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Codigo De Etica

sonicles1113 de Noviembre de 2014

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REGLAMENTO Y CODIGO DE ETICA DE VENTAS

CAPITULO PRIMERO

OBJETIVO Y DEFINICIONES

ARTICULO PRIMERO.- El objetivo del presente Reglamento responde a dar a conocer a los Directores, Empleados y vendedores de Bufete Empresarial Inmobiliario, Corporativo de servicios, S.C, las normas de regulación de las relaciones entre los integrantes de BEMPRI, así como entre estos y los CLIENTES, y los principios éticos que regulan nuestra actividad inmobiliaria.

ARTICULO SEGUNDO.- DEFINICIONES:

A) AUTOEVALUACION.- El examen que cada uno de los integrantes de BEMPRI, realiza del desempeño de su trabajo.

B) ASESORIA INMOBILIARIA.- El servicio que ofrece BEMPRI, para promover, rentar, vender y administrar bienes inmuebles.

C) BEMPRI.- Bufete Empresarial Inmobiliario, Corporativo de Servicios, S.C.

D) BIEN INMUEBLE.- Propiedades que consisten en departamentos, casas, edificios, locales comerciales, bodegas, naves industriales que promueve en renta, venta o traspaso BEMPRI.

E) CLIENTES ORIGINARIOS.- Personas físicas o morales, que contratan el servicio inmobiliario para la venta, renta o administración de sus propiedades.

F) CLIENTES DESTINATARIOS.- Personas físicas o morales que soliciten asesoria para la adquisición de un bien inmueble contenido en el portafolio de productos de BEMPRI.

G) COMISION.- Pago del servicio de asesoria inmobiliaria por la venta, renta o administración de un bien inmueble.

H) COMPANERISMO.- Un valor fundamental en el ejercicio de la labor de BEMPRI, y consiste en observar un respeto por el trabajo de otras personas que realizan nuestra misma labor, siempre con el afán de apoyar, respaldar ambas funciones.

I) COMPARTIR COMISION.- Es la repartición entre dos o más vendedores de una comisión por la venta conjunta de un bien inmueble.

J) COMPETENCIA.- El trabajo de una persona que realiza la misma labor que nosotros.

K) COMPETENCIA DESLEAL.- las tácticas ilegales que emplea una persona para asumir el éxito de una labor sin importar el trabajo que desempeñe otra persona con el mismo trabajo.

L) DEBER SER.- Conjunto de normas que regulan las relaciones entre personas, y entre estas y sus actividades.

M) DISCREPANCIA ENTRE OFERTAS DE VENDEDORES.- La coincidencia de ofertas sobre un mismo bien inmueble en un mismo tiempo, por dos vendedores diferentes.

N) ETICA.- La reflexión teórica sobre la moral, una revisión racional y crítica sobre la validez de la conducta humana.

O) FIDELIDAD.- Un valor que une a la persona con su trabajo y con la institución que representa.

P) HONESTIDAD.- Es uno de los valores fundamentales de la humanidad, consiste en realizar una labor siempre con la VERDAD.

Q) MORAL.- Conjunto de reglas, valores, prohibiciones y tabúes procedentes desde fuera del hombre, es decir, que le son inculcados o impuestos por la política, las costumbres sociales, la religión o las ideologías.

R) OFERTA DE VENTA.- La propuesta de precio que ofrece la persona interesada en adquirir, rentar o traspasar un bien inmueble.

S) PORTAFOLIO DE PRODUCTOS DE BEMPRI.- La carpeta de inmuebles que promueve BEMPRI, en renta, venta, traspaso y administración.

T) PRINCIPIOS.- Conjunto de valores que rigen la función inmobiliaria de BEMPRI.

U) PROMOCION INMOBILIARIA.- La actividad tendiente a publicitar un bien inmueble para que las personas a quienes les interese lo conozcan y adquieran.

V) RESPETO.-Otro valor fundamental, que representa la conducta que aplica una persona hacia el resto de personas, hacia su trabajo y su tiempo.

W) RESPONSABILIDAD.- El valor fundamental que va encaminado a la seriedad tanto en las actividades que desarrolla una persona, en lo particular y en el trabajo en equipo.

X) VERDAD.- El valor de apegar nuestra conducta al DEBER SER.

Y) VENDEDORES DE BEMPRI.- Personas físicas que realizan el trabajo de promover el portafolio de BEMPRI, a cambio de un pago de comisión. Se dividen en VENDEDORES SENIOR Y VENDEDORES JUNIOR.

Z) VENDEDOR JUNIOR.- Las personas que inician su actividad con BEMPRI, y no tienen experiencia en materia de bienes raíces.

AA) VENDEDORES SENIOR.- Las personas que tienen experiencia en materia de bienes raíces, han laborado por lo menos un ano en BEMPRI, y han alcanzado metas de ventas, de 24 inmuebles anuales.

BB) VENTA.- La actividad de colocar un bien o servicio en el mercado.

CC) VENTA INMOBILIARIA.- La actividad de colocar un bien inmueble en el mercado inmobiliario.

DD) VENTA CONJUNTA.- La operación de transmisión de propiedad de un inmueble obtenida por el esfuerzo de dos o más vendedores.

CAPITULO SEGUNDO

MISION, FILOSOFIA Y POLITICA DE BEMPRI

ARTICULO TERCERO.- Nuestra misión es cumplir con eficiencia con los requerimientos de nuestros clientes, para brindar un mejor servicio.

ARTICULO CUARTO.- Como filosofía en nuesta empresa, sabemos que lo más importante en una relación de prestación de servicios, es la que se brinda a través de un trato personal y continuo a los clientes que nos honran con su preferencia y confianza, a fin de satisfacer siempre con sus requerimientos.

ARTICULO QUINTO.-Nuestros valores corporativos son:

A) El cliente es lo mas importantes;

B) Los compromisos son para nosotros mismos, debemos cumplirlos;

C) Sentirnos motivados por lo que hacemos para dar un mejor servicio a nuestros clientes;

D) Conformar un ambiente de trabajo en equipo sano, sincero y honesto, en beneficio de nuestros clientes.

ARTICULO SEXTO.- La política que rige a nuestra empresa se basa en los siguientes puntos:

1.- Hacer la vida del cliente más fácil (coeficiente de conveniencia).

2. proveer mayores resultados.

3. tomar como propio el problema del cliente.

4. potenciar los clientes a través del conocimiento.

5. dirigir la complejidad del cliente.

6. involucrar al cliente en la creación de valor.

7. proveer más opciones

CAPITULO TERCERO

SERVICIOS, ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LOS EMPLEADOS DE BEMPRI

ARTICULO SEPTIMO.- Nuestra Empresa se especializa y encarga de los siguientes servicios divididos en dos áreas principales:

1.- Area Jurídica.- La cual contempla aspectos de Consultoria Jurídica, Jurídico Contencioso, Jurídico Administrativo, Jurídico Corporativo.

2.- Area Inmobiliaria.- La cual contempla la Administración de Inmuebles, Promoción Inmobiliaria, Avaluos, Comercialización de Desarrollos Inmobiliarios y,

3.- Area de Construcción y Remodelación de Inmuebles.

ARTICULO OCTAVO.- La Empresa cuenta con las siguientes direcciones para encargarse de los servicios anteriormente apuntados:

A) Dirección General;

B) Dirección Jurídica;

C) Dirección de Recursos Humanos;

D) Dirección de Relaciones Publicas;

E) Dirección Inmobiliaria;

F) Coordinación de Ventas;

G) Coordinación Administrativa y

H) Vendedores.

ARTICULO NOVENO.- Las funciones de la Dirección General son:

ARTICULO DECIMO.- Las funciones de la Dirección Jurídica son:

ARTICULO DECIMO PRIMERO.- Las funciones de la Dirección de Recursos Humanos son:

ARTICULO DECIMO SEGUNDO.-Las funciones de la Dirección de Relaciones Públicas son:

ARTICULO DECIMO TERCERO.- Las funciones de la Dirección Inmobiliaria son:

ARTICULO DECIMO CUARTO.- Las funciones de la Coordinación de ventas son: A) Responsable de establecer relación con las distintas dependencias de gobierno, sindicatos y delegados locales FOVISSSTE, INFONAVIT, INSTITUCIONES BANCARIAS E HIPOTECARIAS, con la intención de negociar y detectar oportunidades de mercado; B) Responsable de asegurar los resultados para el desarrollo del esquema hipotecario y Telemercadeo en cada uno de los procesos de venta y crédito en su zona de influencia de todo su equipo de trabajo, mediante el esquema de gestión definido por la Empresa y, C)Diseño los planes de venta y asigna recursos materiales y humanos a los canales de prospección de ventas.

ARTICULO DECIMO QUINTO.- Las funciones de la Coordinación Administrativa son:

ARTICULO DECIMO SEXTO.- Las funciones de los vendedores son:

CAPITULO CUARTO

PRINCIPIOS Y ACTIVIDAD INMOBILIARIA.

ARTICULO DECIMO SEPTIMO.- Los principios que rigen la actividad inmobiliaria de BEMPRI, son: FIDELIDAD, RESPETO, COMPANERISMO, DISCIPLINA Y HONESTIDAD.

ARTICULO DECIMO OCTAVO.-La actividad que realiza BEMPRI, es la de comercializar los inmuebles que conforman su portafolio inmobiliario, tendiente a conseguir la renta, venta o traspaso de dichos inmuebles, mediante el pago una comisión mercantil.

ARTICULO DECIMO NOVENO.- La comisión que cobra BEMPRI, por la comercialización de los bienes inmuebles, corresponde al 4 % sobre el precio de venta de las propiedades. En el caso de renta de inmuebles, la comisión es de un mes de renta del producto inmobiliario, y un 10% sobre la renta, para el caso de la actividad de Administración de Rentas.

ARTICULO VIGESIMO.- BEMPRI, se reserva el derecho de aplicar promociones de descuento en las comisiones a la que se refiere el artículo anterior.

ARTICULO VIGESIMO PRIMERO.- La promoción inmobiliaria que BEMPRI, asumirá para la comercialización de su portafolio, será la siguiente:

a) Impresión

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