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Fuentes de los constituyentes norteamericanos


Enviado por   •  5 de Mayo de 2015  •  Trabajos  •  2.361 Palabras (10 Páginas)  •  187 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Presidencialismo es el sistema de organización política en que el presidente de la república es también jefe del poder ejecutivo, es unipersonal, aunque se auxilia de organismos para cumplir sus diversas funciones, tanto en la administración pública como en la gobernabilidad. Se otorga preponderancia de forma constitucional al poder ejecutivo, en detrimento de la división de poderes y autonomía de los órganos de gobierno, que debe imperar en México. Un ejecutivo fuerte no es en sí antidemocrático, siempre y cuando esté controlado, esté subordinado al sufragio universal y sus actos estén enmarcados dentro de la Ley Fundamental.

En los Estados Unidos Mexicanos, el gran problema del sistema presidencial, ha consistido en que el presidente debe contar aptitud y actitud política y administrativa para gobernar un país en vías de desarrollo, y por la otra, en que han de serle señaladas limitaciones para que no caiga en la arbitrariedad y se respeten las libertades de los individuos.

El presente documento busca conocer los antecedentes y características del presidencialismo en México; sirviendo como guía en el desarrollo del presente ensayo la presentes interrogantes: ¿Qué es el presidencialismo?, ¿Cuáles son los elementos constitutivos?,¿Cuáles han sido las etapas más importantes? y ¿Es operante el presidencialismo en México?.

En este trabajo serán tratados los argumentos teóricos del presidencialismo, las facultades constitucionales y metaconstitucionales del presidente de la república mexicana. A efecto de dar a conocer la necesidad de limitar las facultades del poder ejecutivo, debido a la complejidad del sistema político-administrativo del Estado. Se necesita un rediseño institucional, son urgentes una serie de reformas a la Ley Fundamental que conlleven un tipo ideal de sociedad y una planificación que no permanezca en la mera forma legal.

DESARROLLO

Antecedentes

El sistema presidencial de gobierno fue creado por los inmigrantes ingleses que llegaron a la costa este de los Estados Unidos huyendo de los excesos de la corona. Cuando declararon su independencia y redactaron su constitución, el objetivo fue evitar tanto el despotismo legislativo como el absolutismo del Ejecutivo. "El primer sistema presidencial que existió lo encontramos en la constitución norteamericana de 1787. Esa ley fundamental configuró un nuevo tipo de relaciones entre los poderes ejecutivo y legislativo, que dio por resultado el régimen presidencial; por esta razón, se ha considerado que la Constitución Norteamericana estructura el sistema presidencial clásico, puro o por antonomasia".

"A mediados del siglo XIX, Walter Bagehot utilizó en The English Constitutión el término régimen presidencial para designar el sistema de gobierno de los Estados Unidos en oposición a lo que denominaba gobierno de gabinete, propio del sistema británico".

Fuentes de los constituyentes norteamericanos

a) "El derecho público inglés, ya que en parte trataron de imitar, aunque deformándolo, el sistema monárquico de Inglaterra, pero en lugar de un jefe de Estado hereditario, querían uno de elección popular, con funciones limitadas en el tiempo.

b) La Constitución de Nueva York de 1777 y en menor medida la de Massachussets de 1780, que configuraron ejecutivos independientes con los rasgos principales que después estructuraron la presidencia norteamericana. A su vez, descartaron los modelos de las Constituciones de Carolina del Norte y Rhode Island donde existían legislativos sin mayores frenos.

c) Las obras de Locke, Montesquie y Blackstone, en las cuales el poder ejecutivo no está delineado en términos de suspicacia o aversión".

Podemos decir que el presidencialismo se fue conformando a través del tiempo, como un régimen político espontáneo, que fue necesario y dio resultados en un tiempo y espacio determinados; sin embargo, las necesidades del pueblo van cambiando, asimismo, las formas de gobierno tienen que evolucionar.

El artículo 89 de la Constitución Federal de la República, establece las facultades y obligaciones del presidente, siendo las siguientes:

1. "Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia;

2. Nombrar y remover libremente a los secretarios del despacho, remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes;

3. Nombrar los ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del Senado;

4. Nombrar, con aprobación del Senado, los coroneles y demás oficiales superiores del Ejercito, Armada y Fuerza Aérea nacionales y los empleados superiores de Hacienda;

5. Nombrar los demás oficiales del Ejercito, Armada y Fuerza Aérea nacionales con arregla a las leyes;

6. Disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente, o sea del Ejército terrestre, de la Marina de Guerra y de la Fuerza Aérea, para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación;

7. Disponer de la Guardia Nacional para los mismos objetos, en los términos que previene la fracción IV del artículo 76;

8. Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión;

9. Designar, con ratificación del Senado, al Procurador General de la República;

10. Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;

11. Convocar al Congreso a sesiones extraordinarias, cuando lo acuerde la Comisión Permanente;

12. Facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones;

13. Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas

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