Etica Profesional Del Contador
francy_ladino14 de Agosto de 2013
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Para realizar una comparación entre el Código de Ética para Profesionales de la Contaduría promulgado por la Federación Internacional de Contadores IFAC y la Ley 43 de 1990 que regula el ejercicio de la profesión de los Contadores en Colombia, veo necesario iniciar con una breve explicación de diferentes términos que sin lugar a dudas serán empleados a lo largo de este trabajo.
Daré con mis palabras una definición de lo que es para mí La Ética, la Moral, la palabra Código, entre otras.
LA ÉTICA es la capacidad que tenemos de diferenciar lo bueno de lo malo, lo que es permitido y lo que no ante la toma de una decisión o la realización de una acción.
LA MORAL, por el contrario, aunque está estrechamente ligada con la Ética, son el conjunto de creencias y normas tanto de conducta como de convivencia que dirige el comportamiento del ser humano.
El término CÓDIGO visto desde un punto de vista del Derecho es el conjunto de normas que regulan y direccionan una materia o una actividad determinada.
Por lo tanto cuando hablamos del CÓDIGO DE ÉTICA nos referimos a la fijación de normas del comportamiento de las personas en una organización o empresa.
Como estamos hablando del Código de Ética de los Contadores, continúo con las siguientes definiciones tomadas de la IFAC:
El CONTADOR PÚBLICO es el profesional capaz de adecuar teorías, modelos y métodos de información económica ajustados a la realidad de las organizaciones nacionales para definir con base en las características de sus problemas en el contexto sociopolítico y económico en que actúa. Así mismo, tendrá aptitud para comprender los mecanismos y los procesos sociales, económicos, culturales y políticos que hacen al funcionamiento interno de una organización y a sus relaciones con el medio. Su formación le permite cumplir las actividades de planeamiento, organización, conducción y control de organismos de cualquier naturaleza, tanto público como privado.
CONTADOR PROFESIONAL. De acuerdo con el Código de Ética de la IFAC, son los profesionales que se encuentran en ejercicio profesional, en el sector público o educación, industrial y comercial. Es el contador que realiza actividades inherentes a su profesión, sin pertenecer a una firma de auditoría o sin utilizar su firma para otorgar fe pública. Esta categoría se realiza expresamente en Estados Unidos. Aquí en Colombia el profesional de la contaduría es Contador Público con el título, donde otorga siempre fe pública con su firma.
CONTADOR PROFESIONAL EN EJERCICIO PROFESIONAL PÚBLICO. Es un contador en ejercicio profesional que provee servicios profesionales a un cliente, independiente de su clasificación funcional. Se usa el término también para referirse a una firma de contadores profesionales en ejercicio profesional público. Esta definición del Código de Ética de la IFAC muestra cómo para ellos (los miembros del comité en Estados Unidos) quien otorga fe pública es un “contador profesional en ejercicio profesional público”; es decir, con su firma otorga fe pública.
PROFESIÓN LIBERAL. Aquella actividad personal en la que impera el aporte intelectual, el conocimiento y la técnica. Tienen una característica muy particular como lo es la remuneración de quienes las ejercen, ya que teniendo en cuenta que no están subordinados, su remuneración no es salario en los términos del código sustantivo del trabajo sino que su remuneración se realiza mediante el pago de honorarios
Una vez explicados algunos términos doy inicio a la comparación entre el Código de Ética de Contadores dictado por un organismo internacional y la Ley 43 de 1990 para los Contadores Colombianos.
En general, si hablamos de un Código de Ética Internacional lo entendemos como aquel que procura unificar normas de conducta y comportamiento para los integrantes de una organización específica a nivel mundial. Pero si hablamos de un Código de Ética Internacional para Contadores Públicos, este nos propondrá un código de ética universal que rige la profesión de los Contadores Públicos.
Uno de los objetivos de la Federación Internacional de Contadores es “el desarrollo y fortalecimiento de la profesión contable a nivel mundial con normas armonizadas que sean capaces de proporcionar servicios de alta calidad a favor del interés público”. Este código de ética establece parámetros de conducta que deben ser seguidos por los profesionales de esta área.
La profesión del contador es una profesión liberal que busca satisfacer las necesidades de la sociedad y de las empresas a través de:
* medición
* evaluación
* ordenamiento
* análisis
* interpretación de la información financiera de las empresas,
Todas estas necesidades exigen que sus profesionales cuenten con una ética profesional definida y sólida pues estos están facultados para dar fe pública y la confianza pública está depositada en ellos.
Mientras la Ley 43 de 1990 es quien reglamenta la profesión del contador público en Colombia, el Código de Ética de la IFAC, es el organismo que recomienda las normas practicadas para la profesión de contador público a escala mundial. Y aunque la Ley está en concordancia con el Código y es él quien busca globalizar y servir como modelo para el ejercicio de la profesión hay disposiciones que no son aplicables a nuestro país actualmente. Sin embargo, los dos buscan que el contador público trabaje con los estándares más altos de profesionalismo, exigiéndose niveles más altos de desempeño.
El Código hace un mayor énfasis en cuatro necesidades convirtiéndose en objetivos primordiales del profesional y son: la credibilidad, el profesionalismo, la calidad de los servicios y la confianza. Luego plantea los principios fundamentales resumiéndolos en:
* integridad,
* objetividad,
* competencia y diligencia profesional
* comportamiento profesional
* confidencialidad
Mientras el código establece cinco principios, la Ley 43 de 1990 propone diez entre los que están: integridad, objetividad, independencia, responsabilidad, confidencialidad, observaciones de las disposiciones normativas, competencia y actualización profesional, difusión y colaboración, respeto entre colegas y conducta ética.
La definición de estos principios por parte de la IFAC se hizo teniendo en cuenta las diferencias nacionales de cultura, lenguaje, y se expresa de manera amplia para adaptarse a cualquier sistema legal y social.
El Código está divido en tres partes:
a) aplica a todos los contadores profesionales a menos que se especifique de otra manera, b) aplica solamente a aquellos contadores profesionales en ejercicio profesional público,
c) aplica a los contadores profesionales empleados y también puede aplicar, en las circunstancias apropiadas, a los contadores profesionales en ejercicio profesional público que se encuentren empleados”
Dentro de las similitudes encontramos que la Ley 43 de 1990 está basada en el código de ética de la IFAC, por lo tanto también busca la calidad de la profesión contable. El objetivo primordial de estos códigos es orientar al profesional por medio de esquemas y pautas dirigidas a la satisfacción de los requerimientos y necesidades de los usuarios de la información, con profesionalismo y credibilidad, permitiendo desarrollar su trabajo con objetividad, rectitud y honradez, estando a la vanguardia con los avances tecnológicos y científicos para ser competitivos.
Por medio de esta clasificación se van explicando los principios fundamentales que en la Ley 43/90 se aplican al total de los profesionales de la contaduría; mientras que en el Código se presenta bajo tres partes, lo cual obedece a la globalización que se pretende otorgar con la norma; aplicándose a los contadores profesionales, a los contadores profesionales en ejercicio profesional público y las normas que se aplican a los contadores profesionales empleados.
LEY 43/90 CÓDIGO DE ÉTICA IFAC
1. Integridad PARTE A
2. Objetividad 1. Integridad y objetividad.
3. Independencia 2. Solución de conflictos éticos
4. Responsabilidad 3. Competencia profesional
5. Confidencialidad 4. Confidencialidad
6. Observaciones de las disposiciones 5. Ejercicio profesional tributario.
7. Competencia y actualización profesional 6. Actividades más allá de las fronteras.
8. Difusión y colaboración 7. Publicidad
9. Respeto entre colegas PARTE B
10. Conducta ética. 8. Independencia para los contratos
de aseguramiento
9. Competencia profesional y respon- sabilidades relacionadas con el uso de
no contadores.
10. Honorarios y comisiones.
11. Actividades incompatibles con el ejercicio profesional de la profesión contable.
12. Dineros de los clientes.
13. Relaciones con otros contadores profesionales en ejercicio profesional
público.
14. Publicidad y oferta de servicios.
PARTE C
15. Conflicto de lealtades.
16. Apoyo a colegas profesionales.
17. Competencia profesional.
18. Presentación de información.
El tema se abordará tomando como base los principios enumerados en el Código de Ética de la IFAC, ya que como se observa en el cuadro anterior, son los más numerosos y con base en ellos se comparan
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