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Accion de Libertad

aksj3 de Noviembre de 2014

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Diciembre de 2013

ÍNDICE GENERAL.

1.-INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………...3

2.-RELACIÓN DE EXPEDIENTE…………………………………………………....3

2.1 Descripción de los hechos…………………………………………………...5

3.- ACCIÓN DE LIBERTAD………………………………………………………….6

3.1Doctrina………………………………………………………………………6

3.2Jurisprudencia……………………………………………………………….7

3.3Legislación……………………………………………………………………8

4.-DERECHO O GARANTÍA PRESUNTAMENTE VULNERADOS………………………………………………………………………...9

4.1Doctrina………………………………………………………………………9

4.2Jurisprudencia……………………………………………………………...10

4.3Legislación…………………………………………………………………..10

5.-ANÁLISIS DEL CASO EN CONCRETO………………………………………..11

6.-CONCLUSIONES………………………………………………………………….12

7.-BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………………...13

8.-ANEXO……………………………………………………………………………...16

1.-Introducción.

El derecho constitucional es una gama de normativas que tienen un rango superior a cualquier normativa interna del país en el que vivimos, es por eso que esta materia llega a ser fundamentalmente una base para todo futuro abogado, y con las herramientas de aprendizaje correctas se logra una buena destreza del estudiante.

Como parte de una comprensión final de un estudio intenso a la parte dogmática de nuestra constitución, y viendo de la misma manera, un previo estudio a las acciones y garantías jurisdiccionales es hora de analizar un expediente ya resuelto por nuestros jurisconsultos, para aplicar toda la teoría y constatar si efectivamente se utiliza de manera correcta toda la legislación.

La relación y análisis de expediente es una experiencia totalmente fructífera ya que en primer plano se obtiene una visión de la realidad jurídica en el entorno profesional, posteriormente se llega a comparar toda la legislación para una aplicación en el derecho constitucional.

En nuestro expediente tendremos la oportunidad de analizar primero un procesamiento abreviado, como se realiza, como se constituye en el ámbito penal, por la comisión de un delito de robo agravado, tipificado en nuestro código penal. De segunda mano veremos cómo es que las cosas llegan a volcar siendo que el primeramente imputado llega a ser el accionante en una petición de tutelar su derecho mediante una acción de libertad. Es curioso como las cosas pueden resultar en el derecho, viendo que una Jueza puede llegar a cometer falencias institucionales administrando la justicia ordinaria y a raíz de eso un imputado puede llegar a instancias constitucionales para restituir un derecho vulnerado.

En este trabajo realizaremos una relación de expediente totalmente resuelto, después se investigará y definirá doctrinal, jurisprudencial y legislativamente lo que es una acción de libertad, pasando por los derechos que tutela llegando a ver a donde nos conduce una vulneración de éstos derechos. Tendremos que analizar y comparar con la normativa correspondiente el desarrollo del proceso de nuestro expediente y concluir de manera concreta si es que efectivamente se realizó el debido proceso.

2.-Relación de expediente.

En el presente título describiremos a detalle el expediente sobre el que estamos trabajando, siendo que veremos foja por foja el contenido del proceso y de la misma manera una narración de los hechos.

Tribunal Constitucional Plurinacional N° 03571-2013-08-AL

Accionante: Jhonny Bentancur Mérida

Accionado: Jeannet N. Chamo Urquieta, Juez Séptima de Instrucción en lo Penal.

N° de Fojas: 42

N° de Cuerpos: 1

Fecha de ingreso: 15/mayo/2013

• A fojas 1 vlta. a fojas 2: Acuerdo legal de para aplicación de procedimiento abreviado.

• A fojas 3 vlta: Memorial de solicitud de procedimiento abreviado.

• A fojas 4: notificación de Ivonne Revollo, esposa del imputado, para el desarrollo de procedimiento abreviado.

• A fojas 5 a Fojas 7: Solicitud de procedimiento abreviado ante el Ministerio Público.

• A fojas 8: Programación de audiencia pública para conclusión de procedimiento abreviado.

• A fojas 9 a fojas 10 vlta: Memorial de solicitud de Acción de Libertad.

• A fojas 11 vuelta: Auto de admisión de la Acción de Libertad.

• A fojas 12: Notificaciones a Recinto penitenciario “El Abra” y al imputado Jhonny Bentacur Mérida.

• A fojas 13 a Fojas 15: Solicitud de procedimiento abreviado ante el Ministerio Público.

• A fojas 16: Programación de audiencia pública para conclusión de procedimiento abreviado.

• A fojas 17: Memorial de audiencia para cesación de detención preventiva del imputado.

• A fojas 18: Memorial de conducción del imputado, del recinto penitenciario “El Abra” hacia dependencias del despacho judicial a la audiencia señalada.

• A fojas 19 a Foja 24: Acta de Audiencia pública de cesación a la detención preventiva.

• A fojas 25: Nota de invitación a la Juez de instrucción penal cautelar N° 7 a la Cumbre departamental.

• A fojas 26: Nota de reprogramación de audiencia conclusiva de Procedimiento Abreviado.

• A fojas 27: Memorial de prueba testifical.

• A fojas 28: Nota de reprogramación de audiencia conclusiva de Procedimiento Abreviado.

• A fojas 29: Memorial de conducción del imputado, del recinto penitenciario “El Abra” hacia dependencias del despacho judicial a la audiencia señalada.

• A fojas 30 a fojas 34: Registros de privados de libertad en el recinto penitenciario “El Abra”

• A fojas 35: Nota de asistencia de la Dra. Jeannett N. Chamo, a la Cumbre Departamental.

• A fojas 36: Contestación de la acción por parte de la Dra. Jeannett N. Camacho.

• A fojas 37 a fojas 39 vlta: Audiencia Pública de la Acción de Libertad.

• A fojas 42: Remisión de Acción Libertad.

• A fojas 43 a fojas 51: Sentencia Constitucional Plurinacional 1396/2013

• A fojas 52 a fojas 54: Notificaciones correspondientes.

• A fojas 55: Nota de devolución de expediente.

• A fojas 56: Nota de cumplimiento delas notificaciones de las partes.

2.1 Descripción de los hechos

• Memorial de 11 de marzo de 2013, Jhonny Bentacur Mérida, solicito al Fiscal requiera la aplicación de procedimiento abreviado a su favor, renunciando expresamente al juicio oral ordinario, reconociendo ser autor del delito de robo agravado, dentro del proceso penal contra su persona por el Min. Público a denuncia de FARMACORP, pidiendo que se le imponga una pena de tres años de reclusión (f.s 3 y vta).

• El 25 de marzo de 2013, el Fiscal asignado requirió la aplicación del procedimiento abreviado para el accionante (Jhonny Bentacur) ante la Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal (accionado), dictar sentencia condenatoria con la imposición de 3 años de pena privativa. (f.s 5 a 7 vta).

• Por providencia de 29 de marzo de 2013, la Jueza accionada señaló audiencia para considerar la solicitud de procedimiento abreviado el 3 de mayo de ese año (f.s 8).

• Por nota de 26 de abril de 013, el Presidente Tribunal Departamental de Justicia de Cbba y la Encargada distrital del Consejo de la Magistratura, invitaron a la Jueza accionada a participar de la Cumbre Departamental. (f.s. 25).

• El 29 de abril de 2013 se realiza la audiencia de cesación de detención preventiva en contra del imputado Jhonny Bentacur, la cual llega a ser rechazada.

• A través del decreto de 30 de abril de 2013, la jueza accionada, acreditando justificativo, de oficio programó una nueva audiencia para el 28 de mayo del mismo año, a fin de considerar el procedimiento abreviado.(f.s 26)

• En fecha 9 de mayo del 2013 el imputado presenta un memorial de solicitud de una acción de libertad en contra de la Jueza Séptima Dra. Jeanett Chamo Urquieta.

• 9 de mayo de 2013 se admite interposición de dicha acción de libertad.

• En fecha 10 de mayo de 2013 la Jueza Séptima, accionada, responde a la admisión de la acción de libertad, pidiendo se deniegue dicha acción.

• 10 de mayo de 2013 se realiza la audiencia pública de acción de libertad, concediendo la tutela solicitada por Jhonny Bentacur.

• En fecha 13 de mayo de 2013 se remite la decisión de la audiencia pública de acción de libertad.

• 16 de agosto de 2013 se confirma tutela de los derechos vulnerados por el Tribunal Constitucional Plurinacional mediante la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 1396

3.- Acción de libertad.

A continuación veremos desde diferentes

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