisión de esta indicación hará responsable ilimitada y solidariamente al administrador juntamente con la sociedad.

Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL): Es un tipo de sociedad mercantil en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no se responde con el patrimonio personal de los socios.

Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), tiene su origen en la República Dominicana con la promulgación de la Ley Nº 479-08 el 11 de diciembre del año 2008.

La finalidad de la creación de esta figura legal es doble:

Potenciar el desarrollo de nuevas iniciativas comerciales de pequeños empresarios. Poner fin a la vieja práctica nacional de las “sociedades ficticias”, que consistía en constituir una sociedad en que uno de los socios tiene un 94% y los demás socios, sólo un 1%.

.Empresas

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (10.6 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com