ASPECTOS GENERALES DE LOS IMPUESTOS
CARITTO PEREADocumentos de Investigación18 de Abril de 2017
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ASPECTO GENERALES DE LOS IMPUESTOS
¿Que son los impuestos? Los Impuestos son aportes obligatorios que directa o indirectamente deben hacer todos los ciudadanos al Estado colombiano.
¿Para qué sirven los impuestos? Los impuestos sirven para financiar la inversión social en el país, en campos como salud, educación, vivienda e infraestructura vial entre otros, además para atender los gastos del Estado.
¿Qué clases de impuestos existen desde el punto de vista de la administración de estos? Desde el punto de vista de su Administración existen tres clases de impuestos nacionales, departamentales y municipales.
Nacionales: Impuestos sobre la renta y complementarios, impuesto al valor agregado (IVA), timbre nacional, gravamen a las transacciones financieras (4 por mil) y tributos aduaneros.
Departamentales: Consumo de cigarrillos, licores y cervezas.
Municipales: Predial, rodamiento, industria y comercio.
La tarifa del impuesto de renta y complementarios es la siguiente: Año gravable 2006, 35%, Año gravable 2007, 34% y Año gravable 2008, 33%.
¿Qué es el impuesto sobre la renta? Es el gravamen o tributo que deben pagarle al Estado todas las personas naturales y jurídicas que obtengan ingresos brutos durante un determinado periodo gravable.
¿Quiénes son responsables del pago del impuesto sobre la renta? Son responsables del pago del impuesto sobre la renta todos los contribuyentes que sean personas jurídicas y naturales que obtengan ingresos y patrimonio de acuerdo con lo estipulado por el Gobierno Nacional.
¿En qué casos los contribuyentes no están obligados a presentar declaración de renta? No están obligados a presentar declaración de renta y complementarios por el año gravable 2006, quienes cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos:
Si usted es contribuyente de menores ingresos:
- Ser persona natural o sucesión ilíquida (aquellas en las que no se ha efectuado la partición de los bienes).
- No ser responsable del IVA
- Haber obtenido ingresos brutos inferiores a $29.364.000 (1.400 UVT) durante el año 2007.
- Poseer a 31 de Diciembre de 2007, un patrimonio bruto inferior a $94.383.000.oo, (4.500 UVT).
- No haber realizado consumos con tarjeta de crédito superiores a $58.727.000.oo (2.800 UVT).
- No haber realizado compras o consumos superiores a $58.727.000.oo, (4.500 UVT)
- No haber realizado consignaciones, depósitos o inversiones financieras superiores a $94.383.000.oo, (4.500 UVT).
Si usted es asalariado:
- Que los ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria.
- No ser responsable del IVA
- Que los ingresos brutos durante el año 2006 sean inferiores a $69.214.000.oo, (3.300 UVT).
- Que el patrimonio bruto a 31 de Diciembre de 2007 sea inferior a $94.383.000.oo, (4.500 UVT).
- No haber realizado consumos con tarjeta de crédito superiores a $58.727.000.oo, (2.800 UVT)
- No haber realizado compras o consumos superiores a $58.727.000.oo, (2.800 UVT)
- No haber realizado consignaciones, depósitos o inversiones financieras superiores a $94.383.000.oo, (4.500 UVT).
Si usted es trabajador independiente:
- Que los ingresos brutos estén debidamente facturados y de ellos un 80% o más, corresponda a honorarios, comisiones o servicios sobre los cuales se aplicó retención en la fuente.
- No ser responsable del IVA
- Que los ingresos brutos durante el año 2007 sean inferiores a $69.214.000, (3.300 UVT).
- Que el patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2006 sea inferior a $94.383.000, (4.500 UVT).
- No haber realizado consumos con tarjeta de crédito superiores a $58.727.000, (2.800 UVT)
- No haber realizado compras o consumos superiores a $58.727.000, (2.800 UVT).
- No haber realizado consignaciones, depósitos o inversiones financieras superiores a $94.383.000, (4.500 UVT).
Personas naturales y jurídicas extranjeras:
- No domiciliadas o residenciadas en Colombia
- Siempre que la totalidad de sus ingresos hayan estado sometidos a retención en la fuente por concepto de impuesto sobre la renta y remesas.
¿Qué sanciones existen para quienes incumplen con la obligación de declarar renta? Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que incumplan con es obligación se hacen acreedores a sanciones por no presentarla dentro de los plazos establecidos, por no pagarla a tiempo, o por omitir esta obligación. Así no se tenga el dinero en el momento, es mejor presentarla dentro de los términos para evitar mayores sanciones.
¿Qué sanciones hay para quienes presentan la declaración de renta extemporánea? Si la declaración no se presenta dentro de los plazos establecidos, se debe pagar una sanción por extemporaneidad equivalente al 5% del impuesto a cargo, por cada mes o fracción de mes de retardo, sin que exceda del 100% del impuesto a cargo.
La sanción en el caso de omisión equivale al 20% de los ingresos brutos que figuren en la última declaración de renta presentada o al 20% del valor de las consignaciones bancarias o ingresos brutos del periodo al cual corresponda la declaración no presentada. El valor que se toma es el que fuere superior.
¿Qué contribuyentes deben presentar la declaración de renta firmada por Contador Público? Solamente los que están obligados a llevar libros de contabilidad, es decir todas las personas jurídicas y las personas naturales, cuando el patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2007 o los ingresos brutos del mismo año sean superiores a $2.097.400.000, (100.000 UVT).
¿Qué declaraciones de renta deben ser firmadas por Revisor Fiscal? La declaración de renta y complementarios debe ser firmada por el Revisor Fiscal, en los siguientes casos:
- Cuando el contribuyente esté obligado a tener Revisor Fiscal, según el Articulo 203 del Código de Comercio.
- Cuando se trate de sociedades comerciales de cualquier naturaleza, cuando los activos brutos a 31 de diciembre de 2007 hayan excedido del equivalente a 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($2.097.400.000.oo), (100.000 UVT), o que los ingresos brutos durante el mismo año hayan sido o excedido de 3.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($1.279.414.000.oo), (61.000 UVT).
¿Cuál es la función de la firma de un Contador en las declaraciones? La función de la firma de un Contador Público es certificar que los datos incluidos en la declaración de renta están respaldados en los libros de contabilidad, que estos se encuentran llevados en debida forma y reflejan razonablemente la situación financiera de la empresa.
¿Qué documento reemplaza la declaración de renta para los asalariados no declarantes? El certificado de ingresos y retenciones que le expide el empleador anualmente.
¿Qué es la Retención en la Fuente?, es un sistema ó método de recaudo anticipado de los impuestos, implementado por el Estado. Por lo anterior, la retención en la fuente no es un impuesto si no un procedimiento implementado por el Estado para recaudar en forma anticipada dicho impuesto. Este método de recaudo le permite al Estado, garantizar en parte el pago de los impuestos y el recaudo efectivo de los mismos de manera confiable y oportuna, debido a que el Gobierno extiende esta responsabilidad a los entes económicos y no económicos que realizan los pagos a otras personas naturales o jurídicas.
CONSULTAR:
- ¿Quiénes son objeto de Retención en la fuente, quienes no y porque?
- ¿Quiénes están obligados a efectuar retención en la fuente?
- ¿Cómo y cuando se liquida retención en la fuente sobre salarios?
- ¿Cuál es el porcentaje de retención, sobre que monto mínimo debe retenerse y que valores hacen parte de la base de retención en la fuente?
- En qué momento debe contabilizarse la retención en la fuente para:
- Quien retiene o agente retenedor
- El retenido o sujeto pasivo
- ¿Quién es un auto retenedor y cual el proceso de contabilización de la retención?
- Mediante ejemplo contabilice una transacción efectuada por un auto retenedor
- ¿Cuál es el procedimiento contable que se debe utilizar para la contabilización de la retención en la fuente a favor?
- ¿Cuándo se debe pagar la retención en la fuente, donde y cual es el proceso contable para efectuar el pago?
- ¿Qué es el libro fiscal y quien debe utilizarlo?
- ¿Quiénes son grandes contribuyentes?
Tabla de retención en la fuente para ingresos laborales gravados
Rangos UVT | Tarifa Marginal | Retención | |
Desde | Hasta | ||
>0 | 95 | 0% | 0 |
>95 1.992.531 | 150 3.146.100 | 19% | (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 95 UVT)*19% |
>150 3.146.101 | 360 7.550.640 | 28% | (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 150 UVT)*28% más 10 UVT. |
>360 7.550.641 | En adelante | 33% | (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 360 UVT)*33% más 69 UVT. |
VALOR UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO
Año | 2006 | 2007 | 2008 |
Valor UVT | $ 20.000.oo | $ 20.974.oo | $22.054.oo |
ASPECTOS GENERALES SOBRE IVA POR PAGAR, RETEIVA, IMPUESTOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO (ICA), RETEICA Y RETENCION EN LA FUENTE.
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