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Resulto Trabajo Significados


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2014  •  2.403 Palabras (10 Páginas)  •  143 Visitas

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1) SBS (Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones)

MISION.- Proteger los intereses del público, cautelando la estabilidad, la solvencia y la transparencia de los sistemas supervisados, así como fomentar una mayor inclusión financiera y contribuir con el sistema de prevención y detección del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.

FUNCIONES

 La Superintendencia ejerce en el ámbito de sus atribuciones, el control y la supervisión de las empresas que conforman el Sistema Financiero, Sistema de Seguros y Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones y de las demás personas naturales y jurídicas incorporadas por la Ley General, la Ley del Sistema Privado de Pensiones o por leyes especiales, de manera específica en los aspectos que le corresponda.

 supervisa el cumplimiento de la Ley Orgánica y disposiciones complementarias del Banco de la Nación, Banco Agropecuario, Corporación Financiera de Desarrollo, Fondo MIVIVIENDA S.A. y Banco Central de Reserva del Perú, sin perjuicio.

 Autorizar la organización y funcionamiento de personas jurídicas que tengan por fin realizar cualquiera de las operaciones señaladas en la Ley General y en la Ley del Sistema Privado de Pensiones.

 Velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos, estatutos y toda otra disposición que rige al Sistema Financiero, Sistema de Seguros y Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones.

 Dictar las normas necesarias para el ejercicio de las operaciones financieras y de seguros, y servicios complementarios a la actividad de las empresas y para la supervisión de las mismas, así como, para la aplicación de la Ley General.

TITULO: SBS oficializa pedido de devolver rentabilidad a independientes

FUENTE: DIARIO EL COMERCIO fecha publicación: JUEVES 16 DE OCTUBRE DEL 2014

COMENTARIO:

¿SABE PARA QUE SIRVE LA SBS?

SI NO NS/NP

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2) OSIPTEL (Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones)

MISION: "Regular y supervisar el mercado de las telecomunicaciones para promover la competencia, la calidad de los servicios y el respeto a los derechos de los usuarios."

Función Reguladora.- Es la facultad que tiene el OSIPTEL de fijar tarifas de los servicios públicos de telecomunicaciones; actualmente estas tarifas son establecidas libremente por cada empresa operadora, de acuerdo con las condiciones de oferta y demanda en el mercado; no obstante, el OSIPTEL puede establecer tarifas tope para determinados servicios

Función Normativa.-OSIPTEL dicta reglamentos en cuanto a los temas necesarios de regular en el mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones tales como: sistemas tarifarios, procedimientos de reclamos, organización interna del OSIPTEL, proceso de aprobación de reglamentos, normas y regulaciones, lineamientos y criterios para la existencia de contabilidad separada en las empresas operadoras, lineamientos para la interconexión de servicios y redes, estándares de calidad y las condiciones de uso de los servicios que se encuentren bajo su competencia, relaciones entre las empresas comercializadoras y las empresas operadoras y, entre aquellas y los usuarios del servicio; en aquellos aspectos relativos a la comercialización de tráfico de telecomunicaciones y otros

Función Fiscalizadora y Sancionadora.-La función fiscalizadora y sancionadora permite al OSIPTEL imponer sanciones y medidas correctivas a las empresas operadoras y demás empresas o personas por el incumplimiento de las normas aplicables, de las regulaciones y de las obligaciones contenidas en los contratos de concesión.

Función de Tipificación de Sanciones.-El OSIPTEL podrá, en materias de su competencia exclusiva, tipificar las infracciones que no estén previstas en la Ley de Telecomunicaciones y determinar las sanciones correspondientes, dentro de las categorías previstas en la referida Ley.

Función de Solución de Reclamos de Usuarios.-El OSIPTEL tiene como competencia exclusiva para reconocer y resolver los reclamos presentados por usuarios contra EMPRESAS OPERADORAS, en segunda instancia que está relacionada con:

Facturación o cobro de servicios Instalación o Activación del servicio traslado del servicio

Función de Solución de Controversias.-Esta función, autoriza a los órganos funcionales competentes del OSIPTEL a resolver en la vía administrativa los conflictos y las controversias que, dentro del ámbito de su competencia, surjan tanto, entre empresas operadoras, y entre éstas y el usuario. Quedan excluidas de esta función aquellas controversias que son de competencia exclusiva del INDECOPI. La función de resolver controversias comprende además la de conciliar intereses contrapuestos

Función Supervisora.-Esta función permite al OSIPTEL verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o técnicas por parte de las empresas operadoras así como de los reglamentos a los que deben ceñirse.

TITULO: Garantizarán el 40% de la velocidad de internet que contrates

FUENTE: DIARIO el comercio fecha publicación: jUEVES 16 DE OCTUBRE DEL 2014

COMENTARIO: LA EMPRESA OSIPTEL SI CUMPLE CON SU MISION

¿SABE QUE FINALIDAD TIENE OSIPTEL CON LOS USUARIOS DE TELEFONIA MOVIL?

SI NO NS/NP

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3) COFOPRI (ORGANISMO DE FORMACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL)

MISION: Ejecutar la formalización de la propiedad a través de óptimos procesos de titulación con tecnología avanzada, a favor de la población informal en el país, en busca del respeto y seguridad jurídica permanente, transfiriendo dichas capacidades a los Gobiernos Regionales y Locales.

Fortalecer la gestión de los Gobiernos Locales y regionales proporcionándoles el Catastro de Propiedad de sus respectivas jurisdicciones para un eficiente y eficaz desarrollo de sus localidades en términos de Desarrollo Urbano, Transpone. Ecología y Medio Ambiente. Seguridad Ciudadana, Recaudación Tributaria, entre otros.

FUNCION GENERAL:

Diseñar, normar, ejecutar y controlar el proceso de formalización de la propiedad predial y su mantenimiento en la formalidad, comprende el saneamiento físico y legal y la titulación, la formulación del catastro predial, en el ámbito urbano y rural y transferir conocimientos y capacidades a los Gobiernos Regionales y Locales, en el marco del proceso de descentralización

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

 Planificar, normar, dirigir y ejecutar el proceso de formalización de terrenos ocupados por posesiones informales, centros urbanos informales, mercados públicos informales y toda otra forma de posesión, ocupación o titularidad informal de predios que estén constituidos sobre inmuebles de propiedad estatal, con fines de vivienda.

 Planificar, normar, dirigir y ejecutar otros procesos especiales de formalización de la propiedad predial, tales como programas de vivienda del Estado, urbanizaciones populares, conciliaciones, privatización de mercados públicos, reversión, procesos de declaración de la propiedad por prescripción adquisitiva de dominio y regularización del tracto sucesivo; los dos últimos, por delegación de facultades de las Municipalidades Provinciales.

 Planificar, normar, dirigir, ejecutar y controlar las acciones de formalización, saneamiento físico y legal y titulación de los predios rurales y de las comunidades nativas.

 Dirigir, ejecutar y controlar las acciones de formalización, saneamiento físico legal y titulación de las tierras eriazas y de comunidades campesinas, en coordinación con el Ministerio de Agricultura.

 Efectuar el diagnóstico y/o saneamiento físico y legal de los bienes inmuebles que conforman el Patrimonio Cultural de la Nación, de las Entidades Públicas, inclusive aquellas involucradas en proyectos de inversión, en obras de infraestructura y servicios públicos del Estado, de conformidad con las normas legales vigentes.

 Establecer las normas y especificaciones técnicas del catastro predial para la formalización, según la normatividad vigente.

 Crear y poner en funcionamiento los mecanismos para promover las transacciones sobre las propiedades formalizadas dentro de la formalidad, cuidando que los costos de estas sean inferiores a los de la informalidad.

 Promover y proponer las medidas convenientes para la creación de las condiciones necesarias de la inversión privada y pública en la prestación de servicios complementarios relacionados con la propiedad predial, que incluyan la infraestructura de servicios públicos, el crédito y otros.

 Aprobar su presupuesto y administrar los recursos financieros que le otorgue la Ley Anual de Presupuesto, así como aquellas provenientes de las diferentes fuentes de financiamiento que se requieran para la ejecución de sus actividades.

 Proponer al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento los dispositivos legales complementarios, su reglamentación y las demás disposiciones que fueran necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.

TITULO: COFOPRI formalizara 400 mil predios a nivel nacional hasta julio de 2016

FUENTE: DIARIO Perú 21 fecha publicación: sábado 21 de junio del 2014

COMENTARIO: COFOPRI beneficiara a 400 mil peruanos significando que si cumple con su misión

¿SABE EN QUE BENEFICIA COFOPRI A LOS PERUANOS?

SI NO NS/NP

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4) CONSUCODE (OSCE) “ORGANISMO SUPERIOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO”

MISION:

Ser un organismo público referente de alcance nacional, reconocido como aliado estratégico de las entidades públicas y agentes económicos, por la calidad de sus servicios y por el uso intensivo de tecnologías de información; así como por promover la eficiencia, probidad y transparencia en la gestión de las contrataciones del Estado, contribuyendo a mejorar el acceso al mercado estatal y a elevar la calidad del gasto público.

Funciones:

 Velar y promover el cumplimiento y difusión de la Ley, su Reglamento y normas complementarias y proponer las modificaciones que considere necesarias.

 Emitir Directivas en las materias de su competencia, siempre que se refieran a aspectos de aplicación de la Ley su Reglamento.

 Resolver los asuntos de su competencia en última instancia administrativa;

 Supervisar y fiscalizar, de manera selectiva y/o aleatoria, los procesos de contratación que se realicen al amparo de la Ley su Reglamento.

 Administrar y operar el Registro Nacional de Proveedores (RNP), así como cualquier otro instrumento necesario para la implementación y operación de los diversos procesos de contrataciones del Estado.

 Desarrollar, administrar y operar el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE).

 Organizar y administrar arbitrajes, de conformidad con los reglamentos que apruebe para tal efecto.

 Designar árbitros y resolver las recusaciones sobre los mismos en arbitrajes que no se encuentren sometidos a una institución arbitral, en la forma establecida en el reglamento de la Ley.

 Absolver consultas sobre las materias de su competencia. Las consultas que efectúen las entidades serán gratuitas.

 Imponer sanciones a los proveedores inscritos en el RNP que contravengan las disposiciones de la Ley, su Reglamento y normas complementarias.

 Poner en conocimiento de la Contraloría General de la República los casos en que se observe transgresiones a la normativa de contrataciones públicas, siempre que existan indicios razonables de perjuicio económico al Estado o comisión de delito.

 Suspender los procesos de contratación, en los que como consecuencia del ejercicio de sus funciones observe transgresiones a la normativa de contrataciones públicas, siempre que existan indicios razonables de perjuicio económico al Estado o de comisión de delito, dando cuenta a la Contraloría General de la República, sin perjuicio de la atribución del Titular de la Entidad que realiza el proceso, de declarar la nulidad de oficio del mismo.

 Promover la Subasta Inversa, determinando las características técnicas de los bienes o servicios que serán provistos a través de esta modalidad y establecer metas institucionales anuales respecto al número de fichas técnicas de los bienes o servicios a ser contratados.

 Desconcentrar sus funciones en sus órganos de alcance regional o local de acuerdo a lo que establezca su Reglamento de Organización y Funciones;

 Proponer estrategias y realizar estudios destinados al uso eficiente de los recursos públicos y de reducción de costos.

TITULO: OSCE inhabilita y sanciona a proveedores por presentar información falsa

FUENTE: DIARIO Perú 21 fecha publicación: Lunes 14 de abril del 2014 | 21:51 COMENTARIO: OSCE si cumple con su misión por sancionar a proveedores

¿SABE PARA QUE SIVE OSCE?

SI NO NS/NP

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5) SUNAT (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria)

MISION: Promover el cumplimiento tributario y aduanero mediante su facilitación, el fortalecimiento de la conciencia tributaria y la generación de riesgo; a través de la gestión de procesos integrados, el uso intensivo de tecnología y con un equipo humano comprometido, unificado y competente que brinde servicios de excelencia.

Funciones

 Administrar, recaudar y fiscalizar los tributos internos del Gobierno Nacional, con excepción de los municipales, así como las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), y otros cuya recaudación se le encargue de acuerdo a ley.

 Proponer al Ministerio de Economía y Finanzas la reglamentación de las normas tributarias y aduaneras.

 Expedir, dentro del ámbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes, responsables y/o usuarios del servicio aduanero, disponer medidas que conduzcan a la simplificación de los regímenes y trámites aduaneros, así como normar los procedimientos que se deriven de éstos.

 Sistematizar y ordenar la legislación e información estadística de comercio exterior, a fin de brindar información general sobre la materia conforme a Ley, así como la vinculada con los tributos internos y aduaneros que administra.

 Proponer al Poder Ejecutivo los lineamientos tributarios para la celebración de acuerdos y convenios internacionales, así como emitir opinión cuando ésta le sea requerida.

 Otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria o aduanera, de acuerdo con la Ley.

 Controlar y fiscalizar el tráfico de mercancías, cualquiera sea su origen y naturaleza a nivel nacional.

 Inspeccionar, fiscalizar y controlar las agencias de aduanas, despachadores oficiales, depósitos autorizados, almacenes fiscales, terminales de almacenamiento, consignatarios y medios de transporte utilizados en el tráfico internacional de personas, mercancías u otros.

 Prevenir, perseguir y denunciar al contrabando, la defraudación de rentas de aduanas, la defraudación tributaria, el tráfico ilícito de mercancías, así como aplicar medidas en resguardo del interés fiscal.

 Desarrollar y aplicar sistemas de verificación y control de calidad, cantidad, especie, clase y valor de las mercancías, excepto las que estén en tránsito y transbordo, a efectos de determinar su clasificación en la nomenclatura arancelaria y los derechos que le son aplicables.

 Desarrollar y administrar los sistemas de análisis y fiscalización de los valores declarados por los usuarios del servicio aduanero.

 Sancionar a quienes contravengan las disposiciones legales y administrativas de carácter tributario y aduanero, con arreglo a Ley.

 Ejercer los actos y medidas de coerción necesarios para el cobro de deudas por los conceptos indicados en el inciso precedente.

 Mantener en custodia los bienes incautados, embargados o comisados, efectuando el remate de los mismos cuando ello proceda en el ejercicio de sus funciones.

 Desarrollar programas de información, divulgación y capacitación en materia tributaria y aduanera.

 Determinar la correcta aplicación y recaudación de los tributos aduaneros y de otros cuya recaudación se le encargue de acuerdo a ley, así como de los derechos que cobre por los servicios que presta.

 Crear, dentro de su competencia, administraciones aduaneras y puestos de control, así como autorizar su organización, funcionamiento, suspensión, fusión, traslado o desactivación cuando las necesidades del servicio así lo requiera.

 Ejercer las demás funciones que sean compatibles con la finalidad de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.

TITULO: Pucusana: Personal de Sunat incautó más de dos toneladas de dinamita

FUENTE: diario Perú 21 fecha publicación: Miércoles 10 de septiembre del 2014 COMENTARIO: la SUNAT si cumple con su misión por haber incautado un CARGA que no estaba registrado

¿SABE USTED CON QUE FINALIDAD EXISTE LA SUNAT?

SI NO NS/NP

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