ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

De muros visibles e invisibles.


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2017  •  Ensayos  •  2.386 Palabras (10 Páginas)  •  175 Visitas

Página 1 de 10

De muros visibles e invisibles.

El presente trabajo tiene como fin analizar hechos de la actualidad a la luz de los conceptos tratados en lo que va de la materia Psicología Jurídica. Resulta de gran importancia llevar a cabo esta tarea ya que permite llevar a lo concreto aquello que se encuentra en la teoría y que compone parte del campo de trabajo en el que nos podemos desempeñar como futuros Psicólogos.

En función de este trabajo, se extrajeron dos noticias de dos medios de comunicación distintos, Pagina 12 y La Nación, en las cuales se hace referencia a las dos instituciones totales y cerradas por excelencia: el manicomio y la cárcel.

Se entiende por institución total de carácter cerrado a toda institución que se encuentra aislada de la sociedad, para ser más precisos, a toda institución que aísla de la sociedad a quienes la habitan; ya que como se verá más adelante la institución cerrada sirve como instrumento para el control social y es por eso que se ubica al servicio del cumplimiento del orden social. El carácter total remite a que en ella deben converger muchas de las instituciones de las que se encuentra aislada: educación, trabajo, salud, etc (Varela,2005)

Los sujetos que habitan dichas instituciones son aquellos que atentan contra las normas sociales en vigencia, son los desviados de la misma. De allí que los locos y los delincuentes sean los paradigmas de estas instituciones, estos rasgos identificaban el sector de la sociedad que debía ser eliminado u ocultado. Por esta razón, explica Basaglia(1987), es que en un principio no había diferenciación entre manicomio y cárcel, solo conformaban el grupo que se caracterizaba por la “anormalidad”. Será por intermedio de la ciencia, continua Basaglia, que se separa la locura de la delincuencia, conformándose el manicomio y la cárcel, ambas instituciones que lejos de lograr un funcionamiento por separado, continúan perpetuando el aislamiento y la protección de la sociedad de aquellos sujetos que resulten “peligrosos”.

Tomando a la cárcel, en su devenir histórico se le atribuyen tres funciones : aislar a los sujetos “peligrosos”; controlar a los sujetos que se consideran proclives a la delincuencia dándoles lugar como guardianes, y por último,  tienen un efecto ejemplificador para la sociedad, sobre el resultado que obtienen aquellos que infringen la ley. (Varela, 2009).En este ultimo sentido es donde se evidencia la función que ejerce como control social, marcando aquello que se encuentra al margen de los parámetros que entienden a la normalidad.(Varela,2010)

En la actualidad, se agrega una nueva función, la de resocialización de los sujetos. Se entiende a la socialización como el proceso por el cual el sujeto se apropia del orden social, es decir de las normas socialmente compartidas que diferencian aquello que se debe y puede hacer, de lo que no. Esta socialización se da por diversos medios como la escuela, la familia, la religión, etc.(Varela,2010) Cuando este proceso falla es donde se produce la posibilidad de que el sujeto delinca y de esta manera sea protagonista de un proceso de índole penal.

La función de re-socialización es llevado a cabo en las cárceles por varios actores, entre ellos los psicólogos. De esta manera se constituye el ámbito penitenciario como un ámbito de inserción de la Psicología Jurídica, junto con el tribunalicio, minoril, hospitalario, policial y el pseudoambito de la drogadependencia.

En lo que respecta al ámbito penitenciario el psicólogo puede cumplir dos roles: el rol de asistencia que lleva a cabo el tratamiento del sujeto a lo largo de la condena y que está regulado por la Ley Penitenciaria Nacional nº 24.660 ; por otro lado el psicólogo puede ser parte del equipo clínico- criminológico, que tiene a cargo la evaluación del sujeto para determinar el diagnostico y supervisión del tratamiento. Estas evaluaciones son presentadas en forma de informe al juez quien puede tomarlas en consideración o no a la hora de dictaminar las acciones a seguir con el sujeto. En referencia a esto se debe tener en cuenta la Progresividad del Régimen Penitenciario.(Varela,2010)

Tomando en cuenta el primer artículo seleccionado, el mismo trata sobre un joven que había estado preso por robo y fue liberado bajo el rotulo de libertad condicional, esto desestimando las sugerencias del equipo clínico-criminológico, que “desaconsejaba su liberación porque "no evidenciaba una adaptación a las normas". Un mes después de su liberación, se lo acusa de haber cometido el crimen de una mujer en Lomas de Zamora.

En este punto se debe aclarar que los requisitos para acceder a la libertad condicional son fundamentalmente el cumplimiento de los dos tercios de la condena, por otro lado no es dada a reincidentes e incluye la prohibición de cometer nuevos delitos.(Varela,2010)

A partir de este hecho se pueden pensar varios puntos. En principio, la razón por la cual se lleva a cabo el proceso de reinserción, uno de los motivos se desprende de pensar al sujeto en relación a su contexto socio-histórico-cultural y económico. Es necesario comprender que el hecho delictivo es un hecho, un fenómeno que puede darse o no y que en caso de ser efectuado debe ser abarcado en su contexto (Basaglia,1987), con esto se quiere decir que no hay delincuentes predeterminados biológicamente. Este punto de vista permite la posibilidad de cambio, la posibilidad de re-socialización cuando es llevada a cabo de manera satisfactoria. De lo contrario se concebiría la cárcel como un simple reservorio de aquello que no sirve a la sociedad, sino que molesta. Lamentablemente, en la actualidad y probablemente a causa de la situación de inseguridad reinante, se puede percibir algo de este pensamiento en los ciudadanos, estos prefieren no saber que sucede en las cárceles, prefieren que aquellos que delinquen queden encerrados; tienen miedo de aquellos que delinquen, de los que delinquieron y de aquellos que podrían hacerlo. El prejuicio por la fisonomía, las formas de vestir, de hablar, al modo de la clasificación de Lombroso, encuentran su lugar en el quehacer cotidiano. La pregunta es entonces, si el proceso de resocialización debe simplemente limitarse al sujeto o debería realizarse una resocialización a nivel social. ¿Como un sujeto puede incorporarse a la sociedad y sentirse parte de ella, cuando esta no lo recibe, sino lo sigue excluyendo esta vez sin muros de por medio? .Hechos como el señalado generan una alarma social, la sociedad comienza a preguntarse qué tan bien funciona el sistema jurídico y punitivo. El orden social se ve sacudido, ¿Cómo la sociedad puede confiar en una justicia que libera personas que reinciden y que realmente rompen el tejido social? Se forma así, un circulo sin salida: una persona delinque y reincide, se genera alarma social, la sociedad desconfía del sistema jurídico, deja de importar si el sujeto se re-socializo o no, esto refuerza el estigma con el que sale el sujeto de la cárcel, dándose un doble etiquetamiento y siendo nuevamente marginado. Se puede pensar entonces, ¿Que otra opción le queda al sujeto nuevamente marginado que permanecer en este estado de marginalidad tanto social como legal? Sera tiempo entonces de preguntarse nuevamente cual es el lugar del psicólogo en este proceso de re-socialización. Sera punto de interrogación también, ¿qué función están cumpliendo las cárceles hoy por hoy?; ¿Es realmente necesario la presencia de estas instituciones? A estas preguntas Varela (2005) responde proponiendo una implementación de nuevas instituciones que no sean de carácter cerrado y que eviten el aislamiento social y su consecuente estigmatización.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (15 Kb)   pdf (104 Kb)   docx (16.8 Kb)  
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com