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IMPUESTO DE RENTA


Enviado por   •  12 de Octubre de 2012  •  1.709 Palabras (7 Páginas)  •  528 Visitas

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IMPUESTO DE RENTA

Declarantes

Por el año gravable 2011, están obligados a presentar declaración sobre la renta y complementarios, por regla general todos los contribuyentes sometidos a dicho impuesto, con excepción de quienes la ley determina expresamente como no obligados.

No están obligados a presentar declaración de renta y complementarios por el año gravable 2011 los siguientes contribuyentes.

1. Las personas naturales y sucesiones ilíquidas que cumplan los siguientes requisitos:

• No ser responsable de IVA perteneciente al régimen común.

• Haber obtenido ingresos brutos durante el año 2011, inferiores a 1.400 UVT, que equivalen a $35.185.000.

• Que su patrimonio bruto a Diciembre 31 de 2011 no exceda de 4.500 UTV, que equivalen a $113.094.000.

• Que durante el año gravable de 2011, no haya realizado consumos con tarjetas de crédito superiores a 2.800 UVT, equivalentes a $70.370.000.

• Que durante el año gravable de 2011, no haya realizado compras y consumos superiores a 2.800 UVT, equivalentes a $70.370.000.

• Que durante el año gravable de 2011, no haya realizado consignaciones, depósitos o inversiones financieras por un valor total acumulado superiores a 4.500 UVT, equivalentes a $113.094.000.

2. Los asalariados, siempre y cuando cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos:

• Que los ingresos brutos hayan provenido por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria.

• Que su patrimonio bruto a Diciembre 31 de 2011 no exceda de 4.500 UTV, que equivalen a $113.094.000.

• No ser responsable de IVA perteneciente al régimen común.

• Haber obtenido ingresos brutos durante el año 2011, inferiores a 4.073 UVT, que equivalen a $102.363.000.

• Que durante el año gravable de 2011, no haya realizado consumos con tarjetas de crédito superiores a 2.800 UVT, equivalentes a $70.370.000.

• Que durante el año gravable de 2011, no haya realizado consumos con tarjetas de crédito superiores a 2.800 UVT, equivalentes a $70.370.000.

• Que durante el año gravable de 2011, no haya realizado consignaciones, depósitos o inversiones financieras por un valor total acumulado superiores a 4.500 UVT, equivalentes a $113.094.000.

3. Las personas naturales o jurídicas extranjeras, sin residencia o domicilio en el país:

• Cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos y les hubieren practicado retención en la fuente por pagos al exterior a título de del impuesto de renta de que tratan los artículos 407 a 411 del E.T.

4. La empresas de transporte aéreo o marítimo sin domicilio en el país:

• Siempre y cuando se les haya practicado retención en la fuente por concepto de impuesto de renta, salvo si dichas empresas no se encuentran sometidas a retención en la fuente en virtud de tratados internacionales sobre doble tributación.

5. Los trabajadores independientes cuyos ingresos brutos se originen en honorarios, comisiones o servicios, por lo menos en un 80% y sobre los mismos se hubiere practicado retención en la fuente y cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos:

• No ser responsable de IVA perteneciente al régimen común.

• Que los ingresos se encuentren debidamente facturados.

• Que su patrimonio bruto a Diciembre 31 de 2011 no exceda de 4.500 UTV, que equivalen a $113.094.000.

• Que durante el año gravable 2011, haya obtenido ingresos brutos inferiores a 3.300 UVT, que equivalen a $82.936.000.

• Que durante el año gravable de 2011, no haya realizado consumos con tarjetas de crédito superiores a 2.800 UVT, equivalentes a $70.370.000.

• Que durante el año gravable de 2011, no haya realizado compras y consumos superiores a 2.800 UVT, equivalentes a $70.370.000.

• Que durante el año gravable de 2011, no haya realizado consignaciones, depósitos o inversiones financieras por un valor total acumulado superiores a 4.500 UVT, equivalentes a $113.094.000.

Nota: Para todos los casos deben cumplirse todos los requisitos y no alguno o algunos de ellos.

Entidades no contribuyentes obligadas a presentar declaración de ingresos y patrimonio.

Las entidades que por disposiciones legales no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, no tienen obligaciones ni deberes formales ante la administración tributaria.

No obstante lo anterior, algunas entidades por su naturaleza, ingresos o actividad deben informar su patrimonio y sus ingresos, con fines estadísticos y de investigación tributaria, mediante la presentación de la declaración de ingresos y patrimonio.

Se encuentran obligadas a presentar declaración de ingresos y patrimonio por el año gravable 2011, todas las entidades no contribuyentes del impuesto sobre la renta, con excepción de las que se enumeran a continuación:

• La Nación, los departamentos, los municipios, el Distrito Capital de Bogotá, el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena, el Distrito Turístico de Santa Marta, los territorios indígenas y las demás entidades territoriales.

• Las juntas de acción comunal y defensa civil, los sindicatos, las asociaciones de padres de familia y juntas de copropietarios administradoras de edificios organizados en propiedad horizontal o de copropietarios de conjuntos residenciales y las personas jurídicas del régimen de propiedad horizontal.

• El fondo para la reconstrucción y desarrollo social del eje cafetero – FOREC.

• Las asociaciones de hogares comunitarios y hogares infantiles del Instituto Colombiano

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