Ventajas del uso de las tecnologias en la preservacion ambiental
Hector MujicaInforme11 de Mayo de 2019
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Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
U.E. Colegio “María Auxiliadora”
Barquisimeto Edo-Lara
Ventajas del uso de las tecnologías en la preservación de la vida como derecho fundamental en la sociedad
Alumno: María Mujica #22
Prof: Ana Paola de la Rosa
4to año “C”
Ventajas del uso de las tecnologías en la preservación de la vida como derecho fundamental en la sociedad
Antes de nada la vida se considera como toda forma de existencia que suponga un ciclo de nacimiento, desarrollo, reproducción y muerte. La importancia de esta reside en el don que uno recibe al nacer y que se transforma en aquello que nos permite, en definitiva, existir. En este sentido, la vida es importante porque nos permite crecer, desarrollar vínculos con otros seres vivos, aprender, conocer el mundo y un sinfín de actividades que ya van más allá de las meras funciones biológicas.
Así pues actos de agresión, violencia, o situaciones en las que se da la ausencia de salud, de abrigo y de una buena nutrición son todos elementos que no toman en cuenta la importancia de la vida y por tanto la ponen en peligro. La complejidad de las sociedades actuales hace que muchas veces olvidemos esta noción de cuán importante es la vida y la pongamos en peligro de diversas maneras, restándole gravedad a actos que pueden directamente dañarla o interrumpirla.
En cuanto a la protección y preservación de la vida en Venezuela existen leyes en la Constitución que se encargan de garantizar la misma entre ellas están: Artículo 43. “El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma”. Este artículo contempla la inviolabilidad del derecho a la vida, y la imposibilidad de que la ley pueda en forma alguna establecer la pena de muerte, y además, garantiza a todos los ciudadanos que el Estado estará obligado a proteger la vida de las personas que se encuentre en diferentes condiciones tales como; privados de su libertad, prestando servicio militar o civil, y todas aquellas que en cualquier otra forma, estén sometidas a la autoridad del Estado.
Igualmente esta el Artículo 83. “La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República”. Este artículo aclara que las personas también tienen derecho fundamental a la salud para garantizar una buena calidad de vida, teniendo acceso a los distintos servicios médicos y de atención, como también la potestad de participar en la defensa y fomentación de la salud en la sociedad.
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