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ACTIVIDAD N°5 INFORME FUENTES FORMALES DEL DERECHO


Enviado por   •  8 de Mayo de 2021  •  Trabajos  •  1.434 Palabras (6 Páginas)  •  802 Visitas

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ACTIVIDAD N°5 INFORME FUENTES FORMALES DEL DERECHO

GONZALEZ SILVA NATHALIA        

PAREJA BONILLA MARIA FERNANDA

RICARDO PINTO LUISA VALERIA

CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS

CONTADURIA PUBLICA

IBAGUE-TOLIMA

07 DE MARZO DE 2021

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ACTIVIDAD N°5 INFORME FUENTES FORMALES DEL DERECHO

        

GONZALEZ SILVA NATHALIA ID: 678347

PAREJA BONILLA MARIA FERNANDA   ID: 778563

RICARDO PINTO LUISA VALERIA   ID: 778874

DOCENTE:  JULIO LEON SOLANO DE LA HOZ

NRC: 25548

CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS

CONTADURIA PUBLICA

IBAGUE-TOLIMA

07 DE MARZO DE 2021

INTRODUCCIÓN

En el siguiente informe se presentara una solución y unas alternativas frente un caso donde la prelación de la ley va por encima de cualquier otro mecanismo de resolución de conflictos, se analizara de manera detenida según las normas cual será el camino a seguir más fácil para solucionar este caso, se recopilara una breve información de la escala jerárquica de la conformación de nuestra norma colombiana, según la pirámide de Kelsen, finalmente se encontrara una reflexión acerca de la armonía que reviste  el ordenamiento juridico y la garantia de su coherencia ineterna al establecer una escala jerarquica de las normas.

"Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que integran la prevalencia del interés general". (Constitución política de Colombia, pág. 1)


CASO

Si juan le vende a pedro su casa y maría le compra a pedro, pero pedro no le paga a juan ¿juan puede recuperar su casa?  

SOLUCIÓN:

Respecto al caso planteado se establece que juan si puede reclamar sobre la propiedad o bien inmueble, pero estableciendo que todo depende a lo que se contemple en la escritura que se debió haber realizado al momento de la venta del bien inmueble ya que es el eje fundamental para la venta y tener validez y que le permitirá a Juan dar inicio algún proceso dentro de la jurisdicción ordinaria dentro de su área civil.

ALTERNATIVAS DEL CASO:

  1. Si dentro de la escritura contempla que pedro ya le pago a juan, Antes de presentar una demanda se debe de agotar el requisito de procedibilidad, dentro de la conciliación se debe de establecer que no existió un acuerdo entre las partes por discrepancias para que esto le sirva a juan y pueda instaurar dentro de la jurisdicción ordinaria un proceso de nulidad de la escritura.
  2. Si dentro de la escritura se estipulo que pedro le iba a pagar a juan pero no se realizó el pago y juan afirma dentro de la misa que no recibió de pedro  entendiendo que se fijó fecha y hora y se incumplió, juan lo que puede realizar es una solicitud de conciliar y dado al no acuerdo agota el requisito de procedibilidad y puede iniciar un proceso,   si el proceso es de mínima cuantía se daría un proceso monitorio , pero si el proceso es de menor o mayor cuantía sería un proceso aclarativo donde el juez condenara a pedro a cancelar la totalidad a juan.  
  3. Si dentro de la escritura aparece que pedro estableció que le va a pagar a juan, pero no le paga el inicia con la conciliación y como ha pasado en las otras alternativas si no se acuerda se agota el requisito de procedibilidad y se iniciaría un proceso ejecutivo dentro de la jurisdicción ordinaria.

Podemos aclarar que no existe y no se presenta la figura de concito normativo ya que en nuestra constitución política es nuestra carta magna y por esa razón está por encima de normas, leyes, y lo demás contemplado dentro la pirámide de Kelsen.

PIRÁMIDE DE KELSEN:

Aquí podemos contemplar cómo va la jerarquía de nuestras normas en Colombia estableciendo que la constitución política de nuestro país está en la punta, ya que es norma de normas y que, por encima de toda, esta nuestra constitución política, para que sobrepase debe de ser un tratado internacional, pero este debe de estar ratificado por el estado de colombiano.

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Figura 1. Jerarquiza Normas en Colombia.

REFLEXIÓN

Colombia es un estado de derecho, regido bajo una constitución política que indica ser “del pueblo y para el pueblo, gracias a nuestra carta magna, todos los ciudadanos estamos amparados de manera constitucional y legal permitiendo hacer cumplir nuestros derechos, nos ampara el conjunto de normas y leyes las cuales de una u otra manera respaldan nuestra dignidad; los derechos fundamentales de todo colombiano son alienables, inviolables e irrenunciables, para que estos derechos conserven su naturaleza el estado nos provee un conjunto de códigos, decretos, leyes entre otros permitiéndonos gozar de un amparo incondicional, de allí es donde se deriva la armonía que reviste el ordenamiento jurídico, todo tiene una razón de ser y las normas permiten que tus derechos no sean vulnerados, que por algún medio tengas un respaldo jurídico, por ejemplo en el caso particular de Juan y Pedro, ellos tenían un acuerdo y uno lo incumplió, pero Juan tiene todas las herramientas jurídicas para que lo cumpla vía legal, la norma siempre va a buscar el equilibro entre la verdad jurídica y la verdad real, cuando se habla de la verdad jurídica es el soporte que tenemos para demostrar con pruebas (Testimonios, correos, escritos, letras etc.) la verdad real (en este caso una deuda), siendo así la armonía de la norma siempre permitirá que se establezca un proceso digno y coherente frente a cada caso, así transcurra mucho tiempo al final se gane o se pierda, siempre se tendrá por dado una consecución de hechos legales que permitieron escudriñar la verdad, serán el mecanismo que permitirá reconstituir un hecho y llegar a un debate jurídico; Muchas veces vemos como ley condena o no a los ciudadanos y no comprendemos la decisión que alguna veces se toma, como por ejemplo “ Un par de mujeres roban un centro comercial y al otro día el juez las deja libres, teniendo la evidencia de haberle encontrado las cosas de valor”, nosotros no conocemos de fondo las normas con que se condenan o se dejan libre alguien y nos parece muy fácil juzgar, pero pocos comprendemos que el juez sigue lo que dicta nuestra constitución política, él es un intermediario entre el ciudadano y el estado; cuando hablamos de la escala jerárquica de las normas, nos referimos al orden en que la constitución actúa frente a cada caso, siempre se va iniciar revisando la norma que se debe aplicar, si esta no puede solucionar el caso se busca una doctrina son escrito que dan un respaldo a una decisión jurídica si no se encuentra en ella, se revisara por vía de la jurisprudencia según la aplicación de otros casos y si definitivamente no se encontró solución será tema estudiado dentro de los tratados internacionales previamente aprobados por el estado, es como podemos ver que la constitución está dada para hacer cumplir los derechos de cada colombiano como sea, tiene varios mecanismos que permiten dar solución a  cada caso, sin embargo muchas veces se piensa que la ley no existe, o existe para  los más débiles y de manera ignorante podemos decir que si, como lo mencione anteriormente a diario se ven casos de injusticias que más de cumplir la norma es una gran problemática que afecta la nación como jueces corruptos, mal preparados, debilidad en la normas, el tal llamado vencimiento de términos nos hacen pensar que podría ser mejor, que el país merece un cambio frente a estos  temas, los colombianos aunque tengamos muchas normas y leyes en muchos casos la igualdad y lo justo no se adoptan de manera total.

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