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ARISTEO SANTOS RECONOCIMIENTO DE DEUDA COCINA


Enviado por   •  23 de Abril de 2018  •  Tareas  •  1.490 Palabras (6 Páginas)  •  228 Visitas

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___________________________________

SANTOS ROMAN ARISTEO

VS

ANTONIO HERNANDEZ RUBIO

MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO

ORDINARIO CIVIL

ESCRITO INICIAL

JUEZ QUINTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL

DE ECATEPEC DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DEL ESTADO DE MÉXICO CON RESIDENCIA EN TECAMAC

DE FELIPE VILLANUEVA, ESTADO DE MÉXICO.

        ARISTEO SANTOS ROMAN, por propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, valores y documentos, los Estrados de este H. Juzgado, asimismo autorizo con forme al artículo 1.93, 1.94 y 1.95, a los profesionistas Doctores en Derecho Miguel Ángel Medina Méndez, Fernando Serrano Sánchez y a los Licenciados en Derecho, Omar Roberto Fernández Rodríguez, Jorge Ricardo Béjar Jasso, así mismo autorizo para oír y recibir toda clase de notificaciones, valores y documentos a los antes mencionados; ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que con fundamento en la fracción primera del artículo 1.93 del Código de Procedimientos Civiles, vengo a promover medios preparatorios a juicio ordinario civil en contra del señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO, con domicilio en la CALLE PRIVADA DE PROLONGACION MANGOS, MANZANA 83, LOTE 29, COLONIA SAN PEDRO ATZOMPA EN TECÁMAC ESTADO DE MÉXICO, para el efecto de que comparezca ante este H. Juzgado a declarar bajo protesta de decir verdad, a efecto que reconozca la existencia del adeudo de la cantidad de $46,000.00 (CUARENTA y SEIS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), derivado del contrato de prestación de servicios celebrado verbalmente con el suscito.

        Me fundo para hacerlo en las siguientes determinaciones de hecho y de derecho


SOLICITUD

Solicito que el día y hora que se señale para recibir declaración bajo protesta de decir verdad, se interrogue al señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO; por conducto de este H. Juzgado a efecto que reconozca la existencia del a efecto que reconozca la existencia del adeudo de la cantidad de $46,000.00 (CUARENTA y SEIS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), derivado del contrato de prestación de servicios celebrado verbalmente con el suscito.

H E C H O S

  1. En fecha Cinco de Agosto de Dos Mil Diecisiete, el señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO; se presentó a mi taller de carpintería denominado “SAN JOSE”, el cual está ubicado en el LOTE 01, MANZANA 13, CALLE ACUEDUCTO, ESQUINA CINCO DE MAYO, COLONIA SAN PEDRO ATZOMPA C.P. 55770, TECAMAC ESTADO DE MÉXICO, toda vez que requeria que se le realizara una cocina RUSTICA, con acabado natural en cera.
  1. En fecha Seis de Agosto de Dos mil Diecisiete, el suscrito le elaboro un presupuesto del valor total que tendria la cocina RUSTICA solicitada por el señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO, resultando un costo total por la cantidad de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), por lo que las partes convenimos el precio final, anticipo y tiempo de realizacion de la cocina solicitada; debido a lo anterior se establecio que la semana siguiente se entregaria el anticipo correspondiente.
  2. Por lo antes mencionado en el hecho que antecede, las partes realizamos de manera verbal un contrato de prestacion de servicios, formalizandose este contrato en fecha Doce de Agosto de Dos mil Diecisiete, con la entrega por parte del señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO al hoy actor ARISTEO SANTOS ROMAN de la cantidad de $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), por concepto de anticipo para la realizacion del trabajo solicitado, con el fin que adquiriaera el material necesario para la realizacion de la cocina RUSTICA solicitada.
  3. En fecha Trece de Agosto de Dos Mil Diecisiete, el señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO, aproximadamente a las Doce horas nuevamente se presentó a mi taller de carpintería denominado “SAN JOSE”, el cual está ubicado en el LOTE 01, MANZANA 13, CALLE ACUEDUCTO, ESQUINA CINCO DE MAYO, COLONIA SAN PEDRO ATZOMPA C.P. 55770, TECAMAC ESTADO DE MÉXICO, a efecto de realizar unas modificaciones a la cocina ANTERIORMENTE SOLICITADA por lo que me indico que ya no seria RUSTICA sino de linea (MODERNA).
  4. A razon de lo indicado en el hecho narrado anterior se realizo el dia Trece de Agosto de Dos mil Diecisiete, un nuevo presupuesto del valor total que tendria la nueva cocina solicitada por el señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO resultando un costo total de $56,000.00 (CINCUENTA y SEIS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), estando de acuerdo las partes en el precio y tiempo de realizacion fijandose como fecha de entrega, colocacion y pago total del trabajo solicitado el dia Diez de Noviembre de Dos Mil Diecisiete.
  5. Por lo antes mencionado en el hecho que antecede, el suscrito se dispuso a comenzar los trabajos para realizar la cocina solicitada, por lo cual solicite ayuda de mi hijo JOSE JUAN SANTOS MOLINA, cabe hacer mencion que el suscrito contaba con parte del material, motivo por el cual con el anticipo entregado por el señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO el suscrito fue a comprar el material faltante para la realizacion de la cocina
  6. En fecha Diez de Noviembre de Dos Mil Diecisiete, el suscrito se presento en compañía de mi hijo JOSE JUAN SANTOS MOLINA al domicilio ubicado en la CALLE PRIVADA DE PROLONGACION MANGOS, MANZANA 83, LOTE 29, COLONIA SAN PEDRO ATZOMPA EN TECÁMAC ESTADO DE MÉXICO aproximadamente a las Trece Horas para poder colocar la cocina realizada por el suscrito, cabe mencionar que al comenzar a colocar e instalar cada una de las partes de la cocina nos percatamos el suscrito y mi hijo JOSE JUAN SANTOS MOLINA que dos puertas no se podian abrir debido a que el espacio destinado para la cocina contaba con errores de construccion (ACABADOS) por lo cual se tendria que realizar unos ajustes a dos puertas, debidoa lo anterior el suscrito en conjunto con mi hijo antes citado procedimos a realizar el montaje del resto de la cocina solicitada, estando presente la señora JUANA quien es la esposa del señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO, indicandole a esta que en un lapso de tres dias se regresaria a colocar las dos puertas faltantes, por lo que la señora indico que nos daria el pago de la cantidad de $46,000.00 (CUARENTA y SEIS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), hasta que se entregara el trabajo terminado ya que asi se habia pactado con su esposo el señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO.
  7. En fecha Catorce de Noviembre de Dos Mil Diecisiete, el suscrito regreso al domicilio ubicado en la CALLE PRIVADA DE PROLONGACION MANGOS, MANZANA 83, LOTE 29, COLONIA SAN PEDRO ATZOMPA EN TECÁMAC ESTADO DE MÉXICO, a terminar de colocar las piezas faltantes, pero de manera grosera salio del domicilio un Joven quien nos externo que su mama la señora JUANA, le habia indicado que YA NO COLOCARA NADA QUE LAS COSAS NO ERAN CUANDO EL SUSCRITO QUICIERA Y QUE YA NO ME PAGARIA NADA POR EL TRABAJO, a lo cual el suscrito indico que no era justo y que hablaria con el señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO ya que con el habia realizado el negocio, retirandome del lugar en compañía de mi hijo JOSE JUAN SANTOS MOLINA.
  8. Debido a lo anterior y que hasta la fecha el suscrito no ha recibido pago alguno por la elaboracion de la cocina contratada por el señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO y que a pesar que el suscrito de manera recurrente ha intentado extra judicialmente poder llegar a un arreglo con el señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO, esto no a sido posible debido a que la señora JUANA quien es esposa del señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO lo niega cuando lo eh ido a buscar al domicilio ubicado en la CALLE PRIVADA DE PROLONGACION MANGOS, MANZANA 83, LOTE 29, COLONIA SAN PEDRO ATZOMPA EN TECÁMAC ESTADO DE MÉXICO, o no me comunica las llamadas telefonicas realizadas por el suscrito, bajo el argumento que ella es la responsable y que no me pagara nada que le haga como quiera, motivo por el cual es que recurro a este tribunal a efecto de poder contar conlos elementos necesarios para realizar mi accion correspondiente.

D E R E C H O

En cuanto al fondo del asunto son aplicables los artículos fracción I Artículo 2.38, 2.39 y demás relativos del Código Civil para el Estado de México.

En cuanto al procedimiento son aplicable la fracción I Artículo 2.38, 2.39 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México.

Por lo expuesto,

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva;

PRIMERO. Tenerme por presentado con este escrito, documentos y copias simples que acompaño.

SEGUNDO.- Ordenar se cite en días y horas inhábiles, por conducto del C. Actuario adscrito a este H. Juzgado, al señor ANTONIO HERNANDEZ RUBIO, para que el día y hora señalados comparezca a rendir declaración bajo protesta de decir verdad.

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