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ASPECTOS JURÍDICOS Y ÉTICOS QUE REGULAN EL EJERCICIO DEL PERITO EN PSICOLOGÍA FORENSE


Enviado por   •  31 de Octubre de 2019  •  Síntesis  •  15.400 Palabras (62 Páginas)  •  162 Visitas

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Diplomado de Psicología Forense

TEMA 10

ASPECTOS JURÍDICOS Y ÉTICOS

QUE REGULAN EL EJERCICIO DEL

PERITO EN PSICOLOGÍA FORENSE

Ps Angela Cristina Tapias Saldaña

Esp. Mediación y peritaje psicológico

Master Psicología Forense

ASPECTOS JURÍDICOS Y ÉTICOS QUE REGULAN EL EJERCICIO DEL PERITO EN PSICOLOGÍA FORENSE

Cualquier área de intervención de la psicología plantea dilemas éticos, en ocasiones complejos y difíciles de sortear, más aun la psicología forense, cuyas apreciaciones se convierten en informes que llevaran a tomar, en muchos casos, decisiones legales importes que pueden comprometer la vida y el futuro de un ser humano. Es por esto que es de vital importancia conocer los aspectos morales y éticos implícitos en un peritaje psicológico, en el marco de la psicología forense.

ASPECTOS LEGALES

Desde el punto de vista legal, el peritaje psicológico se encuentra enmarcado dentro de los medios de prueba en los códigos de procedimiento penal, civil y laboral principalmente.

Cabe mencionar que un peritaje psicológico puede ser realizado por cualquier psicólogo que tenga experiencia y conocimiento en determinada área, es decir el psicólogo educativo puede ser llamado como perito en casos para los cuales esta preparado, lo mismo un psicólogo organizacional o un clínico en todo caso resulta esencial que conozca las consecuencias judiciales de su concepto profesional.

Sin embargo, el peritaje psicológico forense es muy específico y se relaciona con determinadas áreas, por lo tanto un psicólogo no especializado en este campo no debería realizar una evaluación que se relacione con los siguientes temas: memoria, identificación interracial, impacto de la ansiedad, atención centrada en el arma, diferencias individuales en cuanto a las capacidades del testigo, sobreestimación de la capacidad del testigo, credibilidad del testimonio, percepción, peligrosidad, entre otros. Esto es importantísimo al momento de tomar una decisión sobre que perito elegir, y una información precisa para el psicólogo para que su actuación sea profesional y ética.

No óbstate, la mayoría de peritajes (psicológicos, médicos, antropológicos, etc) requieren de los mismos procedimientos y se regulan bajo las mismas leyes. A continuación se enumeraran las principales reglas en cualquier peritaje, recordando que en este módulo se esta haciendo referencia específica al psicólogo forense.

  1. En primer lugar, vale la pena resaltar que existen principalmente 2 tipos de juicios, uno oral y otro escrito, y que en algunos países la justicia es pública, lo que implica que el gobierno asume los costos del proceso, y otros como el sistema acusatorio donde el que esta interesado en aportar una prueba es el que debe pagar su costo. De ahí que existan peritos oficiales y peritos privados,

  1. Dependiendo del sistema penal y de las regulaciones de cada país el peritaje como ya se ha visto puede ser solicitado por una autoridad judicial o por las partes interesadas, en este último caso son ellos los encargados de asumir el costo del mismo, en el otro caso lo asume el Estado. En resumen, esto implica que en ocasiones la designación de este se haga por parte del estado, es decir que se hace un nombramiento judicial, mediante oficio expedido por un juez o un fiscal, o bien puede ser una elección de parte.
  1. En la mayoría de países los jueces, abogados, fiscales y en general aquellos encargados de administrar justicia cuentan con una lista de peritos, la cual se renueva periódicamente, y es el Estado quien determina los honorarios de los mismos. Si el perito no es privado, esta obligado a aceptar el caso que se le encargue, previamente notificado mediante oficio por el juez o la autoridad competente. Solo puede negarse si tiene una excusa valida aceptada por el juez (como en casos en que el perito sea familiar del evaluado o le adeude dinero), si el juez no acepta la excusa y aun así el perito se rehusa puede aplicársele una sanción, según lo determine la ley.

Sin embargo en países como España, se solicitan peritos psicólogos a saber:

  • A los psicólogos en plantilla del Ministerio de Justicia, adscritos a las Clínicas Médico- forenses o a los Juzgados de Familia.
  • A los que trabajan en Instituciones Penitenciarias,
  • Alos Centros Públicos (Centros de Salud Mental, unidades psiquiátricas, etc.)
  • A los psicólogos disponibles en los "Turnos de Oficio" creados por el Colegio Oficial de Psicólogos para requerimiento de la Justicia.
  • A los psicólogos que trabajan desde el ámbito privado. (Torres, 2002)

  1. Todo peritaje solicitado judicialmente se hace por escrito, y la aceptación del cargo también debe hacerse de la misma forma. Esta como señala Torres (2002), envuelve cuatro aspectos fundamentales: la aceptación o contestación escrita, un juramento donde el perito promete realizar fielmente el cargo, una citación donde se pone un tope máximo para la terminación y entrega del peritaje, y finalmente una ratificación donde se llama al perito a confirmar y sustentar verbalmente lo escrito en el informe.
  2. El juez o un tribunal determinan el número de peritos que deberán participar en cada evaluación,
    dependiendo del caso puede solicitarse uno o mas.
  1. No deben ser peritos en un caso quienes tengan parentesco de dentro del cuarto grado de consanguinidad o dentro del segundo de afinidad; tampoco si existe una relación amistosa con cualquiera de las partes del proceso, o si en el pasado se ha tenido algún conflicto con cualquiera de las partes. Esto se conoce como impedimentos o recusaciones, y opera en todos los países latinoamericanos, plasmado en el código de procedimiento civil, penal y laboral.
  1. El perito debe ser una persona imparcial y objetiva.
  1. El juez podrá hacer a los peritos, cuando produzcan de palabra sus conclusiones, las preguntas que estimare pertinentes; o pedirles, cuando las produzcan por escrito, las aclaraciones necesarias.

Las contestaciones o aclaraciones de los peritos se considerarán como parte de su informe.

  1. El juez puede rechazar un peritaje si considera que dicha prueba no conduce a establecer la verdad sobre
    los hechos materia del proceso, las que hayan sido obtenidas en forma ilegal, las que estén legalmente
    prohibidas o ineficaces, las que versen sobre hechos notoriamente impertinentes y las manifiestamente
    superfluas.

  1. El informe pericial puede solicitarse oral (en el caso de que el sistema imperante sea el Juicio Oral), o escrito. Cada peritaje tendrá un tiempo para su realización y en la mayoría de casos solo se podrá solicitar por una vez la prorroga del tiempo estipulado.
  1. El perito debe brindar información que pueda ser corroborada científica y/o estadísticamente (información veraz), quien falte a la verdad puede incurrir en el delito de falsedad.

En países como España y Estados Unidos se deben cumplir 4 requisitos para que un perito pueda actuar en un Juicio, bien sea oral o escrito:

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