Los Derechos De La Propiedad Inelectual En El ALCA
valeckk18 de Agosto de 2011
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INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DEL SUR
DEL ESTADO DE YUCATÁN.
ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN.
GESTIÓN TECNOLÓGICA III.
ASESORA:
ING. IND. ELSY MARTÍN CALDERÓN.
INGENIERÍA INDUSTRIAL.
ALUMNO:
XIX HOIL JESÚS VALENTÍN.
VIII SEMESTRE GRUPO “B”
22 DE FEBRERO DE 2011.
Los Derechos De Propiedad Intelectual En El ALCA: Protección Y Apropiación De Todo Tipo De Conocimiento Y Recursos Genéticos.
Eduardo Galeano nos muestre “las venas abiertas de América Latina”, en donde nos muestra a detalle cómo los pueblos son saqueados por el imperialismo y el capitalismo contemporáneo, de éste último, nos dice que con el paso del tiempo, los pueblos son transformados por medio de la actualización o modernización, y sus dos principales medios para hacerlo son: la fortaleza de la tradición y la cultura de los pueblos por su rica biodiversidad.
Gracias a este acontecimiento surge el Derecho de Propiedad Intelectual (DPI) como derecho legal en los siguientes campos: industrial, científico, literario y artístico.
La importancia del DPI en el contexto del ALCA menciona tres dimensiones fundamentales: 1 se refiere al vínculo entre la protección a los individuos (empresas), 2 la diversidad biológica de la región latinoamericana y caribeña, y 3 la existencia de múltiples comunidades indígenas y campesinas de larga tradición, de las cuales son una apropiación de riquezas naturales, biológicas y sociales con mira para ponerlas al servicio de la ganancia.
Los Derechos de Propiedad Intelectual en el marco de la OMC.
Surge en el siglo XV en Venecia, pero el auge de este derecho se da a partir de la década de los ochenta del siglo pasado, así mismo se desarrollan las negociaciones para su regulación a través de los organismos y tratados comerciales, en el denominado acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC) de la OMC y para nuestra región TLCAN como en la propuesta del ALCA, dos son los elementos objetivos a enfatizar: 1º fortalecer y ampliar las disciplinas relativas a los DPI, 2º su negociación implica el cambio de las legislaciones de los países participantes, a fin de adecuarlas a lo que se logre negociar.
La regulación internacional sobre los DPI logra establecerse claramente en 1883 con la convención de París.
De esta manera, los países desarrollados en 1986 se incorporan en las negociaciones comerciales los DPI, justificando su inclusión por la creciente cantidad de mercancías falsificadas en los circuitos comerciales internacionales, concentrándose así en 1994 el Acuerdo de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio, conocido como ADPIC o TRIPS por sus siglas en ingles.
Los Derechos de Propiedad Intelectual en el ALCA o ADPIC-PLUS.
El objetivo central es la transformación de tecnología y el desarrollo de los países, del cual debemos hacer dos acotaciones: a) la inexistencia de mecanismos que permitan concentrarlos, b) no se toman en cuenta las diferencias en el grado de desarrollo de las economías.
Derechos de Propiedad Intelectual: defensa de los intereses del capital industrial.
El fortalecimiento de los DPI no es otra cosa que el reconocimiento que tienen las grandes corporaciones para apropiarse de los conocimientos producidos y lograr proteger las ganancias que se deriven de su uso. La solución imperfecta, es garantizar el derecho, sentar las condiciones para que ésta pueda ser comercializado, las licencias tecnológicas es una de las formas de circulación.
Así, este conflicto
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