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TITULOS DE CREDITO CHEQUE


Enviado por   •  11 de Octubre de 2012  •  6.062 Palabras (25 Páginas)  •  572 Visitas

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---LETRA DE CAMBIO—

GENERALIDADES: LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO REGLAMENTA LOS SIGUIENTES TITULOS:

Letra de cambio, pagare, cheque, obligaciones, certificaciones de participación, certificaciones de depósito, bono de prenda y obligaciones convertibles en acciones. En la ley de navegación y comercio marítimos se encuentran reglamentados en el conocimiento de embarque y cedula hipotecaria naval; en la ley general de sociedades mercantiles se reglamenta la acción de las sociedades anónimas y de las sociedades en comandita por acciones; en la ley general de las instituciones de crédito y organizaciones esta reglamentado los bonos financieros, los bonos hipotecarios y las cedulas hipotecarias, y la ley de crédito agrícola reglamenta los bonos agrícolas de caja.

La letra de cambio es lo mas importante de los títulos de crédito, ella ha dado nombre a la rama del derecho que ocupa del estudio de los títulos, o sea el derecho cambiario; en torno a ella se ha elaborado la doctrina jurídica de los títulos de crédito; alrededor de ella se ha provocado un movimiento de unificación de los principios generales de títulos, y ella es, en las diversas legislaciones, el titulo de crédito fundamental.

LA EVOLUCION EN LA EDAD MEDIA:

L a letra de cambio de la antigüedad que hemos citado; no llega a nuestros días sin solución de continuidad. La letra moderna nace en las ciudades mercantiles de la edad media italiana; se desarrolla en el gran movimiento de las cruzadas, y se extiende con el gran desarrollo comercial y marítimo de las cuencas del mediterráneo y l0os mares del norte y báltico. Aparece primero en los protocolos de los notarios, de estos escapa hacia los manos ágiles de comerciantes y banqueros, a partir del renacimiento de la institución se vuelve del uso corriente, e invade hasta la licenciatura. Cervantes la llama, en el ingenioso hidalgo don quijote de la mancha, “cedula de cambio”, “libranza”,”poliza de cambio”etcétera.

LA LETRA DE CAMBIO:

Como instrumento circulante, es indudable que las necesidades comerciales fueron imprimiendo a la letra de las modalidades nuevas tendientes a facilitar su circulación. Las necesidades y los usos comerciales son considerados por la ordenanza francesa de Luis XIV de 1673 que al introducir la modalidad del endoso, convierte la letra de los instrumentos circulantes, sustitutivo del dinero, y de gran utilidad en las transacciones comerciales.

LOS PRINCIPIOS MODERNOS:

Llega la letra, como instrumento circulante, pero vinculada al contrato de cambio trayecticio, hasta el siglo XIX de 1673 mas para el gran desarrollo de las actividades comerciales alcanzan en este siglo, eran insuficientes las viejas instituciones y las antiguas normas, el derecho cambio de acuerdo a las necesidades del siglo XIX, en la cual sostiene que la letra de cambio debe ser independiente del contrato de cambio; que es la letra “papel moneda de los comerciantes”.

***** Se distingue en las ordenanzas los tres momentos básicos que puede vivir una letra de cambio; creación, endoso, y aceptación, y se establece el concepto de autonomía de los derechos incorporados a la letra, al prohibirse “que el deudor pueda valerse de excepciones que no estén fundadas sobre la letra misma y estrictamente determinadas por los textos legales”.

EVOLUCION DEL SISTEMA ANGLO- SAJON:

Frente al derecho europeo continental, Inglaterra forma, con sus propias costumbres, un cuerpo jurídico diverso: el “common law”. Este se define con la barrera del mar; paro la letra de cambio salta de la tierra firme, y se introduce con las prácticas comerciantes en el derecho ingles.

HACIA UNA LEY UNIFORME;

“Hay ciertas instituciones jurídicas que están dentro del origen que están destinadas a servir al comercio entre los grupos sociales, su historia es internacional, y el fin de que en ellas persiguen tiende a liberarlas de barreras nacionales” Así, la letra de cambio. Ella sirve a todos los comerciantes de todas las nacionalidades, de todas las razas y de todas las lenguas, por ello que requiere una legislación internacionalmente uniforme.

El congreso jurídico de lima, de 1878, consagro 9 artículos del “tratado del comercio internacional”, a reglamentar la letra de cambio se trata, en sus disposiciones, de fijar reglas de derecho internacional sobre los problemas cambiarios.

En el congreso internacional de Amberes, de 1885, se elaboro un “proyecto de ley sobre letras de cambio, billetes al orden o al portador, cheques y otros títulos negociables”. El proyecto consta de 57 artículos, y su elaboración fue continuada en 1888 por el congreso internacional de Brúcelas, que lo mejoro en un nuevo “proyecto de la ley sobre las letras de cambio y otros títulos negociables”, que es un verdadero código cambiario, de 68 artículos.

PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE LOS SISTEMAS CAMBIARIO MEXICANO:

En un estudio excéntrico de la ley general de titulas y operaciones de crédito y la “negociable instrument law”, trataremos de establecer las principales diferencias entre los sistemas de derecho cambiaria de la republica mexicana y los estados unidos de Norteamérica . Para nuestra investigación, habrán de servirnos como importes de guías, un interesante trabajo de Tullio Ascarelli, publicado recientemente, y la obra de Bayalovitch que tanto hemos citado.

a.) la letra de cambio mexicana deberá contener. “la mención de ser letra de cambio, inserta en el texto del documento”, según el mandato del articulo 76, fracción I de la ley. En la ley norteamericana no se requiere tal requisito solamente; basta con que se exprese o deduzca claramente la intención del signatario de firmar una letra de cambio.

b.) En la ley mexicana es requisito esencial de la letra de cambio, la indicación del nombre del tomador y esta indicación no se requiere en la NIL. L a letra de cambio norteamericana.

LA CLASIFICACION DE LOS TITULOS DE CREDITO.-

1.-TITULOS NOMINADOS Y TITULOS INNOMINADOS.-

SON LOS QUE SE ENCUENTRAN NOMINADOS O INNOMINADOS.

-SON TITULOS NOMINADOS

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