ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CÓMO NACE EL DERECHO


Enviado por   •  8 de Abril de 2014  •  Ensayos  •  2.232 Palabras (9 Páginas)  •  265 Visitas

Página 1 de 9

CÓMO NACE EL DERECHO

Jael Adriana Sánchez Gutiérrez

Uno de los ensayos realizados por el eminente jurista italiano del siglo XX, Francesco Carnelutti (1879-1965), escrito alrededor de 1912 o antes, no consagra algo nuevo, pues, como trataré de mostrar, todo lo que consigna este libro, es todo aquello que actualmente vivimos.

Inicialmente Carnelutti sostiene que lo que comúnmente se ha enseñado en las facultades de derecho, y lo sigue siendo hoy, es que éste es el conjunto de leyes que regulan la conducta del hombre, aunque no quiere decir que esto sea lo que realmente signifique, sino que lo toma

Como base para el análisis de los componentes que darían origen al verdadero derecho y, también, como una crítica al estatismo vivido en los campus universitarios (en mi concepto).

¿Qué papel juega un jurista dentro del derecho según la concepción meramente normativista?, todo, ya que es éste el obrero calificado quien lo fabrica, entendiéndose calificado como aquel que tiene que prepararse (estudiarlo en la universidad) para poder salir a la vida y crearlo de manera idónea aunque, no todos lo son, como bien lo sabía desde esa época Carnelutti, puesto que los parlamentos o congresos están plagados de obreros no calificados, o en palabras carneluttianas, las leyes están hechas, sino solo, por lo menos también por hombres que no han aprendido a hacerlas (que mejor ejemplo que el congreso colombiano actual).

En ese orden de ideas, existirán tres clases de interventores dentro del derecho:

1. El legislador: quien forma la ley

2. El ciudadano: quien aplica la ley cuando estas regulan su conducta sin necesidad de coacción física, a muchos les basta con la psicológica, en casos remotos los que ni física ni psicológica, simplemente por el hecho de ser ciudadano de bien.

3. El juez: quien aplica la ley conforme a una situación de hecho, cuando el ciudadano no ha podido hacerlo.

Ahora bien, se supone que el lenguaje de la ley debe ser formado de la manera más clara y entendible para el ciudadano común logrando así una amplia educación jurídica y reducir el campo de actuación de los juristas calificados donde sólo tendría un papel subsidiario a la hora de encontrar una ley totalmente dificultosa al entendimiento, dando amplio campo de aplicación al conocido postulado: “la ignorancia de la ley no sirve de excusa” (artículo noveno, código civil colombiano), porque en realidad, en este evento, la ley no sería desconocida, de no ser así sería necesario vivir con un jurista al lado. Aunque puede verse que esto falla, no hay una real difusión del derecho, o si la hay, no está siendo efectiva.

¿Cuál considera Carnelutti, es el origen del derecho?, la respuesta la lleva al campo de la Economía, puesto que en ella los actos económicos que son todos los que realiza el hombre para satisfacer sus necesidades, generan “la guerra” entre individuos, puesto que las necesidades son muchas y los bienes para cubrirlas son insuficientes, y entiéndase el concepto de guerra íntimamente relacionado con el concepto de propiedad, puesto que en el hombre no sólo busca tomar el bien para suplir su necesidad, sino que con mayor medida busca conservarlo.

La guerra, para Carnelutti, será entendida como la invasión de dominio, dándole aplicación a la célebre expresión “Homo Homini Lupus”, lo cual generará un caos en la vida social, y el hombre no puede vivir en él.

He aquí el secreto del derecho: el caos. Puesto que la economía por sí sola se torna insuficiente para terminar con el caos debido a que ésta es el reinado del egoísmo, del afán por obtener lo individual a costa de lo que sea, sería la antítesis de la moral, el reinado del altruismo, de la paz, de la libertad, o como lo plantea Kant, del respeto.

¿Pero entonces qué del derecho?, es precisamente porque el hombre no es un ser capaz de vivir por y en la moral, que necesita de algo que se le asemeje a esta, y ello vendría siendo el derecho como un subrogado de la misma.

El derecho ejerce funciones comunicativas entre la guerra y el caos de la economía con el altruismo y el reinado de la paz en la moral mediante la imposición de mandatos a través de la autoridad, que a mi criterio también debería ser calificada puesto que no olvidemos que al gobernar a los ciudadanos también tiene que saber aplicar el derecho (lo que en realidad no sucede puesto que el derecho es moldeado al arbitrio del poder de turno generando consecuencias como el ¿Estado de opinión?).

¿Qué es el mandato?, es un precepto que indica una conducta que debe seguirse, dictado por una autoridad que persuade a seguirla, pero mediante la utilización de una amenaza: la sanción.

La sanción es lo que introduce la fuerza al derecho y es la clave que permite diferenciarlo de la moral, pues “se sirve de la guerra para combatir la guerra”, aunque digamos que no cualquier guerra, sino como se llamaría en teoría del delito, el “ius puniendi” (derecho subjetivo y legitimado del Estado para castigar).

La sociedad empieza a evolucionar y con ella el derecho, aumentando los preceptos, desapareciendo la guerra, al ser reemplazada por su sinónimo: el delito, que es un hecho voluntario del hombre, dañino del orden social, y por lo tanto, reprimido con una pena.

Al aumentar la necesidad del orden, aumentan los preceptos penales, pero con ellos, los delitos.

Y cuál era el eje central del delito sino la moral, pero como el hombre, ya se mencionó, es incapaz de vivir por la moral, por lo tanto, el eje central actual del delito es simplemente la potestad legislativa, y sí volvemos al comienzo de este escrito y recordamos que el obrero del derecho muchas veces no es calificado, entonces estamos a merced de que mañana todo sea o no sea delito (¿qué más caos que el desasosiego causado por los que nos gobiernan?).

Para Carnelutti, la pena no puede verse como un daño, sino como un dolor causado al contraventor con fines altruistas: hacerlo arrepentirse, con función intimidativa (persuasión al sujeto a no actuar contra la ley), preventiva (cuanto todos ven que se castiga un sujeto, piensan en no actuar como él) y represiva o retributiva (mal que sufre por el mal que ha hecho sufrir),como una especie de redención, pero ya que se le ve como un castigo físico, la pena no cumple sus fines, y hay ineficiencia en el sistema represor.

EL PAPEL DE LA PROPIEDAD

Nace

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (13.4 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com