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Actividad 4 Sociologia Jurídica


Enviado por   •  13 de Junio de 2015  •  1.599 Palabras (7 Páginas)  •  204 Visitas

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La despenalización del Aborto en México

Primero comenzaré por definir que es el aborto en el cual la medicina entiende por este toda expulsión del feto, natural o provocada, en el período no viable de su vida intrauterino, es decir, cuando no tiene ninguna posibilidad de sobrevivir.

En abril de 2007, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de Ciudad de México , donde vive aproximadamente un 7,87% de la población mexicana, aprobó la despenalización de la práctica del aborto inducido a petición de la mujer hasta las doce semanas de embarazo. La Asamblea, aprobó la reforma del artículo 144 del Código Penal de México D.F.

La decisión de la Asamblea Mexicana de 2007 fue recurrida y finalmente el 29 de agosto de 2008 la Corte Suprema de Justicia de México dictaminó, por ocho votos contra tres, que es constitucional la ley de la Ciudad de México que despenaliza el aborto realizado durante las primeras 12 semanas de gestación.

La legislación sobre el aborto en ciudad de México, junto con la de Cuba, se considera de las más liberales sobre el aborto en Latinoamérica, siendo similar a la legislación sobre el aborto en Estados Unidos y más restrictiva que la legislación sobre el aborto en Canadá. Esta isla legal en México hace que mujeres de otros estados de la República Mexicana se trasladan al Distrito Federal para someterse a un aborto inducido.

Todos los códigos penales estatales consideran legal el aborto en casos de violación, y todos salvo los códigos de Guanajuato, Guerrero y Querétaro lo permiten cuando hay riesgo para la vida de la mujer; catorce de los treinta y uno extiendes estos casos para incluir deformidades fetales graves; y el estado de Yucatán desde 1922 incluye factores económicos cuando la mujer ya ha dado a luz a tres o más niños. Sin embargo, en la práctica hay pocos estados que faciliten el aborto inducido en estos casos, aunque tampoco procesan a los médicos que ofrecen abortos seguros ilegales ni a los médicos clandestinos más baratos. En algunos estados, como Guanajuato, la práctica del aborto se castiga con penas de prisión de hasta 30 años. Endurecimiento de las penas en numerosos Estados.

Más de la mitad de las constituciones estatales han sido enmendadas, las cuales ahora definen un óvulo fertilizado como una persona con el derecho a la protección legal. Desde el 15 de octubre de 2009, ningunos de esos estados ha removido sus excepciones al aborto para reflejar los cambios en su constitución, durante los últimos ocho años el estado de Guanajuato, que tiene tendencia políticas al derecho, "ha negado cada petición por una víctima de una violación embarazada para los servicios del aborto" y aproximadamente 130 de sus residentes han sido condenados por buscar o proveer el aborto ilegal.

En septiembre de 2011 se intentó detener en la Suprema Corte de Justicia el blindaje constitucional a la vida prenatal en los estados de Baja California y San Luis Potosí, pero los pros elección perdieron por cerrada votación.

En la historia de la despenalización del aborto en México son los siguientes: En el año 1936 un grupo de feministas presentaron el documento "El aborto por causas sociales y económicas" que fue la primera propuesta sobre la despenalización completa del aborto con primeras propuestas en 1920 en el Código Penal Federal y del Distrito Federal.

Una convención de 100 mujeres se explora esta posibilidad. En 1974 se reconoce a la mujer en su derecho político y en su derecho a la procreación.

En 1976 se inicia la primera jornada para que las mujeres pudieran acudir a cualquier institución pública de salud a realizarse un aborto seguro exigiendo información y dación de métodos anticonceptivos a toda la población femenina.

En 1979 se efectúa una marcha fúnebre en memoria de todas las muertas por abortos clandestinos. El 10 de mayo de este mismo año se reconoce el día de la maternidad libre y voluntaria.

El 28 de mayo de 1988 se instituye el Día Mundial contra la Mortalidad Materna.

En el año 1996, en Chiapas, el gobernador Patrocinio González promueve legalizar el aborto por motivos económicos solo en casos de planificación familiar cuando la pareja lo busca de común acuerdo o en solteras que no pudieran hacerse cargo económicamente de su hijo. Sin embargo, la Iglesia Católica, la organización Pro-vida y el PAN se opusieron a esto logrando la suspensión de la reforma.

En 1997 se logra la legalización del aborto en 21 de las 32 entidades federativas de la República Mexicana sólo en los siguientes casos:

Cuando el embarazo es producto de una violación.

Cuando hay peligro de muerte para la madre.

Inseminación artificial no deseada.

Grave daño a la salud de la mujer.

El 24 de abril de 2007 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprueba las reformas necesarias a la Ley de Salud y al Código Penal donde se permite la interrupción de la gestación no mayor a las doce semanas.

El 28 de agosto de 2008 la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la constitucionalidad de las reformas que despenalizan la interrupción del embarazo en el Distrito Federal antes de la semana 12 de embarazo. Esto significa que en el D.F., interrumpir un embarazo a libre demanda de la mujer es legal bajo el amparo de nuestra Constitución Política. Dentro de las primeras 12 semanas, la interrupción del embarazo es un servicio médico al que legalmente se tiene derecho. Si se vive en el D.F. el servicio es gratuito y requiere seguir los siguientes pasos:

1. Acudir a solicitar el servicio al Módulo de Atención Ciudadana ubicado dentro de alguno de los hospitales designados, con la siguiente documentación: copia de tu identificación oficial (credencial de elector o pasaporte), comprobante de domicilio y si los tienes, estudios o análisis que te hayas realizado y que demuestren el tiempo de embarazo que tienes. 2. Si eres menor de edad, ir acompañada de tu padre, madre, tutor o representante legal, quienes también deberán llevar una identificación. 3. Llenar un formato que te entregarán en el hospital, en el cual solicitarás el servicio. 4. El personal del hospital dará información sobre las opciones y sobre los procedimientos que serán utilizados. Esta información no deberá tener por objeto inducir o retrasar la decisión. 5. Después de recibir toda la información, se firma un formato de 'Consentimiento informado para la Interrupción Legal del Embarazo'. 6. La interrupción se programará para que la realice un gineco-obstetra o médico cirujano, en un plazo no mayor de cinco días, tal como lo establece la ley. 7. Es importante que el día del procedimiento, se acuda acompañada por alguna persona a la que se señalará como la única a la que podrán proporcionarle información. 8. Una vez realizado el procedimiento, el personal de salud brindará información sobre las opciones anticonceptivas y ayudará a decidir cuál es el mejor método.

Es importante que sepas que más de la mitad de las constituciones de los estados definen un óvulo fertilizado como una persona con el derecho a la protección legal, esto quiere decir que en muchos de los estados el aborto puede traer problemas legales a quien lo practica, por ejemplo en Guanajuato que es uno de los estados más rígidos en este aspecto ha negado peticiones de aborto a víctimas de violación y ha habido condenas a quienes abortan.

Es importante saber de esto, no con el ánimo de asustar o desanimar, sino para saber que se corre peligro legal y de salud al practicar un aborto clandestino. Esto no quiere decir que si ha decidido practicar un aborto se queda sin opciones, en la ciudad de México la interrupción del embarazo es legal a partir del 2007 y no se necesita haber nacido en el Distrito Federal para poder practicar una interrupción del embarazo en esta ciudad.

"Afirmar que el aborto no tiene impacto sobre la salud de las mujeres, que el aborto no es un fenómeno frecuente en la vida de las mujeres y cuestionar las cifras de la OMS que muestran que 95% de los abortos en América Latina son inseguros y peligrosos, es algo extraordinariamente poco serio". Además, expresó Raffaela Schiavon, Koch no hace ninguna referencia al tema que es clave en este debate: la accesibilidad a la planificación familiar y el acceso a anticonceptivos, algo esencial para lograr reducir el número de abortos.

"Las cifras globales lo siguen demostrando: el aborto sigue representando el 13% de las muertes maternas en el mundo, el 7% en México", dijo la investigadora de Ipas.

"Y para lograr una reducción en estos números es evidente que la intervención más importante es aumentar el acceso a la planificación familiar para que las mujeres puedan prevenir embarazos no deseados. Y en caso de que se embaracen sin quererlo deben tener acceso a servicios seguros de interrupción del embarazo".

El principal mecanismo para garantizar la debida investigación de estas violaciones y su sanción es asegurar que las víctimas y sus familiares tengan acceso a recursos efectivos y protección judicial. Asimismo, las investigaciones judiciales para determinar la atribución de la responsabilidad de los Estados resultan una medida necesaria para identificar y erradicar las prácticas discriminatorias que perpetúan la mortalidad materna, reparar el daño de las víctimas y promover medidas legislativas y de política pública para que dichos casos no se repitan. El aborto con medicamentos usualmente basado en misoprostol obtenido de una variedad de fuentes, es cada vez más común en toda la región y ha aumentado la seguridad de los procedimientos clandestinos.

Bibliografía

Marta lamas, La despenalización del aborto en México, 2009

México, Instituto - Colegio de México, 2008

México: La Suprema Corte de Justicia de la Unión declara constitucional la ley sobre el aborto en el DF, en Human Rights Watch -hrea.org-, 2008/9/1

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