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Legislación Vigente En Educación Infantil

yiyiloca28 de Octubre de 2014

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Lectura: Legislación vigente en Educación Infantil

1. ¿Qué edades tiene que atender la Educación Infantil? ¿De cuántos ciclos se compone la Educación Infantil?

La Educación Infantil atiende a niños y niñas desde el nacimiento hasta los seis años de edad. Se compone de dos ciclos: el primero que comprende hasta los 3 años, y el segundo, que abarca desde los tres a los seis años (ORDEN ECI/3960/2007, de 19 de diciembre, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la educación infantil. Disposiciones generales. Artículo 2, Principios generales).

2. ¿Qué finalidad tiene la Educación Infantil?

Tal y como indica el Art. 3 de la ORDEN ECI/3960/2007, de 19 de diciembre, la finalidad de la Educación Infantil es contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y las niñas.

3. ¿En qué se basarán los métodos de trabajo que apliquemos en el aula?

El Art. 2, Principios generales de la ORDEN ECI/3960/2007, de 19 de diciembre, establece que “los métodos de trabajo en ambos ciclos se basarán en las experiencias, en la actividad infantil y en el juego, y se aplicarán en un ambiente de seguridad, afecto y confianza para potenciar la autoestima y la integración social.”

4. ¿Deben fomentar las administraciones educativas la iniciación temprana en las tecnologías de la información?

Lo deben fomentar y lo fomentan. La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, en el Preámbulo, apartado IV, hace hincapié en la necesidad del cambio metodológico, de forma que el alumno sea un elemento activo de su proceso de aprendizaje. En el apartado XI también valora positivamente la incorporación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Y en la misma ley, apartado setenta y nueve, añade un nuevo artículo 111 bis, dedicado exclusivamente a las TIC.

Asimismo, están consideradas dentro de las áreas del segundo ciclo de Educación Infantil: “se propiciarán experiencias de iniciación temprana en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información y la comunicación y (…)” y forman parte del Área “Lenguajes: comunicación y representación”, Bloque 2.

5. ¿Cuáles son las áreas del segundo ciclo de Educación Infantil? Señala cuáles son los bloques de contenido (solo título del bloque) de cada una de esas áreas (Anexo).

Según establece la ORDEN ECI/3960/2007, de 19 de diciembre, las áreas del segundo ciclo de Educación Infantil son:

1- Conocimiento de sí mismo y autonomía personal:

- Bloque 1: El cuerpo y la propia imagen.

- Bloque 2: Juego y movimiento.

- Bloque 3: La actividad y la vida cotidiana.

- Bloque 4: El cuidado personal y la salud.

2- Conocimiento del entorno:

- Bloque 1: Medio físico: elementos, relaciones y medida.

- Bloque 2: Acercamiento a la naturaleza.

- Bloque 3: Cultura y vida en sociedad.

3- Lenguajes: comunicación y representación:

- Bloque 1: Lenguaje verbal.

- Bloque 2: Lenguaje audiovisual y tecnologías de la información y comunicación.

- Bloque 3: Lenguaje artístico.

- Bloque 4: Lenguaje corporal.

6. ¿Cuál será nuestra principal técnica para evaluar a los alumnos?

Nuestra principal técnica para evaluar a los alumnos será la observación directa y sistemática y el análisis de las producciones de los niños así como las entrevistas con las familias.

7. ¿A qué tendremos que adaptar nuestra práctica o intervención educativa?

El artículo 9 de la ORDEN ECI/3960/2007 establece que la intervención educativa debe contemplar como principio la individualización de la enseñanza. Nuestra práctica educativa la adaptaremos

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