ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Tramites Mlegales Que Se Exigen Para Crear Una Empresa

6654luisca24 de Junio de 2013

2.982 Palabras (12 Páginas)438 Visitas

Página 1 de 12

INTRODUCCION

en Colombia, con la intención de facilitar a los emprendedores que visitan Emprendimiento Simple, este proceso, ya que es el punto de partida para que desarrollemos una actividad empresarial formal.

En Colombia hemos dado pasos agigantados en este tema aunque nos falta, pero con alegría les puedo decir que hoy en día los trámites y días necesarios para registrar una empresa se han reducido notablemente, esto permite que nuestro nivel de competencia sea mayor con relación a otros países.

Asi que Debemos aprovechar todas estas posibilidades que nos dan y crear nuestra propia empresa ser personas emprendedoras y cumplir nuestros sueños.

OBJETIVOS:

GENERAL

obtener la información correspondiente sobre requisitos legales para la creación de una empresa

ESPECIFICOS

-Conocer las diferentes clases de sociedades comerciales

-establecer caracteristicas sobresalientes de cada sociedad

-aprender a crear empresa por medio del emprendimiento

-Tener claros los pasos a seguir para lograr constituirla

JUSTIFICACIÓN

Este trabajo de investigación es de vital importancia, ya que es un tema relacionado con nuestra carrera profesional y de una u otra forma es lo que deseamos todos los administradores de empresas que es ‘’crear empresa’’ donde podamos prestar bienes y servicios a personas que lo necesiten e incrementar la demanda de personal.

Nos es de mucha utilidad saber sobre estos requisitos legales para iniciar nuestro propio negocio y tener en cuenta todos los pasos a seguir para cumplir nuestras metas trazadas

CARACTERÍSTICAS Y RESPONSABILIDADES QUE IMPLICA CADA UNO DE LOS TIPOS DE EMPRESA, DEPENDIENDO DE SI SE TRATA DE PERSONA NATURAL O PERSONA JURIDICA

PERSONA NATURAL

todas las personas que tengan la calidad de comerciante, porque desarrollan de manera profesional, habitual y permanente, actividades que la ley ha determinado como mercantiles, deben matricularse en el registro mercantil. (artículo 10 y 20 del código de comercio)

pasos a seguir para realizar su matrícula

1. es importante que usted tenga un plan de negocio o empresa, idea que pueda fortalecer con la guía que presta la cámara de comercio tunja a través del programa región empresaria “colombia emprende”, el cual desarrolla actividades gratuitas de orientación a todas las personas que tienen como idea crear empresa.

2. es importante que usted tenga claro las actividades económicas que va a desarrollar con su empresa, por ello es necesario que verifique el código ciiu que le corresponde, puede hacerlo a través de la página

3. requisitos y documentos para registrarse:

- solicitar registro único tributario (rut) o pre-rut ante las oficinas de la dian o a través de su página web www.dian.gov.co. si ya cuenta con éste documento allegar una copia.

- consulte previamente si el nombre de su establecimiento de comercio ya se encuentra registrado (homonimia) el cual puede verificarse a través de la página web www.rue.com.co

- consulta de uso de suelo: verifique en la secretaria de planeación municipal de de su respectivo municipio, si la actividad que va a desarrollar puede llevarse a cabo en el lugar que usted eligió.

- allegar fotocopia de su cédula de ciudadanía.

- diligenciar el formulario de registro único empresarial, el cual puede adquirir en cualquiera de nuestras oficinas.

- anexar fotocopia del recibo de servicio público (agua, luz, gas,), cuya dirección de domicilio corresponda a la indicada en el rut o pre-rut.

- radique estos documentos en nuestra entidad

PERSONA JURÍDICA

Para esta clasificación existen siete tipos de empresa clasificadas como sociedades, éstas son:

SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA:

Se constituye mediante documento privado ante Cámara de Comercio o Escritura Pública ante Notario con uno o más accionistas quienes responden hasta por el monto del capital que han suministrado a la sociedad.

Se debe definir en el documento privado de constitución el nombre, documento de identidad y domicilio de los accionistas; el domicilio principal de la sociedad y el de las distintas sucursales que se establezcan, así como el capital autorizado, suscrito y pagado, la clase, número y valor nominal de las acciones representativas del capital y la forma y términos en que éstas deberán pagarse.

La estructura orgánica de la sociedad, su administración y el funcionamiento de sus órganos pueden ser determinados libremente por los accionistas, quienes solamente se encuentran obligados a designar un representante legal de la compañía. Su razón social será la denominación que definan sus accionistas pero seguido de las siglas "sociedad por acciones simplificada"; o de las letras S.A.S.

SOCIEDAD LIMITADA:

Se constituye mediante escritura pública entre mínimo dos socios y máximo veinticinco, quienes responden con sus respectivos aportes, y en algunos casos según el Código de Comercio artículos 354, 355 y 357, se puede autorizar la responsabilidad ilimitada y solidaria, para alguno de los socios.

Los socios deben definir en la escritura pública el tiempo de duración de la empresa y podrán delegar la representación legal y administración en un gerente, quien se guiará por las funciones establecidas en los estatutos.

El capital se representa en cuotas de igual valor que para su cesión, se pueden vender o transferir en las condiciones previstas en la ley o en los respectivos estatutos. Cualquiera que sea el nombre de la sociedad deberá estar seguido de la palabra "Limitada" o su abreviatura "Ltda" que de no aclararse en los estatutos hará responsable a los asociados solidaria e ilimitadamente

EMPRESA UNIPERSONAL

Es el individuo, una y solo una persona que se constituye como empresario mediante escritura o documento privado ante Cámara de Comercio o ante notario con el debido reconocimiento de firma y contenido del documento. Basta con el Registro Mercantil para que sea una persona jurídica, quien responderá limitadamente con los activos, cuotas de igual valor nominal, descritos en el documento constitutivo. Corresponde al constituyente, administrar la empresa o delegar a un tercero, caso en el cual, el empresario inicial no podrá realizar actos ni contratos a nombre de la empresa unipersonal. Esta podrá tener razón social seguida de la frase "Empresa Unipersonal" o su abreviatura "E.U" so pena de que el empresario responda ilimitadamente con su patrimonio.

SOCIEDAD ANÓNIMA

Se constituye mediante escritura pública entre mínimo cinco accionistas quienes responden hasta por el monto o aporte de capital respectivo que han suministrado para la sociedad. Se debe definir en la escritura pública el tiempo de duración de la empresa y que lo hayan expresado en su documento de fundación o estatutos. La administración de ésta sociedad se desarrolla con la asamblea general de accionistas quienes definen el revisor fiscal y la junta directiva, quien a su vez define al gerente, quien es la persona que asume la representación legal de la sociedad. El capital se representa en acciones de igual valor que son títulos negociables, todo ello es el capital autorizado y se debe aclarar cuánto de esto es capital suscrito y cuánto capital pagado. Su razón social será la denominación que definan sus accionistas pero seguido de las palabras "Sociedad Anónima" o su abreviatura "S.A."

SOCIEDAD COLECTIVA

Se constituye mediante escritura pública entre dos o más socios quienes responden solidaria, ilimitada y subsidiariamente por todas las operaciones sociales. Cuando se constituye este tipo de sociedad, se debe definir en la escritura pública el tiempo de duración de la empresa, el que deseen sus socios, quienes a su vez podrán delegar la administración de la sociedad en otras personas extrañas, pero perdiendo así la posibilidad de diligenciar o gestionar negocios. Cada socio deberá entregar sus aportes en capital, especie o con trabajo, definiendo de ésta manera el capital social de la empresa, el cual no tiene ni un mínimo ni un máximo según la ley comercial. Es importante saber que la razón social de estas sociedades se forma con el nombre completo o solo apellido de uno de los socios, seguido de la palabra "y compañía", "hermanos" o "e hijos". Esto quiere decir que no podrá ir un nombre de un extraño en la razón social.

SOCIEDAD COMANDITA SIMPLE

se constituye mediante escritura pública entre uno o más socios gestores y uno o más socios comanditarios o capitalistas. Los socios gestores responden solidaria, ilimitada y directamente por las operaciones y los socios capitalistas o comanditarios solo responden por sus respectivos aportes. Cuando se constituye éste tipo de sociedad, se debe definir en la escritura pública el tiempo de duración de la empresa. Solo los socios gestores

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (19 Kb)
Leer 11 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com