Sociedad En Comandita Por Acciones
sandra.riospo6 de Noviembre de 2012
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SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES
La sociedad comanditaria es una sociedad de tipo personalista que se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos o gestores, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad, y socios comanditarios que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital aportado o comprometido.
Las sociedades comanditarias se dividen en comanditarias simples y comanditarias por acciones, caracterizándose estas últimas porque la participación de los socios comanditarios está representada por acciones. Cuando sólo existan socios comanditarios, uno de ellos, al menos, responderá personalmente de las deudas sociales como socio colectivo. A las sociedades comanditarias La constitución se formaliza en escritura pública que deberá ser inscrita en el Registro Mercantil. En la escritura se expresarán los mismos datos que en el caso de las sociedades colectivas.
Las sociedades comanditarias por acciones están obligadas a auditar sus cuentas y depositarlas en el Registro Mercantil, aplicándoseles las mismas normas que a las sociedades anónimas.
Algunas características de este tipo de sociedad, son:
-En la sociedad en comandita por acciones, los socios comanditarios no son solidariamente responsables por los impuestos de la sociedad.
-El capital social en las sociedades en comandita se puede formar con los aportes de los socios comanditarios únicamente, o con los de éstos y los de los socios gestores.
- La sociedad en comandita por acciones debe tener por lo menos un socio gestor y cinco comanditarios y un máximo indeterminado.
-La administración de la sociedad se encuentra en cabeza de los socios gestores quienes podrán ejercerla directamente o delegarla en terceros.
- El capital deberá pagarse, en La sociedad en comandita por acciones, los socios deben suscribir por lo menos el 50% del capital autorizado y pagar por lo menos el33% del capital suscrito. El capital restante deberá ser pagado dentro del año siguiente a la fecha de constitución de la sociedad. Se prohíbe enunciar el capital autorizado sin mencionar el suscrito y el pagado y expresar el capital suscrito sin indicar el pagado. El plazo para cancelar la totalidad de acciones suscritas no excederá de un año a partir de suscripción.
-En la sociedad en comandita por acción el capital estará representado en títulos de igual valor, cuya emisión, colocación y negociación se sujetará a lo previsto para las sociedades anónimas.
-En los aspectos no regulados para los socios comanditarios y gestores, se aplicarán las normas de la sociedad limitada y de la colectiva respectivamente.
Las sociedades en comanditas por acciones se constituyen con las mismas solemnidades que la sociedad colectiva. No es necesario que intervengan los socios comanditarios. El número de socios se constituye con 1 o más colectivos y por lo menos 5 comanditarios. El capital estará representado en acciones de igual valor. Con relación a la razón social se agregara en todo caso la indicación abreviada “SCA” (sociedad en comandita por acciones). La administración corresponde a los socios colectivos quienes podrán ejercerla directamente o por sus delegados. Los comanditarios no podrán ejercer función de la representación de la sociedad sino como delegados de los socios colectivos para negocios determinados. Las funciones de los socios son las mismas que en la sociedad comandita simple, lo mismo que la distribución de utilidades. El tiempo de duración debe ser definido y debe fijarse en la escritura pública. La regulación para las sociedades en comandita por acciones están contenidas en los artículos: Artículos 195, 343,344,345,346,347,348,349,350,351,352,408.
Las características de la sociedad comanditaria consisten en que el capital social
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