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Acuerdo 696


Enviado por   •  24 de Octubre de 2013  •  4.838 Palabras (20 Páginas)  •  589 Visitas

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Viernes 20 de septiembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA

ACUERDO número 696 por el que se establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y

certificación en la educación básica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación

Pública.

EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38, fracción I, inciso a) de la Ley Orgánica de la

Administración Pública Federal; 12, fracciones I y XIV, 47, fracción IV y último párrafo, 50 y 60 de la Ley

General de Educación; y 1, 4 y 5, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que la Ley General de Educación establece en su artículo 50 que la evaluación de los educandos

comprenderá la medición en lo individual de los conocimientos, las habilidades, las destrezas y, en general,

del logro de los propósitos establecidos en el plan y los programas de estudio, y que las instituciones deberán

informar periódicamente a los alumnos y, en su caso, a los padres de familia o tutores, los resultados de las

evaluaciones parciales y finales, así como aquellas observaciones sobre el desempeño académico de los

propios alumnos que permitan lograr mejores aprendizajes;

Que una evaluación permanente y continua permite al docente orientar a los alumnos durante su proceso

de aprendizaje y además, asignar calificaciones parciales y finales conforme a su aprovechamiento, en

relación con los propósitos de los programas de estudio. Bajo esta premisa, el 17 de agosto de 2012, se

publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 648 por el que se establecen normas

generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, propone para garantizar la inclusión y la equidad en el

Sistema Educativo Nacional, el ampliar las oportunidades de acceso a la educación, permanencia y avance en

los estudios a todas las regiones y sectores de la población;

Que este Acuerdo considera a los distintos tipos y modalidades en las que se imparte la educación básica

en nuestro país. De igual forma, se sustenta en los principios de equidad y justicia que rigen la educación

inclusiva que considera y valora la diversidad del alumnado;

Que atendiendo a las mejores prácticas en materia de evaluación de aprendizajes, la Secretaría de

Educación Pública del Gobierno Federal ha determinado implementar un modelo de evaluación que considere

lo cualitativo y lo cuantitativo, es decir, que describa los logros y dificultades de los alumnos a la vez que

asigne una calificación numérica. Este modelo concibe a la evaluación como parte del proceso de estudio y se

apoya fuertemente en la observación y el registro de información por parte del docente, durante el desarrollo

de las actividades, lo cual implica:

a) Que el docente planifique actividades para que los alumnos estudien y aprendan;

b) Que los alumnos se den cuenta de lo que han aprendido y de lo que están por aprender;

c) Que se tomen en cuenta los procesos de aprendizaje, no sólo los resultados;

d) Que se consideren las necesidades específicas de los alumnos y de los contextos en los que se

desarrollan;

e) Que la información sobre el desempeño de los alumnos se obtenga de distintas fuentes, no sólo de

las pruebas;

f) Que se fortalezca la colaboración entre docentes, alumnos, padres de familia o tutores, y

g) Que se actúe oportunamente para evitar el rezago o la deserción escolar.

Que lo anterior conlleva derechos y responsabilidades por parte de quienes participan en el proceso

educativo, así como la definición de procesos claros y eficientes de evaluación, acreditación, promoción y

certificación de los estudios del tipo básico cursados en el Sistema Educativo Nacional, y

Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 22 de la Ley General de Educación, las autoridades

educativas, en sus respectivas competencias, deben revisar permanentemente las disposiciones, los trámites

y procedimientos con objeto de simplificarlos, de reducir las cargas administrativas de los maestros, de

alcanzar más horas efectivas de clase y, en general, de lograr la prestación del servicio educativo con mayor

pertinencia, calidad y eficiencia, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 20 de septiembre de 2013

ACUERDO NÚMERO 696 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA

Artículo 1o.- Objeto: El presente Acuerdo tiene por objeto regular la evaluación, acreditación, promoción y certificación de los alumnos que cursan la educación básica.

De manera particular, la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal diseñará e implementará procesos de evaluación,

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