Mercadotecnia
171920141 de Mayo de 2015
1.685 Palabras (7 Páginas)157 Visitas
Cuadro resumen:
Forma jurídica Sociedad Responsabilidad Limitada
Definición Sociedad de tipo capitalista. El capital social está integrado por las aportaciones de todos los socios y se encuentra dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones. Los socios no responden personalmente de las deudas sociales, la responsabilidad se limita al capital aportado a la Sociedad de Responsabilidad Limitada
Legislación Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital
Capital Social mínimo 3.000,00 €. Totalmente desembolsado.
Número de socios Mínimo uno.
Personalidad Jurídica
Responsabilidad Limitada al capital aportado
Denominación Social Será libre y exclusiva, añadiendo necesariamente “Sociedad de Responsabilidad Limitada”, “Sociedad Limitada” o sus abreviaturas “SRL”. o “SL”.
Constitución Escritura Pública
Registro Mercantil Inscripción obligatoria.
Publicación de ésta en el "Boletín del Registro Mercantil"
Régimen Fiscal Impuesto de sociedades
Órganos de Administración Junta general de socios y administrador/ es o Consejo de administración.
Cuadro resumen:
Forma jurídica Sociedad Comanditaria Simple
Definición Sociedad de carácter personalista, en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y, que pueden aportar o no, capital y socios comanditarios que sólo aportan capital, y que se dedica a la explotación del objeto social en nombre colectivo. Los socios colectivos tienen responsabilidad ilimitada. Los socios comanditarios tienen la responsabilidad limitada a su aportación.
Legislación Código de Comercio
Capital Social mínimo No existe legalmente
Número de socios Mínimo dos.
Personalidad Jurídica
Responsabilidad Ilimitada para los socios colectivos
Limitada para los socios comanditarios
Denominación Social Puede ser el nombre de todos los socios colectivos, de alguno de ellos o de uno sólo, añadiendo en estos dos últimos casos las palabras "y Compañía", y en todos "Sociedad en Comandita" o 'S. en C." o "S. Com.". No pueden figurar nombres de socios comanditarios.
Constitución Escritura Pública
Registro Mercantil Inscripción obligatoria.
Régimen Fiscal Impuesto de sociedades
Órganos de Administración Sólo socios colectivos gestionan y administran la sociedad.
Cuadro resumen:
Forma jurídica Sociedad Anónima
Definición Sociedad de tipo capitalista. El capital social se integra por las aportaciones económicas de todos los socios y está dividido en acciones. Los socios no responden personalmente de las deudas sociales.
Legislación Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Capital Social mínimo 60.000,00 €. Desembolso mínimo 25%.
Número de socios Mínimo uno.
Personalidad Jurídica
Responsabilidad Limitada al capital aportado
Denominación Social Libre y exclusiva, debiendo figurar necesariamente "Sociedad Anónima" o "SA".
Constitución Escritura Pública, incluyendo los estatutos.
Registro Mercantil Inscripción obligatoria.
Publicación de ésta en el "Boletín del Registro Mercantil"
Régimen Fiscal Impuesto de sociedades
Órganos de Administración Junta General de accionistas, Consejo de Administración o administradores
Cuadro resumen:
Forma jurídica Sociedad Anónima
Definición Sociedad de tipo capitalista. El capital social se integra por las aportaciones económicas de todos los socios y está dividido en acciones. Los socios no responden personalmente de las deudas sociales.
Legislación Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Capital Social mínimo 60.000,00 €. Desembolso mínimo 25%.
Número de socios Mínimo uno.
Personalidad Jurídica
Responsabilidad Limitada al capital aportado
Denominación Social Libre y exclusiva, debiendo figurar necesariamente "Sociedad Anónima" o "SA".
Constitución Escritura Pública, incluyendo los estatutos.
Registro Mercantil Inscripción obligatoria.
Publicación de ésta en el "Boletín del Registro Mercantil"
Régimen Fiscal Impuesto de sociedades
Órganos de Administración Junta General de accionistas, Consejo de Administración o administradores
Cuadro resumen:
Forma jurídica Sociedad Colectiva
Definición Sociedad de tipo personalista dedicada en nombre colectivo a la explotación de su objeto social.
Legislación Código de Comercio
Capital Social mínimo No existe mínimo legal
Número de socios Mínimo dos
Personalidad Jurídica
Responsabilidad Ilimitada
Denominación Social Será el nombre de todos los socios, de algunos de ellos o de uno solo añadiendo, en estos dos últimos casos " y Compañía"
Constitución Escritura Pública
Registro Mercantil Inscripción obligatoria
Régimen Fiscal Impuesto de sociedades
Órganos de Administración Administradores: todos los socios, excepto si se nombra uno o varios gestores.
Volver
________________________________________
Cuadro resumen:
Forma jurídica Sociedad Comanditaria por Acciones
Definición Sociedad capitalista cuyo capital social está dividido en acciones, que se formará por las aportaciones de los socios, uno de los cuales, al menos, se encargará de la administración de la sociedad y responderá personalmente de las deudas sociales como socio colectivo, mientras que los socios comanditarios no tendrán esa responsabilidad.
Legislación Código de Comercio
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, salvo en lo que resulte incompatible con las disposiciones del Código de Comercio
Capital Social mínimo 60.000,00 €. Desembolso mínimo 25 %
Número de socios Mínimo dos.
Personalidad Jurídica
Responsabilidad Ilimitada para los socios colectivos
Limitada para los socios comanditarios
Denominación Social Puede ser el nombre de todos los socios colectivos, de alguno de ellos o de uno sólo, o bien, una denominación objetiva, añadiendo "Sociedad en Comandita por Acciones" o "S.Com. p. A."
Constitución Escritura Pública, incluyendo los estatutos de la sociedad.
Registro Mercantil Inscripción obligatoria.
Publicación de ésta en el "Boletín del Registro Mercantil"
Régimen Fiscal Impuesto de sociedades
Órganos de Administración Junta General y Socios administradores
Cuadro resumen:
Forma jurídica Sociedad Cooperativa
Definición Sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático.
Legislación Ley General de Cooperativas 27/1999, de 16 de julio y las legislaciones propias de cada comunidad autónoma.
Capital Social mínimo Fijado en los Estatutos
Número de socios Cooperativas de primer grado mínimo: tres socios
Cooperativas segundo grado mínimo: dos cooperativas
Personalidad Jurídica
Responsabilidad Limitada al capital aportado
Denominación Social Será exclusiva. Incluirá necesariamente "Sociedad Cooperativa" o "S. Coop.". Reglamentariamente podrán establecerse sus requisitos.
Constitución Escritura Pública que se inscribirá en el Registro de Sociedades Cooperativas
Registro Mercantil Se inscribe en el Registro de Cooperativas.
Régimen Fiscal Impuesto de sociedades, régimen especial
Órganos de Administración Asamblea General, Consejo Rector e Intervención
...