ANGELES
heleliTesis10 de Julio de 2013
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OBJETIVOS
• Llevar una anotación sobre toda la información relativa al personal de la empresa en términos personales, profesionales y funcionales.
• Servir de instrumento para la toma de decisiones relativas al personal.
• Servir como elemento básico para el procesamiento y control del pago a los trabajadores.
INTRODUCCION
El tema del registro permanente del control de asistencia para el cumplimiento de las ocho horas de trabajo, a causado muchas inquietudes; ya que tanto los gremios de empresarios como sindicatos y trabajadores, han entrado en un proceso de análisis de la norma, requiriendo por lo tanto el Programa Difusor de las Normas Laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, haga conocer su contenido.
En tal sentido, la jornada de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales; y tiene un marco jurídico que lo regula. No de ahora, sino desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos (en cuanto a la declaración sobre la limitación razonable de la duración de trabajo), convenios internacionales, constituciones políticas la de 1979 y 1993; y como normas específicas que deben ser tomadas en cuenta al momento de dar cumplimiento a las obligaciones del empleador, y del respeto por parte de este, al derecho del trabajador. La base legal esta contenida en el D.S. 007-2002-TR, Texto Único Ordenado TUO del Decreto Legislativo 854, Ley de Jornada de Trabajo, horario y trabajo en sobretiempo, su reglamento aprobado por D.S. 008-2002- TR y el reciente D.S. 004-2006-TR y su modificatoria aprobada por D.S. 011-2006-TR, los mismos que fueron dados, para instrumentalizar la fiscalización que ejerce el estado sobre el cumplimiento y restricto de la Jornada laboral, sin que ello signifique una alteración a los derechos y obligaciones del empleador.
La Norma alcanza a todo empleador sujeto al Régimen Laboral de la actividad privada, el mismo que debe tener un registro permanente de control de asistencia (en adelante RPCA) respecto de sus trabajadores, así como, de las personas bajo modalidades formativas laborales y de los destacados al centro de trabajo por entidades de intermediación laboral, en la cual las personas mencionadas consignaran de manera personal el tiempo de labores que permita advertir de modo transparente e ineludible el tiempo de trabajo efectuado.
Empero, no están incluidos en el RPCA, los trabajadores que ejercen o desempeñan el cargo de dirección en la empresa, es decir, representan al empleador frente a terceros o ante los trabajadores; asimismo los trabajadores que no están sujetos a fiscalización inmediata, como pueden ser por ejemplo los vendedores que laboran fuera del centro de labores u organizan su propio tiempo de trabajo así como los trabajadores que realizan labores intermitentes como guardianes "pasivos" (aquellos que tienen lapsos de inactividad o aquellos que no están en estado permanente de atención).
Los empleadores están en el deber de conservar los registros de asistencia hasta por cinco años después de haber sido generados, lo que implica el cuidado del RPCA para evitar dudas en la valoración que se pueda someter dicho medio probatorio en su momento.
REGISTRO DE CONTROL DE PERSONAL
Es el procedimiento administrativo, que consiste en la puesta en práctica de una serie de Instrumentos, con la finalidad de registrar y controlar al personal que labora en una determinada empresa o institución.
Para que las acciones o actividades empresariales se cumplan, es necesario
que haya un adecuado registro y control del capital intelectual.
Con el control y registro del personal, se trata de asegurar que las diversas unidades
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