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Prevención De Las Necesidades Educativas Especiales

carmenyuraima14 de Noviembre de 2012

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INTRODUCCIÓN

La población con Necesidades Especiales tiene acceso al Sistema Educativo a través de la modalidad de Educación Especial, desde que se detecta la problemática, tomando en cuenta las características y necesidades de cada individuo. Las Necesidades Educativas Especiales son las experimentadas por aquellas personas que requieren ayudas o recursos que no están habitualmente disponibles en su contexto educativo, para posibilitarles su proceso de construcción de las experiencias de aprendizaje establecidas en el Diseño Curricular. La Atención Temprana está insertada en la modalidad de Educación Especial y tiene como misión redestituirle al educando su verdadera esencia de ser persona, por ello está dirigida a la atención integral de las personas con Necesidades Especiales.

Las intervenciones tienen por objetivo dar respuesta lo más pronto posible a las necesidades de los niños y niñas que presentan trastornos permanentes o transitorios en su desarrollo o riesgo de padecerlas. Estas intervenciones son planificadas con carácter global e interdisciplinar y están dirigidas a los niños y niñas en la primera infancia, a su familia y al entorno.

Las Necesidades Educativas Especiales son las experimentadas por aquellas personas que requieren ayudas o recursos que no están habitualmente disponibles en su contexto educativo, para posibilitarles su proceso de construcción de las experiencias de aprendizaje establecidas en el Diseño Curricular.

MARCO TEÓRICO

Unidad I

Evolución Histórica en el Campo de la Prevención e Intervención Temprana

Para comprender cuál ha sido la evolución de la Prevención e Intervención Temprana, primero se debe conocer la evolución tanto de la Educación Preescolar hoy inicial, como de la Educación Especial.

La Educación Preescolar que oficializa como primer nivel del Sistema Educativo Nacional a través de la Ley Orgánica de Educación (1980) y se pone en práctica a través del currículo implementado en el año 1986, fundamentado para ése tiempo en innovaciones fisiológicas, psicológicas y pedagógicas con un enfoque de desarrollo integral lo que reflejo nuevas orientaciones en la búsqueda de la mayor calidad educativa para los niños y las niñas más pequeñas (os).

El Currículo de Educación Preescolar se fundamentó en orientaciones pedagógicas que lo caracterizan como sistemático e inactivo, basado en el desarrollo integral de la población infantil, centrado en las características, necesidades e interés del niño y la niña, que adopta con criterio amplios elementos procedentes de diferentes módulos teóricos acerca del desarrollo humano.

En el 2002 se originó un documento de propuesta de "Currículo Básico Nacional De Educación Inicial", que sirvió de base para la construcción colectiva, proceso en el cual participaron los autores de la Educación Inicial en todo el país. Se logró recoger informaciones de estos actores que reorientó la propuesta curricular y generó como producto del documento: "Bases

Curriculares de Educación Inicial", el cual toma en consideración, el marco legal, político, filosófico, las políticas educativas, el desarrollo del nivel preescolar, las tendencias actuales (teórica), en relación al aprendizaje y desarrollo infantil los cambios en el contexto social y económico del país, los resultados de la evaluación curricular realizada por el Ministerio de Educación (1996 -- 1998), así como, los compromisos asumidos por el Estado Venezolano en Materia de Educación de los niños (as) entre 0 y seis años.

Antecedente de la Educación Especial

La atención de personas diferentes parece evidenciarse a partir de 1800 dado al gran número de personas conocidas para esa época como idiotas o deficientes mentales.

En Venezuela debido al esfuerzo de padres y representantes de niños con discapacidades se inicia en la década de los años treinta al fundarse instituciones para la atienderación de niños ciegos, sordomudos entre otros. En 1975 se institucionaliza la Educación Especial cuando el Ministerio Educación decide crear la Dirección de Educación Especial, con la finalidad de atender a niños con Necesidades Especiales ayudándolo en la en integración social, un año después se implementa en el país la Prevención e Intervención Temprana, esto lo realizan con la finalidad de establecer estrategias para lograr la incorporación efectiva de los padres al proceso educativo de los educandos con Necesidades Especiales por lo antes expuesto se crea en 1980 el área de escuela para padres de cuya aplicación sean obtenido, la formación de los padres como promotores sociales encargados de luchar por los derechos de la población Necesidades Especiales y por el Mantenimiento de las Unidades Operativas.

Aunque tendencias actuales el Programa de Prevención y Atención Temprana tiene aproximadamente 30 años, se evidencia cada vez más deteriorado en la aplicación de uno de sus principios el cual consiste en la atención de niños de 0 a 4 años y por ende a los miembros de su familia, puesto que en los últimos años se ha observado el aumento de embarazo en adolescentes, el porcentaje de control prenatal, niños con Necesidades Especiales que no son atendidos por especialistas, falta de seguimiento por parte de los Centros Médicos para el control de estos niños, bajo o casi nula la educación de talleres, jornadas a la población, que sólo tienen el acceso a ese conocimiento cuando por casualidad asiste a un Centro de Salud (público) y están dictando una charla sobre cualquiera de estos temas (embarazo en adolescentes, riesgo de no tener control prenatal, importancia de las vacunas) o falta de mística de algunos profesionales de salud (médico) que cuando los niños asiste a sus consultas no son capaces de revisar los sino que lo recetan desde su escritorio.

La creación en las comunidades de cuidados diarios multihogares, donde se reciben niños desde 0 años, desde las 7 am hasta 6 pm, porque la madres trabajan todo el día, cabe destacar que en algunos casos éstos niños son atendidos por personas no calificadas para determinar si éstos presentan algunas características de Necesidades Especiales o para aplicar estrategias para la Prevención de estas Necesidades. Esto ha traído como consecuencia que las madres no puedan detectar desde temprano algunas características especial en sus hijos porque sólo están con ellos pocas horas al día y cuando se dan cuenta de cualquier anormalidad ya el niño tiene algunos años de edad.

Fundamentación Legal

La fundamentación legal de la integración social está insertada en los derechos fundamentales del hombre especificados en muchos documentos nacionales e internacionales como son:

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1945) establece en su artículo I, todos los seres humanos nacen libres e iguales en su dignidad.

Organización Internacional del Trabajo (OIT), (1955).

En una de sus recomendaciones plantea la necesidad de asegurar medidas adecuadas y al alcance de todas las categorías de personas inválidas y de promover oportunidades de empleo en el mercado regular.

Declaración de los Derechos del Niño (1959) Art. 27 señala “Hay que asegurar que todo niño con Necesidades Especiales tenga un acceso efectivo a la educación, la capacitación, servicios sanitarios, servicio de rehabilitación, preparación para el empleo y oportunidades de esparcimiento con el fin de lograr la integración social y el desarrollo cultural y espiritual”.

Declaración de los Derechos de los Impedidos (1975) Art. 3 el impedido, cualesquiera que sea el origen, naturaleza o gravedad de sus deficiencias, tiene los mismos derechos fundamentales de ser conciudadanos de la misma edad, lo que supone en primer lugar, el derecho a disfrutar de una vida de cosa, lo más normal y plena posible.

Lo antes señalado expresar la preocupación que han tenido distintos gobiernos para integrar a las personas con necesidades ayudándolo mediante la aplicación de distintas estrategias a ser personas capaces de realizar cualquier trabajo que los hayan sentido útiles a la sociedad donde se desenvuelven.

En Venezuela también se ha elaborado leyes, donde se incluyen a las personas con Necesidades Especiales entre los que se mencionan.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) Art. 81 toda persona con Discapacidad u Necesidades Especiales tiene derecho al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria. El estado o la participación solidaria de la familia y la sociedad, les garantiza el derecho a su dignidad humana, la equiparación de oportunidades, condiciones laborales satisfactorias y promover su capacitación, formación y acceso al empleo acorde con sus condiciones de conformidad con la ley.

Art. 103 el Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo, la ley garantizara igual atención con las personas de Necesidades Especiales o con Discapacidad.

Ley Orgánica Educación (1980) establece: todos los ciudadanos tienen el derecho de recibir una educación conforme con sus aptitudes y aspiraciones sin ningún tipo de discriminación por raza, credo y sexo, posición económica y social o de cualquiera otra naturaleza.

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