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APERSONAMIENTO - ABSOLUCIÓN DE TRASLADO DE DEMANDA


Enviado por   •  27 de Diciembre de 2015  •  Trabajos  •  1.682 Palabras (7 Páginas)  •  78 Visitas

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Expediente Nº        : 781-2013

Secretario                : Nancy Quispe

Escrito  Nº        : 01.        

Sumilla                :

APERSONAMIENTO - ABSOLUCIÓN DE TRASLADO DE DEMANDA

SEÑOR JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE PAZ LETRADO  DE CAJAMARCA

IVAN CESAR LAURA COQUEL, identificado con DNI Nº 20430580, domiciliado en el Asentamiento Humano Nuevo Horizonte Mz. D Lt. 10 de Sechura - Piura  y, con domicilio procesal en el Jr. Apurímac Nº 694 Of. 310 interior “A”; en los seguidos por Fredesvinda Vásquez Cabanillas sobre demanda de  alimentos; ante Ud., me presento y digo:

  1. APERSONAMIENTO - PETITORIO

En ejercicio del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva (Art. 139 inc. 3 del Const. Política  y Art. I del TP del CPC), dentro del término de ley -05 días- ME APERSONO al proceso a efecto de absolver en la forma y modo de ley el traslado de la demanda, SOLICITANDO a vuestro despacho que en su momento la declare FUNDADA EN PARTE por la fundamentos que expongo; asimismo ofrezco en monto fijo y mensual una pensión alimenticia a favor de nuestro menor hijo en la suma de ciento ochenta nuevos soles (S/ 180.00).

  1. PRONUNCIAMIENTO SOBRE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA DEMANDA

Primero.-  Es cierto que con la Sra. Fredesvinda Vásquez Cabanillas (en adelante la recurrente) hemos procreado un hijo llamado Christofer Jhan Poul Iván Laura Vásquez, sin embargo carece de asidero que me haya desatendido totalmente de mis obligaciones de padre, toda vez que he contribuido en su alimentación de manera directa durante el tiempo de convivencia y, posteriormente lo he hecho a través de la cuenta de ahorros de la recurrente por la suma de doscientos cincuenta nuevos soles, aspecto que reconoce ella misma en su demanda; sin embargo dicho monto que ese entonces aportaba estaba de acuerdo a los ingresos que percibía como chofer y a la ausencia de otra carga familiar, situaciones estas que han variado como lo acreditaré.

Segundo.- Ahora bien, respecto a lo que refiere en los puntos IV.4 y IV.5, es parcialmente cierto que me desatendí de las obligaciones de padre, pero ello por un motivo justificado como fue el estar delicado de salud, la misma que subsiste actualmente conforme lo acredito con los documentos obrante en el ANEXO 1- B, no obstante ello he tratado de cumplir con mis obligaciones incluso en el año 2012 conforme se acredita con algunos bouchers adjuntos (ANEXO 1-C) y NO como pretender sorprender la demandante al decir que me he desatendido de mi hijo a fines de 2011. De igual forma NO es cierto que trabaje - según la recurrente- para la empresa Minera Tantahuatay, toda vez que actualmente mi ocupación es la de chofer de camión, transportando mercadería.

  1. FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA.

Primero.- Como lo vengo alegando, no hubo desinterés de mis obligaciones con nuestro hijo, pues cumplí con depositar mensualmente dinero en la cuenta de la recurrente como se desprende de los bouchers adjunto (ANEXO 1-C) y que ella misma reconoce (fundamento IV.3), sin embargo conforme lo establece el Art. 92 del CNA la obligación de prestar alimentos a sus hijos es de ambos padres; en tal sentido al ser la recurrente una persona joven también está en obligación de contribuir en la manutención de nuestro hijo, máxime si –como refiere- actualmente tiene la ocupación de cocinera (fundamento IV.6) manifestación que debe ser tomada como una declaración asimilada en virtud del Art. 221 del CPC[1].

Segundo.- De igual forma Señor Juez, a efecto de resolver la pretensión incoada debe tenerse en cuenta la concurrencia de los dos presupuestos que prescribe el artículo 481º del Código Civil, cuando dice que:

“(…) los alimentos se regulan en proporción a las necesidades de quien los pide y las posibilidades del que debe darlos”(…).

Así, en cuanto al primer presupuesto se tiene que, nuestro único hijo en la actualidad cuenta con 12 años de edad y, si bien es cierto soy consciente de las necesidades básicas que debo atender, también vuestro despacho debe tener en cuenta el segundo presupuesto, esto es que mis ingresos económicos producto de la labor que desempeño como chofer de camión transportando mercadería es en promedio de seiscientos nuevos soles (S/ 600.00) conforme lo acredito con la declaración jurada adjunta (ANEXO 1-D), ingresos que a decir verdad no son constantes pues algunas veces disminuyen hasta 500.00 y otras ascienden a 750.00 nuevos soles, ello dependiendo de los días que requieran de mis servicios como chofer.

Tercero.- Por otro lado, los ingresos que percibo, actualmente se ven mermadas al tener que atender la carga familiar que ostento, la misma que se refleja en los cuatro hijos que he procreado con mi cónyuge Silvia del Milagro Pingo Puricaza (ANEXO 1-E), llamados Iván Josue, Jairo Jesús, Kiara Sofía y Jhordana Silvia Laura Pingo, todos ellos menores de edad como se desprende de las partidas de nacimiento obrantes en el ANEXO 1-F, y,  a quienes con el apoyo de mi cónyuge cubrimos los gastos de alimentación, vestido, vivienda y educación, este último acreditado con las constancias de estudios que van en el ANEXO 1-G; en consecuencia está debidamente acreditada la carga familiar que mantengo y que me imposibilita pasar una pensión alimenticia mayor a la que propongo.

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