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Propiedad Y Derecho


Enviado por   •  1 de Noviembre de 2012  •  1.808 Palabras (8 Páginas)  •  417 Visitas

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LA PROPIEDAD.

Es el poder que confiere el Derecho al sujeto sobre una cosa; lo cual lo faculta para beneficiarse en forma exclusiva, de todas las utilidades que el bien es capaz de proveer. En Derecho civil, la propiedad está limitada por el derecho de los demás y por las obligaciones que se derivan de ella.

En Derecho, la propiedad es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley. Es el derecho real que implica el ejercicio de las facultades jurídicas más amplias que el ordenamiento jurídico concede sobre un bien.

El objeto del derecho de propiedad está constituido por todos los bienes susceptibles de apropiación. Para que se cumpla tal condición, en general, se requieren tres condiciones: que el bien sea útil, ya que si no lo fuera carecería de fin la apropiación; que el bien exista en cantidad limitada, y que sea susceptible de ocupación, porque de otro modo no podrá actuarse.

DERECHO.

Es el conjunto de reglas que dirigen al ser humano en su conducta, para qué viva conforme a la justicia es lo que conocemos como Derecho.

La palabra Derecho es muy compleja, aplicable en todas las esferas de la vida, y constituye lo fundamental en el mundo jurídico (positivo, histórico y doctrinal) y su proceder debe ser con orden y detalle, ya que se usa como adjetivo, adverbio y sustantivo.

Existen varias acepciones de la palabra Derecho, y ha sido trabajo para los grandes juristas que a través del tiempo se han dedicado a crear un concepto que englobe en sí, lo que significa en el campo de las leyes.

Así tenemos que para Cabanella “Es un conjunto de leyes. Colección de principios, preceptos y reglas a que están sometidos todos los hombres en cualquiera sociedad civil para vivir conforme a la justicia, paz y a cuya observancia pueden ser compelidos por la fuerza”.

Hans Kelsen, tenía su propia visión sobre el Derecho, y la llamo Teoría pura del Derecho, es un análisis del Derecho como fenómeno autónomo de consideraciones ideológicas o morales, del cual excluyo cualquier idea de derecho natural.

Como se puede observar, a través del tiempo han sido muchas las acepciones encontradas de la palabra Derecho, pero todos coinciden en que es un conjunto de normas que permitan al hombre vivir en una sociedad donde se respete al prójimo en justicia, equidad y paz.

CARACTERISTICAS DEL DERECHO DE PROPIEDAD.

El derecho de propiedad es un poder moral, exclusivo y perfecto, pero con carácter de limitación y subordinación, así como también perpetuo.

_Es un poder moral porque la apropiación que se hace del bien es reflexiva y no instintiva, es decir, la destinación al fin se hace previo el conocimiento del fin que se acepta libremente.

_Es un derecho exclusivo, derivado de la limitación esencial de la utilidad en muchos objetos, que no puede aplicarse a remediar las necesidades de muchos individuos a la vez. Por esta razón, no son bienes apropiables los llamados de uso inagotable o bienes libres, que existen en cantidades sobrantes para todos, como el aire atmosférico, el mar o la luz solar.

_ Es un derecho perfecto. El derecho de propiedad puede recaer sobre la sustancia misma de la cosa sobre su utilidad o sobre sus frutos: de aquí deriva el concepto de dominio imperfecto según que el dominio se ejerza sobre la sustancia (dominio radical) o sobre la utilidad (dominio de uso o sobre los frutos, dominio de usufructo). Estas tres clases de dominio, al hallarse en un solo sujeto, constituyen el dominio pleno o perfecto.

El derecho de propiedad es un derecho perfecto, pues por él, todo propietario puede reclamar o defender la posesión de la cosa, incluso mediante un uso proporcionado de la fuerza, y disponer plenamente de su utilidad y aun de su substancia, con la posibilidad en determinados supuestos de destruir la cosa.

_Es un derecho limitado o restringido por las exigencias del bien común, por la necesidad

ajena y por la ley, y subordinado, en todo caso, al deber moral.

_Es perpetuo, porque no existe un término establecido para dejar de ser propietario

Propiedad colectiva.

LEY ESPECIAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

La ley Especial de Asociaciones Cooperativas establece en el Artículo 43 del capítulo VII (7), que las cooperativas son empresas de propiedad colectiva ya que está conformada con varios asociados que buscan un bienestar personal y colectivo, su diseño es autónomo debido a que son los propios asociados a través de la participación democrática eligen la manera de llevar adelante su actividad económica, son los propios asociados quienes deben aportar los recursos de dinero o trabajo para lleva a cabo la actividad económica a la que se dedicara dicha cooperativa.

FORMAS DE ORGANIZACIÓN SOCIO-PRODUCTIVAS PREVISTAS EN LA LEY PARA EL FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ECONOMÍA POPULAR: LA EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA O COMUNAL Y LA EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL INDIRECTA.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 8 de la Ley para el Fomento y desarrollo de la Economía Popular las formas de organización socio-productiva Son unidades comunitarias con autonomía e independencia en su gestión, orientadas a satisfacer las necesidades de sus miembros y de la comunidad en general , mediante una economía basada en la producción, transformación, distribución e intercambio de saberes, bienes y servicios, en las cuales el trabajo tiene significado propio y auténtico; y en las que no existe discriminación social ni de ningún tipo de labor, ni tampoco privilegios asociados a la posición jerárquica.

DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9 DE LA LEY PARA EL FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ECONOMÍA POPULAR SON FORMAS DE ORGANIZACIÓN SOCIO-PRODUCTIVAS LA SIGUIENTE:

_ Empresa de Propiedad Social Directa

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