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DERECHOS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN


Enviado por   •  2 de Febrero de 2014  •  3.405 Palabras (14 Páginas)  •  134 Visitas

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DERECHOS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Los medios de comunicación, al igual que los ciudadanos y las sociedades, poseen un conjunto de normas que los regulan. Estos derechos son los encargados de unificar la libertad de expresión y de pensamiento, es decir, las ideas y opiniones que a través de la palabra, escritura o cualquier otro medio de comunicación son divulgadas, complementadas con el derecho a comunicar o recibir con libertad la información veraz por cualquier medio de difusión.

En conjunto con los derechos de expresión e información, se origina la incertidumbre de si los mismos también incluyen la libertad de creación en sí del propio medio. Es este sentido, en los países democráticos no existen trabas en cuanto a la posibilidad de crear medios escritos; sin embargo, la apertura de medios audiovisuales, como emisoras de radio o de televisión, posee mayores complicaciones.

En la practica, el derecho de los medios de radiodifusión se caracteriza por una nutrida y especifica regulación que disiente con el reconocimiento de la libertad de prensa en relación con la naturaleza e intensidad de las interferencias ajenas.

No son pocos los países que acaparan para el Estado u para cualquier ente publico, municipal o regional, la implantación de cadenas de televisión. Allí donde se permite el establecimiento de medios privados, es habitual que se limite su número, o que se pronuncie un sistema mixto de gestión directa por las entidades públicas e indirecta por los particulares a través de concesiones administrativas.

La legislación en materia de medios de comunicación social, característica de los sistemas democráticos prohíbe la censura anticipada, y admite el secuestro de publicaciones y grabaciones o de otras fuentes de información únicamente cuando ha mediado la resolución judicial previa. De igual modo, la perturbación lógica por el pluralismo informativo lleva la necesidad de establecer una legislación especial acerca de la utilización de los medios en los procesos electorales, a fin de que las distintas fuerzas políticas consigan hacerse oír.

ROL DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN VENEZUELA

Cada día más, los medios de comunicación se hacen necesarios en los sistemas democráticos. Ellos cumplen diversas funciones dependiendo de las características del gobierno en donde se desenvuelven. En democracias jóvenes, los medios de comunicación consolidan el sistema político; y en democracias ya establecidas, se encargan de defenderla para que no se cometan injusticias.

Los medios, en un régimen de libertades, son los entes que procuran brindar una perspectiva más justa del acontecer diario. Ellos intentan de que los diferentes puntos de vista que se presentan sean la representación más fiel de la realidad y de esta manera, instituir al ciudadano de forma integral.

En nuestro país, Los medios de comunicación permiten a las personas estar informados, satisfaciéndoles su derecho. En cuanto a esa información o noticia, actúan en dos planos: uno general, donde deben emitir información veraz, oportuna e imparcial, donde se evita la difusión de la noticia falsa, o manipulada con medias verdades; uno de la desinformación que niega la oportunidad de conocer la realidad de la noticia; o de la conjetura o información parcializada para lograr un fin específico contra algo o alguien.

Este derecho constitucional, a favor de toda persona, crea en los medios la obligación de información veraz, oportuna e imparcial, que da derecho a réplica o rectificación, el cual puede ejercerse mediante un amparo, si la situación jurídica de la persona se ve afectada por la información inexacta (así no esté referido a ella), que le impide recibir y difundir informaciones o ideas que le permitan ejercer correctamente su derecho a la libertad de pensamiento o expresión.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

La libertad de expresión es una de los más representativos y característicos derechos de los sistemas democráticos. Este principio se basa en la facultad que posee el individuo de exponer sus ideas, pensamientos y opiniones por medio de la palabra, por escrito o cualquier otro medio de reproducción sin inconvenientes, consignas, autorizaciones previas o censura por parte de la autoridad.

La libertad de expresión es resultado de las libertades de pensamiento y de opinión; pero como éstas constituyen un derecho absoluto y sin limitaciones, la libertad de expresión conlleva a manifestar lo que se piensa u opina, y por ello tiene una restricción que las leyes se encargan de establecer. Estas demarcaciones son los derechos que poseen los demás ciudadanos, que implica el respeto hacia su honor, intimidad y fama, así como también los derechos que posee la sociedad en conjunto a que no se divulguen opiniones o pensamientos que amenacen el orden público o el orden de convivencia ya establecido.

Esto, aunque puede parecer una discordancia a la libertad de expresión no es así, sino que simplemente por el hecho de tener la facultad de exponer libremente opiniones o pensamientos no se van a transgredir los derechos de las demás personas y mucho menos ir en contra de principios establecidos en la sociedad o cultura en la cual el individuo se desenvuelve.

De esta forma, la libertad de expresión no puede habilitar la propagación incontrolada de expresiones que vayan en contra de una persona o de una institución, o que se consideren como una intromisión ilegítima en la vida privada de los individuos; Pero tampoco puede permite la difusión de ideas que constituyan o que conlleven a una practica del terrorismo, o que supongan una agresión contra la infancia.

ANTECEDENTES DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN VENEZUELA

Durante el período colonial, la Metrópoli ejerció una rígida censura sobre impresos de toda condición. Se prohibió la venta de libros traídos desde fuera de los Reinos y se encomendó al Supremo Tribunal la vigilancia de los impresos.

En las colonias donde existieron periódicos, la censura los alcanzaba. Es así como en 1808 aparece en Venezuela la Gazeta de Caracas a la misma vez que se dicta la Constitución donde se prevé la libertad de imprenta en un plazo de dos años.

El 26 de abril de 1811, la Gazeta publica un documento llamado: Reglamento de la Libertad de Imprenta en España, precedido del siguiente párrafo:

"Atendiendo las Cortes Generales y Extraordinarias a que la facultad individual de los ciudadanos de publicar sus pensamientos e ideas políticas, es no solo un freno de la arbitrariedad de los gobiernos, sino también un medio de ilustrar a la nación en general

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