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CAPÍTULO V EL ALLANAMIENTO


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2012  •  1.628 Palabras (7 Páginas)  •  532 Visitas

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CAPÍTULO V

EL ALLANAMIENTO

Artículo 214 Solicitud y ámbito del allanamiento.-

1. Fuera de los casos de flagrante delito o de peligro inminente de su perpetración, y siempre que existan motivos razonables para considerar que se oculta el imputado o alguna persona evadida, o que se encuentran bienes delictivos o cosas relevantes para la investigación, el Fiscal solicitará el allanamiento y registro domiciliario de una casa habitación, casa de negocio, en sus dependencias cerradas, o en recinto habitado temporalmente, y de cualquier otro lugar cerrado, siempre que sea previsible que le será negado el ingreso en acto de función a un determinado recinto.

2. La solicitud consignará la ubicación concreta del lugar o lugares que habrán de ser registrados, la finalidad específica del allanamiento, las diligencias a practicar, y el tiempo aproximado que durará.

3. Los motivos que determinaron el allanamiento sin orden judicial constarán detalladamente en el acta.

Artículo 215 Contenido de la resolución.-

1. La resolución autoritativa contendrá: el nombre del Fiscal autorizado, la finalidad específica del allanamiento y, de ser el caso, las medidas de coerción que correspondan, la designación precisa del inmueble que será allanado y registrado, el tiempo máximo de la duración de la diligencia, y el apercibimiento de Ley para el caso de resistencia al mandato.

2. La orden tendrá una duración máxima de dos semanas, después de las cuales caduca la autorización, salvo que haya sido expedida por tiempo determinado o para un período determinado, en cuyo caso constarán esos datos.

Artículo 216 Desarrollo de la diligencia.-

1. Al iniciarse la diligencia se entregará una copia de la autorización al imputado siempre que se encuentre presente o a quien tenga la disponibilidad actual del lugar, comunicándole la facultad que tiene de hacerse representar o asistir por una persona de su confianza.

2. Si no se encuentran las personas arriba indicadas, la copia se entregará y el aviso se dirigirá a un vecino, a una persona que conviva con él, y a falta de ellos, sólo de ser posible, al portero o a quien haga sus veces.

3. La diligencia se circunscribirá a lo autorizado, redactándose acta. Durante su desarrollo se adoptarán las precauciones necesarias para preservar la reputación y el pudor de las personas que se encuentren en el local allanado.

Artículo 217 Solicitud del Fiscal para incautación y registro de personas.-

1. Cuando sea el caso, el Fiscal solicitará que el allanamiento comprenda la detención de personas y también la incautación de bienes que puedan servir como prueba o ser objeto de decomiso. En este caso se hará un inventario en varios ejemplares, uno de los cuales se dejará al responsable del recinto allanado.

2. El allanamiento, si el Fiscal lo decide, podrá comprender el registro personal de las personas presentes o que lleguen, cuando considere que las mismas pueden ocultar bienes delictivos o que se relacionen con el mismo. El Fiscal, asimismo, podrá disponer, consignando los motivos en el acta, que determinada persona no se aleje antes de que la diligencia haya concluido.

El trasgresor será retenido y conducido nuevamente y en forma coactiva al lugar.

ALLANAMIENTO EN EL PROCESO PENAL

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

En nuestra legislación, al igual que en las diversas legislaciones concernientes al proceso penal de cimientos itálicos germánicos, se halla la figura del allanamiento, que ha venido siendo estudiado través del tiempo por renombrados juristas, que en su búsqueda de un mejor avance en la ciencia jurídica con respecto a esta institución del derecho.

El allanamiento, como parte fundamental del proceso, es la conformidad en la que un procesado se adjudica ciertos actos, y en cierta medida ahonda en su sentido de culpabilidad antes de concluir el proceso, es decir esta suerte de “confesión” puede ser realizada en cualquier etapa del proceso penal.

Este trabajo radicará en formar una mejor concepción de la problemática que hace alusión a la confusión que genera el termino confesión con el allanamiento, pero para un mayor entendimiento profundizaremos en conceptos, denominaciones, naturaleza, acepciones, y lo màs preponderante, su acción en el proceso penal, incluyendo su efectos en las diversas sentencias.

MOTIVACIÓN:

Se busca en este trabajo, tener un apreciación mas diligente de esta institución jurídica, ya que por lo general, se puede hacer uso indiscriminado de este termino sin tener una noción exacta ,y poco a poco ir modificando como cambiando su verdadero concepto hasta confundirlo con la confesión, coaccionando al desliz.

Pero no solo se trata de resaltar que estos denominaciones se diferencia entre si en variados aspectos, si no también preguntarnos el ¿Por qué? ¿Qué divergencias hay entres estas 2 instituciones? Como veremos, se espera de este trabajo cumplir con los parámetros mínimos para un mejor compresión, empezando por sus designaciones en sus acepciones jurídicas y más adelante sus diferencias entre otras nociones del derecho.

Mi motivación, por consiguiente es la de generar una expansión del allanamiento según la doctrina, y evitar que se incurra en el error de complicar su automatismo con otros términos.

JUSTIFICACIÓN:

Yo,

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