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Antologia Licenciatura En Informatica

oscarfalcon13 de Junio de 2013

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Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec

Licenciatura en Informática

TEMARIO

1. Introducción al derecho

1.1. Concepto y propósito del derecho.

1.2. Normas jurídicas, morales y sociales. Semejanzas y Diferencias.

1.3. Fuentes del derecho.

1.4. Clasificación del derecho.

2. El derecho y la informática

2.1. La sociedad de la información.

2.2. Derecho informático.

2.3. Orígenes, concepto y clasificación del derecho informático.

2.4. Informática jurídica.

3. Derecho de la información y de los datos personales

3.1. El derecho de la información.

3.2. Los problemas de su sistematización.

3.3. El régimen jurídico de la información en México.

3.4. Marco constitucional.

3.5. Libertad de expresión.

3.6. Derecho de petición.

3.7. Las telecomunicaciones.

4.El derecho de la propiedad intelectual y las nuevas tecnologías de la información y comunicación

4.1. Protección jurídica de los programas de cómputo.

4.2. Implicaciones.

4.3. Criptografía.

4.4. Propiedad industrial y derechos de autor (Marcas, Patentes, Copyright, Copylelf ).

4.5. Normatividad internacional.

5. Los contratos informáticos

5.1. Concepto y elementos.

5.2. Clasificación de los contratos informáticos.

5.3. Características particulares de los contratos informáticos.

5.4. Partes de los contratos informáticos.

5.5. Fraudes en la comercialización de tecnologías de información y comunicación.

6. Delitos informáticos

6.1. Concepto y características.

6.2. Clasificación de delitos informáticos.

6.3. Normatividad nacional.

6.4. Normatividad internacional.

UNIDAD 2: EL DERECHO Y LA INFORMÁTICA

2.1 La sociedad de la información

Una sociedad de la información es aquella en la cual las tecnologías que facilitan la creación, distribución y manipulación de la información juegan un papel esencial en las actividades sociales, culturales y económicas. La noción de sociedad de la información ha sido inspirada por los programas de desarrollo de los países industrializados y el término ha tenido una connotación más bien política que teórica, pues a menudo se presenta como una aspiración estratégica que permitiría superar el estancamiento social. Asimismo, la noción de "sociedad de la información" trae consigo una serie de disposiciones históricas que la emparentan con el cambio de mentalidad desde la arcaica a la moderna. En realidad, la sociedad de la información no existe más que en la imaginación de los utópicos tecnológicos, quienes también han soñado la alfabetización mediática como solución a los problemas del mundo. Con las cinco preguntas esenciales del Center For Media Literacy, el mundo podría cambiar. De igual modo, la sociedad de la información lleva inscrito el marchamo libertario de una sociedad más igualitaria y más justa.

La sociedad de la información es vista como la sucesora de la sociedad industrial. Relativamente similares serían los conceptos de sociedad post-industrial (Daniel Bell), posfordismo, sociedad postmoderna, sociedad del conocimiento, entre otros. Éste último concepto parecería estar emergiendo en detrimento de la sociedad de la información.

Sin embargo, la concepción actual de lo que se entiende por sociedad de la información es influjo de la obra del sociólogo japonés Yoneji Masuda, quién en 1981 publicó ' (Editorial World Future Society, Colombia), traducido al castellano en 1984 como La sociedad informatizada como sociedad post-industrial" (Madrid, ed.Fundesco-Tecnos).

Otros autores definen sociedad de la información como "la capacidad para obtener, compartir y procesar cualquier información por medios telemáticos (telecomunicación e informática), desde cualquier lugar y en la forma en que se prefiera", incluso, hay otra definición que hace referencia a que "Todos pueden crear, acceder, utilizar y compartir información y el conocimiento, en donde se desarrolle el potencial de los pueblos y se mejore la calidad de vida".

En todo caso, aun quienes se muestran optimistas con respecto a la sociedad de la información admiten que la brecha digital es uno de los principales obstáculos en este modelo de desarrollo. A grandes rasgos, este fenómeno se refiere a todos aquellos sectores que permanecen, por muy diversas razones, al margen de los beneficios y ventajas asociados a las TIC.

La sociedad de la información no está limitada a Internet, aunque éste ha desempeñado un papel muy importante como un medio que facilita el acceso e intercambio de información y datos.

De acuerdo con la declaración de principios de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información Cumbre de la Sociedad de la Información, llevado a cabo en Ginebra (Suiza) en 2003, la sociedad de la información debe estar centrada en la persona, integradora y orientada al desarrollo, en que todos puedan crear, consultar, utilizar y compartir la información y el conocimiento, para que las personas, las comunidades y los pueblos puedan emplear plenamente sus posibilidades en la promoción de su desarrollo sostenible y en la mejora de su calidad de vida, sobre la base de los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.

En relación con la sociedad de la información, se debe mencionar el aspecto de la tecnología, por lo que se puede mencionar lo que dijeron los autores Harvey Brooks y Daniel Bell en 1971 respecto a este término: "Es el uso del conocimiento científico para especificar modos de hacer cosas de una manera reproducible (...) Entre las tecnologías de la información incluyó, como todo el mundo, el conjunto convergente de tecnologías de la microelectrónica, la informática (máquinas y software), las telecomunicaciones televisión/radio y la optoelectrónica".

Armand Mattelart "Historia de la Sociedad de la Información"(Barcelona, Ed. Paidos, 2002)

"La Sociedad de la Información y el Conocimiento" Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales (Año XLV, núm. 185, mayo-agosto de 2002)

Manuel Castells "La era de la información: economía, sociedad y cultura." México: Siglo XXI. pp. 56 (2000).

2.2 Derecho informático

Conde, Concepción.(2005). La protección de datos personales: Un derecho autónomo con base en los en los principio del formulario. Dykinson

2.4 Informática jurídica

La informática, como uno de los fenómenos más significativos de los últimos tiempos (según ya hemos visto), deja sentir su incontenible flujo en prácticamente en todas las áreas del conocimiento humano (ciencias del ser y del deber ser), dentro de las cuales el Derecho no es la excepción, lo que da lugar, en términos instrumentales, a la llamada información jurídica.

En sentido general, la informática jurídica es el conjunto de aplicaciones de la informática en el ámbito del Derecho. Esta área del conocimiento surgió en 1959 en Estados Unidos, la Informática Jurídica ha sufrido cambios a fines a la evolución general de la misma Informática. Las primeras investigaciones en materia de recuperación de documentos jurídicos en forma automatizada se remontan a los años cincuenta, época en que se comienzan a utilizar las computadoras no sólo con fines matemáticos si no también lingüísticos. Estos esfuerzos fueron realizados en el Health Law Center de la Universidad de Pittsburgh, Pensylvania. El entonces director del centro, John Horty, estaba convencido de la necesidad de encontrar medios satisfactorios para tener el acceso a la información legal. Para 1959, el centro colocó los ordenamientos legales de Pensylvania en cintas magneticas. El sistema fue demostrado posteriormente en 1960, ante la American Association Boreau of Lawyers en la reunión anual en Washington, D.C. Esta fue la primera demostración de un sistema legal automatizado de búsqueda de información.

Nociones y concepto

Si bien resulta difícil pretender dar una definición de la informática jurídica, como con las disciplinas recientes, podemos decir que se trata, en la última instancia, del empleo de las computadoras en el ámbito jurídico.

En términos generales, podemos a la informática jurídica como la interdisciplinar que tiene por objeto el estudio e investigación de los conocimientos de la informática general, aplicables a la recuperación de información jurídica, así como la elaboración y aprovechamiento de los instrumentos de análisis y tratamiento de información jurídica necesarios para lograr dicha recuperación.

La interrelación informática-derecho ha dado lugar a numerosas denominaciones, entre las que destacan, por mencionar solo algunas de ellas, las siguientes: La primera denominación que se le dio fue término de juremetrics (en español jurimetria), creado por el juez estadounidense Lee Loevinger en 1949.

La

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