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ACT1U4 FISCAL2


Enviado por   •  14 de Agosto de 2014  •  876 Palabras (4 Páginas)  •  422 Visitas

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Act1u4 fiscal

A partir de la anterior lectura “Un cuento como introducción” , del maestro Alberto C. Sánchez Pichardo, explique y argumente:

a) ¿Qué son los medios de impugnación?

Configuran los instrumentos jurídicos consagrados por las leyes procesales para corregir, modificar, revocar o anular los actos y las resoluciones judiciales, cuando adolecen de deficiencias, errores, ilegalidad o injusticia.

b) ¿Cuál es la naturaleza jurídica de los medios de impugnación?

Se trata de una institución sumamente compleja que ha ocasionado numerosos debates, por lo que, sin adentrarnos en los diversos planteamientos doctrinales, tomaremos en consideración la clasificación de los medios de impugnación en tres sectores, estimados de manera flexible y que se han denominado: remedios procesales, recursos y procesos impugnativos.

• Remedios procesales. Entendemos como remedios procesales los medios que pretenden la corrección de los actos y resoluciones judiciales ante el mismo juez que los ha dictado, pero tomando en consideración que en algunos supuestos resulta difícil trazar una frontera claramente delimitada entre dichos remedios y algunos recursos procesales podemos señalar la aclaración de sentencia, la revocación y la excitativa de justicia.

• Recursos. El sector más importante de los medios de impugnación está constituido por los recursos, es decir, por los instrumentos que se pueden interponer dentro del mismo procedimiento, pero ante un órgano judicial superior, por violaciones cometidas tanto en el propio procedimiento como en las resoluciones judiciales respectivas. Para lograr una sistematización de una materia excesivamente compleja, consideramos conveniente utilizar la clasificación elaborada por la doctrina más autorizada, que divide a los recursos procesales en tres categorías: ordinarios, extraordinarios y excepcionales.

El recurso ordinario por antonomasia y que posee prácticamente carácter universal, es el de apelación, a través del cual, a petición de la parte agraviada por una resolución judicial, el tribunal de segundo grado, generalmente colegiado, examina todo el material del proceso, tanto fáctico como jurídico, así como las violaciones del procedimiento y de fondo, y como resultado de esta revisión, confirma, modifica o revoca la resolución impugnada, sustituyéndose al juez de primera instancia, o bien, ordena la reposición del procedimiento, cuando existen motivos graves de nulidad del mismo.

Los recursos extraordinarios son denominados así por la doctrina en virtud de que los mismos sólo pueden interponerse por los motivos específicamente regulados por las leyes procesales, y además, únicamente implican el examen de la legalidad del procedimiento o de las resoluciones judiciales impugnadas, o sea, que comprende las cuestiones jurídicas, en virtud de que por regla general, la apreciación de los hechos se conserva en la esfera del

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