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La Dignidad Humana

Yadayo12 de Septiembre de 2012

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El reconocimiento del valor de las personas: la dignidad humana

Resumen

El fundamento y contenido de la “dignidad humana” y la gran variedad de posiciones manejadas. Parece ser el problema principal que aqueja este problema es la falta de consenso sobre el concepto de “persona” y el peso de la herencia racionalista occidental.

La meta no es presentar una revisión completa de las posiciones actuales, sino más bien demostrar que tienden a excluir a los más débiles: a los recién nacidos, los severamente discapacitados y los ancianos con enfermedades mentales. La segunda sección es de carácter antropológico y propone una antropología interrelacional, incluyente e igualitaria, fundada en una fórmula ontológica. Sobre la base de la fórmula ontológica, la dignidad de la persona es definida como un don de otros, que capacita a estos otros para recibir ese mismo don. La explicación resulta en una autoevidencia ética derivada del dar y recibir relacional que constituye la dignidad. La tercera sección examina los argumentos teológicos aducidos a favor de la dignidad de la persona. Cuestiona el recurso tradicional a una teología de la “imagen de Dios” y su argumentación paralela de la persona “salvada por Cristo”. En su lugar intenta contestar a la pregunta central de qué contribuye la fe a la comprensión y la práctica del don de dignidad.

La primera parte

Gravedad y decoro de las personas en la manera de comportarse». Es decir, nuestra lengua asimila la dignidad humana a la acción personal y al comportamiento práxico, así como al rol social que se ocupa. Por eso también significa «cargo o empleo honorífico y de autoridad». Pero, ¿podremos acaso afirmar que unas personas son más dignas ónticamente que otras? En el origen etimológico del hombre como persona se aplicó este concepto a aquel por ser un ser digno. No es que el hombre sea digno por el hecho de ser persona, sino que se aplicó este término al hombre en tanto que era un concepto que expresaba su dignidad. Parece que la expresión dignidad humana apareció por vez primera en la pluma de san Agustín1. Y santo Tomás vincula la voz persona con la dignidad, cuando escribe: «Pues, porque en las comedias y tragedias se representaba a personajes famosos, se impuso el nombre de persona para indicar a alguien con dignidad», es decir, en tanto que representaban a esos personajes ilustres y famosos2. San Buenaventura sostuvo que «la persona es la expresión de la dignidad y la nobleza de la naturaleza racional. Y tal nobleza no es una cosa accidental que le fuera sobreañadida a esta naturaleza, sino que pertenece a su esencia.

Todo ser humano tiene dignidad y valor inherentes, solo por su condición básica de ser humano. (Vidal Bota 2008). El valor de los seres humanos difiere del que poseen los objetos que usamos. Las cosas tienen un valor de intercambio. Son reemplazables. Los seres humanos, en cambio, tienen valor ilimitado puesto que, como sujetos dotados de identidad y capaces de elegir, son únicos e irreemplazables. El respeto al que se refiere este principio no es la misma cosa que se significa cuando uno dice “Ciertamente yo respeto a esta persona”, o “Tienes que hacerte merecedor de mi respeto”. Estas son formas especiales de respeto, similares a la admiración. El principio de respeto supone un respeto general que se debe a todas las personas. Dado que los seres humanos son libres, en el sentido de que son capaces de efectuar elecciones, deben ser tratados como fines, y no únicamente como meros medios. En otras palabras: los hombres no deben ser utilizados y tratados como objetos. Las cosas pueden manipularse y usarse, pero la capacidad de elegir propia de un ser humano debe ser respetada. Un criterio fácil que puede usarse para determinar si uno está tratando a alguien con respeto consiste en considerar si la acción que va a realizar es reversible. Es decir: ¿querrías que alguien te hiciera a ti la misma cosa que tú vas a hacer a otro? Esta es la idea fundamental contenida en la Regla de Oro: «trata a los otros tal como querrías que ellos te trataran a ti». Pero no es ésta una idea exclusiva de los cristianos. Más de un siglo antes del nacimiento de Cristo, un pagano pidió al Rabí Hillel que explicara la ley de Moisés entera mientras se sostenía sobre un solo pié. Hillel resumió todo el cuerpo de la ley judía levantando un pié y diciendo: «No hagas a los demás lo que odiarías que ellos hicieran contigo.

Palabras clave: Dignidad, humana, únicos, irremplazable, manipularse, utilizados, pagano.

Antecedentes

La dignidad del ser humano, desde el momento de la concepción, fecundación y hasta la muerte natural debe ser promovida tal como se establece en la, Declaración Universal de los Derechos Humanos (Diciembre, 1948), la cual inicia afirmando que “El fundamento de la libertad, la justicia y la paz en el mundo consiste en el reconocimiento de la dignidad de todos los seres que pertenecen a la familia humana y en su igualdad y derechos inalienables”, así como en la Declaración sobre los Derechos de los niños y las niñas de las Naciones Unidas.(Derechos Humanos en México2007) Desde hace algunas décadas, el principio2 de la dignidad humana ha adquirido una importancia creciente. No solo en el ámbito social, sino también y, especialmente, en el ético y en el jurídico, el recurso

a esta noción ha ido incrementándose progresivamente. En este sentido, es muy significativo que todas las Declaraciones de Derechos Humanos, desde el texto de la Declaración de 1948 hasta nuestros días, sitúen en un lugar prioritario el principio de la dignidad humana. Como señala Ballesteros (2007), con independencia de posteriores y diferentes interpretaciones, todas las Declaraciones de derechos responden, al menos implícitamente, a una mentalidad humanista, en cuanto que asimilan expresiones como «todos», «todo ser humano» y «persona».

De este principio de igualdad se desprende que la dignidad del ser humano nos hace trascendentes del ámbito material y que este alto valor no admite graduaciones. Implica que el ser humano es siempre un fin en sí mismo y nunca un medio, es siempre un sujeto de derechos y no un objeto, siempre una persona y nunca una cosa que dañe la dignidad.

En este sentido, señala González que «si el derecho no es otra cosa que el resultado de una convención en la que se ha logrado un precario equilibrio de intereses particulares, con el único fin de lograr una convivencia más o menos pacífica, entonces... diálogo acerca de lo racional está de más González, A.M. En busca de la naturaleza (174 y 175). Esta adscripción de dignidad a la vida embrionaria se argumenta a posteriori, a partir de las consecuencias que puede conllevar el perder de vista esta dignidad. Aunque esa vida emergente no puede ser considerada como un «interlocutor válido», en la comunidad de diálogo que constituye la sociedad abierta y democrática, se debe guardar respeto hacia esa forma de vida. Habermas admite que esta tesis es difícil de sostener filosóficamente, pues de hecho no está nada claro que la vida humana emergente pueda ser tratada, a su juicio, como un sujeto de derechos: «El derecho de los padres a determinar las características genéticas –dice Habermas– sólo podría colidir con el derecho fundamental de otro si el embrión in vitro ya fuera otro al que correspondieran derechos fundamentales absolutamente válidos». (27)

Habermas se pregunta en el último párrafo de su libro: «El primer ser humano que fije a su gusto el ser así de otro ser humano, ¿no tendrá también que destruir aquellas libertades que, siendo las mismas para todos los iguales, aseguran la diversidad de éstos?».(28) Habermas teme que la aplicación indiscriminada de las técnicas de manipulación genética tenga como consecuencia una vulneración de la dignidad de la vida humana emergente y de su libertad potencial.

En este punto, Habermas coincide con la perspectiva ética de Hans Jonas, aunque desde otro paradigma de análisis. Desde la idea de responsabilidad que esboza el filósofo judío, se debe velar por los intereses de las generaciones venideras, y ello significa que se tiene que respetar la naturaleza humana y tratarla siempre como un fin y jamás únicamente como un instrumento.(29) Por todo ello, la postura prudente y responsable de Jürgen Habermas nos parece mucho más enjuiciada que la perspectiva de Sloterdijk que, a pesar de la recepción mediática que ha tenido, nos da la impresión de que es sumamente temeraria.

En términos generales, se puede distinguir tres ideas de dignidad que son las que aparecen implícitamente en las discusiones bioéticas: la dignidad ontológica, la ética y la teológica.

Muy frecuentemente, los debates bioéticas no llegan a buen término, porque no se explicitan claramente los significados latentes de la palabra dignidad, y ello tiene como consecuencia la opacidad comunicativa.

Aunque se pueden distinguir otras acepciones de la palabra dignidad, las tres mencionadas porque tanto en las declaraciones europeas como en los documentos internacionales son las más empleadas. La historia de la teoría del conocimiento y la ética tienen un punto de inflexión en el filósofo alemán Immanuel Kant (1724-1804). En teoría del conocimiento su Crítica de la Razón Pura supuso un verdadero “giro copernicano” a la gnoseología mientras que su ética meramente formal contrasta con las éticas materiales propuestas hasta entonces. Su teoría ética asume como principio la libertad y dignidad de todos los hombres, hecho que conecta su pensamiento con la ideología de las revoluciones burguesas de su tiempo y a través de ellas con la actualidad.

Para Kant (166) es un

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