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Gases Retie

juliocesarl9029 de Mayo de 2015

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INFORMACIÓN IMPORTANTE:

Mediante la Resolución 18 0466 del 2 de abril de 2007, el

Ministerio de Minas y Energía emitió el nuevo RETIE.

Entre las modificaciones más importantes se resaltan:

- Exigencia de Certificación a nuevos productos como postes, puerta cortafuego, bandejas porta cables, bombillas compactas, grupos electrógenos, entre otros.

- La inspección de Instalaciones se obliga para instalaciones de usuario final de más de 10 KVA o que estén en edificaciones de 5 o más unidades de vivienda.

- A las instalaciones de menos de 10 KVA no les cubre la obligatoriedad de tener diseños eléctricos.

- Se elimina la Inspección de Instalaciones eléctricas de categoría “Condicionado”, solo se podrán otorgar “Aprobado” o “No Aprobado”.

Consulte el texto de la Resolución completa en la sección NORMATIVIDAD del sitio www.minminas.gov.co

Ministerio de Minas y Energía

Luis Ernesto Mejía Castro

Ministro de Minas y Energía

Manuel Fernando Maiguashca Olano

Viceministro de Minas y Energía

Luis Eduardo Villamizar Caicedo

Director Técnico de Energía

David Aponte Gutiérrez

Asesor

Unidad de Planeación Minero Energética – UPME

Carlos Arturo Flórez Piedrahita

Director General

Alberto Rodríguez Hernández

Subdirector de Planeación Energética

Francisco de Paula Toro Zea

Asesor

ISBN: 958-97750-4-7

Diseño Preprensa e Impresión:

www.digitosydisenos.com

Bogotá D.C. Marzo 2006

PRESENTACIÓN

El primero de mayo de 2005 entró a regir en Colombia el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE, cuyo objeto es establecer las medidas que garanticen la seguridad de las personas, la vida animal y vegetal, y la preservación del medio ambiente, previniendo, minimizando o eliminando los riesgos de origen eléctrico.

El RETIE se aplica a toda instalación eléctrica nueva, ampliación y remodelación de la misma que se realice en los procesos de Generación, Transmisión, Transformación, Distribución y Utilización de la energía eléctrica, así como a algunos productos de mayor utilización en las instalaciones eléctricas.

El Reglamento debe ser observado por las personas que de una u otra manera estén involucradas con estas instalaciones, tales como los fabricantes y quienes comercialicen dichos productos, diseñen, dirijan, construyan, hagan interventoría o emitan dictamen de inspección de las instalaciones; las empresas que prestan el servicio de energía eléctrica, los organismos de certificación de productos o de inspección de las instalaciones.

Para probar el cumplimiento del RETIE se utiliza el mecanismo de certificación de la conformidad, que se aplica tanto a los productos que el RETIE le establece requisitos obligatorios, como a las instalaciones ya terminadas.

El Reglamento establece DISPOSICIONES TRANSITORIAS, que permiten optimizar costos y madurar los sistemas de verificación del cumplimiento del mismo, sin dejar de exigir que las instalaciones se construyan cumpliendo los estandares de seguridad requeridos, lo cual redundará en la reducción de costos a los usuarios por la prevención de accidentes, disminución de manteniento correctivo y menor reposición de productos defectuosos.

El Ministerio de Minas y Energía, con el apoyo de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME, presenta este documento que en forma sencilla y clara expone las disposiciones del RETIE con el ánimo de facilitar la comprensión su contenido y promover la seguridad de las instalaciones eléctricas.

LUIS ERNESTO MEJÍA CASTRO Ministro de Minas y Energía

La Ley 170 de 1994, define un Reglamento Técnico así:

“Es un documento en el que se establecen las características de un producto, los procesos y métodos de producción con ellas relacionados, con inclusión de las disposiciones administrativas aplicables, y cuya observancia es obligatoria”.

Es un Documento que puede incluir disposiciones en materia de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado aplicables a un producto, proceso o método de producción, o tratar exclusivamente de ellas”.

COMPROMISOS DEL PAÍS

El país se comprometió con los firmantes de tratados comerciales a:

• No crear obstáculos innecesarios al comercio

• Cualquier restricción debe referirse a objetivos legítimos y se debe establecer mediante reglamentos técnicos

• Notificar los proyectos de reglamentos, asegurar un servicio de información y consulta permanente de esos reglamentos

Los objetivos legíítiimos que se pueden proteger mediante Reglamentos

Técnicos son:

• Protección de la vida y salud humana

• Protección de la vida animal y vegetal

• Protección del medio ambiente

• Prevención de prácticas que puedan inducir a error al usuario

• Seguridad Nacional

Estos son los únicos argumentos que se pueden invocar en un reglamento técnico, otros argumentos podrán ser considerados obstáculos innecesarios al comercio.

Con relación a la electricidad, las normas de electrotecnia siempre han estado enfocadas a estos objetivos:

• Protección de la vida y los bienes materiales.

• Proporcionar la suficiente seguridad del servicio de electricidad, en la generación, transmisión, distribución y utilización.

Estos objetivos de las normas de electrotecnia, se acercan a los objetivos legítimos que puede invocar un país.

ANTECEDENTES DEL RETIE

INTERNACIONALES

• Globalización de mercados

• Integración económica de países

• Acuerdo sobre O.T.C. de OMC

• Fusión Técnico – Legal

• Compras con base en la calidad

• Gran desarrollo tecnológico

• Países subdesarrollados frente a los desarrollados

• Procesos de normalización

NACIONALES

• Régimen de derecho privado y cambio de propiedad de empresas del sector eléctrico

• Eliminación de obligatoriedad de normas técnicas

• Deterioro de la seguridad en las instalaciones y trabajos relacionados

• Aumento de accidentes

• Alto costo para el país

OBJETO DEL RETIE

Establecer medidas que garanticen la seguridad de las personas, de la vida animal y vegetal y la preservación del medio ambiente; previniendo, minimizando o eliminando los riesgos de origen eléctrico. Estas prescripciones parten de que se cumplan los requisitos civiles, mecánicos y de fabricación de equipos.

Para cumplir estos objetivos legítimos, el RETIE se basó en los siguientes objetivos específicos:

• Fijar las condiciones para evitar accidentes por contactos eléctricos directos e indirectos

• Establecer las condiciones para prevenir incendios causados por electricidad

• Fijar las condiciones para evitar quema de árboles causada por acercamiento a líneas de energía

• Establecer las condiciones para evitar muerte de animales causada por cercas eléctricas

• Establecer las condiciones para evitar daños debidos a sobrecorrientes y sobretensiones

• Adoptar los símbolos de tipo verbal y gráfico que deben utilizar los profesionales que ejercen la electrotecnia

• Minimizar las deficiencias en las instalaciones eléctricas

• Establecer claramente los requisitos y responsabilidades que deben cumplir los diseñadores, constructores, operadores, propietarios y usuarios de instalaciones eléctricas, además de los fabricantes, distribuidores o importadores de materiales o equipos

• Unificar las características esenciales de seguridad de productos eléctricos de más utilización, para asegurar mayor confiabilidad en su funcionamiento

• Prevenir los actos que puedan inducir a error a los usuarios, tales como la utilización o difusión de indicaciones incorrectas o falsas o la omisión de datos verdaderos que no cumplen las exigencias del Reglamento

• Exigir confiabilidad y compatibilidad de los productos y equipos eléctricos mencionados expresamente

El RETIE se aplica a partir del primero de mayo de 2005 a:

• Toda instalación eléctrica nueva

• Toda ampliación de una instalación eléctrica y

• Toda remodelación de una instalación eléctrica que se realice en los procesos de generación,

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