TAREA impuesto sobre la renta
luis3714Ensayo20 de Julio de 2017
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(UAPA)
RECINTO CIBAO ORIENTAL NAGUA
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ASIGNATURA
TRIB. E IMPUESTO SOBRE LA RENTA II
TEMA
TAREA III
SUSTENTADO POR:
Yunairy Encarnación E. 15-1098
FACILITADORA
Glenny Alt. De La Cruz
María Trinidad Sánchez, Nagua, República Dominicana
25/05/17
INDICE PÁGINA
Introducción…………………………………………………………………….03
Síntesis sobre el (IPI)………………………………………………………….04
Ley 18-88………………………………………………………………………...05
Conclusión………………………………………………………………………06
Bibliografía………………………………………………………………………07
INTRODUCCION
La unidad III, se centra en el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI), que es aquel impuesto aplicable al 1% sobre los bienes inmobiliarios de una persona física.
Esta unidad se divide en dos partes: la primera un análisis reflexivo sobre este impuesto y la otra un resumen sobre la ley 18-88 que es la que rige el impuesto al patrimonio inmobiliario.
Tarea No. 3
Apreciados participantes.
Después de estudiar la Unidad III, elaborar lo siguiente:
- Una síntesis sobre el Impuesto al Patrimonio (IPI). Subirlo a la plataforma virtual.
El impuesto al patrimonio inmobiliario (IPI): es un impuesto que se paga anualmente, el cual tiene una taza de un 1%, que se le aplica al total de bienes inmobiliarios de una persona Física, teniendo en cuenta que sus bienes deben exceder el monto de $7, 019,383.00. Pesos.
Este impuesto graba todo el patrimonio de una persona, tanto como edificaciones, vivienda e industria, de los cuales solo están exentos de pagarlo aquellos bienes que sean inferiores a los $7,019.383.00 pesos, también no tendrán que pagar este impuesto aquellas personas que sean mayores de 65 años y que se logre confirmar que en la propiedad que vive es su único patrimonio.
Todo patrimonio que exceda la sumatoria total de este impuesto, deberá pagarlo anualmente, en dado caso que no realice el pago en el tiempo o fecha establecida se le aplicara sobre el valor del impuesto un 10% correspondiente a mora, así como un 4% por cada mes o fracción de mes, como también otras tarifas correspondiente a recargos.
Aporte:
Es deber de toda persona física pagar el impuesto al patrimonio inmobiliario en el tiempo que establece la ley, ya que en dado caso que no se cumpla el pago el cual se divide en 2 cuotas, con fechas establecidas, a la propiedad se le aplicaran cargos, por moras y por fracciones de mes, los cuales muchas veces si la persona hace caso omiso estos cargos pueden exceder el valor de la propiedad.
- Realice un análisis reflexivo de la Ley 18-88 sobre el IPI. Subir conclusiones a la plataforma. Tomar en cuenta el monto actual de este impuesto.
La ley 18-88 sobre el Impuesto Al Patrimonio inmobiliario nos dice lo siguiente:
Artículo I: Todas las personas Físicas, deben pagar un 1% de impuesto sobre su patrimonio, o bienes inmobiliarios en total.
Artículo 2: todo aquel que tenga una sumatoria de patrimonio inmobiliario mayor a los $7,019.383.00 incluyendo el solar de la edificación, son los responsables a pagar este impuesto.
La ley establece que este monto podrá ser ajustado anualmente debido a la inflación publicada por el Banco Central de Republica Dominicana.
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