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Convenio Juvenil


Enviado por   •  1 de Abril de 2014  •  4.697 Palabras (19 Páginas)  •  239 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Las empresas o entidades cuyos trabajadores se encuentren sujetos al régimen laboral de la actividad privada podrán otorgar formación laboral juvenil mediante la celebración de convenios con los jóvenes a que se refiere el artículo anterior

Un contrato de aprendizaje es una modalidad contemplada dentro del derecho laboral diferente al contrato de trabajo por medio del cual un alumno recibe formación en una institución educativa gracias al patrocinio de una empresa. El apoyo económico se puede otorgar durante la etapa lectiva, en la etapa práctica o en la dos.

El patrocinio se puede definir como un apoyo de sostenimiento que brindan las organizaciones a los aprendices del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), de las instituciones de formación para el trabajo, las entidades de formación tecnológica y en general a los estudiantes de las universidades que contemplan dentro de su pensum las prácticas profesionales.

CONVENIOS DE FORMACIÓN

LABORAL JUVENIL

Según el decreto supremo n° 002-97-tr. Del texto único ordenado del decreto legislativo n° 728 ley de formación y promoción laboral los convenios de formación laboral juvenil tiene por objeto proporcionar conocimientos teóricos y prácticos en el trabajo a jóvenes entre 16 y 21 años de edad cumplidos (en ningún caso la vigencia del convenio podrá exceder de dicho límite de edad), que no han culminado sus estudios o que habiéndolo hecho no siguen estudios técnicos o superiores.

A cambio de la labor realizada se otorgará al joven en formación una subvención económica mensual, que no podrá ser menor a la Remuneración Mínima Vital cuando se cumpla el horario habitual establecido en la empresa.

La formación laboral juvenil deberá impartirse preferentemente en el propio centro de trabajo o en escuelas talleres implementados en las empresas, para los jóvenes que estén cursando sus estudios escolares, con la cooperación y apoyo técnico del Ministerio de Trabajo y Promoción Social y los centros educativos que así lo dispongan.

Formalidad

Es necesario que se celebre un Convenio por escrito con el joven que se acoge a la formación, el mismo que contendrá:

1. El nombre o razón social de la persona natural o jurídica que patrocine la formación laboral.

2. El nombre, edad y datos personales del joven que se acoge a la formación y el de su representante legal en el caso de los menores de edad.

3. La ocupación materia de la formación específica.

4. La subvención económica mensual.

5. Las causales de modificación, suspensión y terminación del convenio.

Dicho convenio debe ser puesto en conocimiento de la Autoridad Administradora de Trabajo, quien se encuentra facultada a efectuar la inspección correspondiente, con el objeto de vigilar el cumplimiento de las obligaciones del empresario.

Plazo

La duración máxima del convenio es de dieciocho meses. En todo caso, los convenios intermitentes y/o sus prórrogas no podrán exceder en su conjunto, del plazo máximo (dieciocho meses).

Límite a la celebración de convenios

El límite de jóvenes en formación laboral en una empresa es de 15% como máximo, incluyendo el personal estable y el contratado bajo cualquier modalidad. En el caso de empresas de hasta diez trabajadores, el límite es de dos trabajadores en formación.

Obligaciones de la empresa

La empresa al celebrar un convenio de formación laboral asume las siguientes obligaciones:

a. Proporcionar la dirección técnica y los medios necesarios para la formación laboral. Debe designar un Instructor o un Supervisor, según el caso, quien tendrá a su cargo a uno o más participantes, a quienes otorgará la orientación correspondiente, verificando el desarrollo de su formación, de acuerdo con la programación que al efecto establezca la empresa.

b. Pagar puntualmente la subvención económica mensual.

c. No cobrar suma alguna por la formación.

d. Contratar un seguro que cubra los riesgos de enfermedad y accidentes y asumir directamente el cobro de los mismos.

e. Otorgar el respectivo Certificado de Capacidad Laboral (sin embargo, el joven sólo podrá obtener la habilitación técnica, una vez que cumpla los requisitos que fije el Ministerio de Educación).

Obligaciones del joven en formación

El joven que se encuentre recibiendo capacitación laboral está obligado a:

a. Cumplir diligentemente con las obligaciones convenidas.

b. Observar las normas y reglamentos que rijan en la empresa

MODELO DE UN CONVENIO DE FORMACIÓN

LABORAL JUVENIL

Conste por el presente documento el Convenio de Formación Laboral Juvenil que al amparo del artículo 7 y sgtes. de la Ley de Formación y Promoción Laboral (D.S.002-97-TR) y de lo dispuesto en el artículo 1 y sgtes. del Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo (D.S. Nº001-96-TR) celebran, de una parte… … … … … …..con R.U.C. N°… … … … … … ., y domicilio legal en… … … … … … … … ., a la que en adelante se denominará LA EMPRESA, debidamente representada por su… … … … … .. Sr.… … … … … … .,identificado con documento de identidad N° … … … … … , y de la otra parte el señor ..................................,al que en lo sucesivo se designará como EL PARTICIPANTE, identificado con documento de identidad N°..................., con domicilio en ........................................; bajo los términos y condiciones siguientes:

ANTECEDENTES:

PRIMERA: LA EMPRESA es una persona jurídica… … … … … … … … .., cuya actividad principal es… … … … … … … … … … … … .. Como parte de sus actividades de promoción de empleo LA EMPRESA cuenta con un programa de Formación Laboral Juvenil para la capacitación de personal calificado.

SEGUNDA: EL PARTICIPANTE

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